domingo, 2 de octubre de 2016

Informe Milicogate Cámada de Diputados. 2


III.- PONENCIAS 1. José Antonio Gómez, Ministro de Defensa Nacional. El señor Ministro de Defensa indicó que concurre a esta comisión investigadora de los dineros que ex militares y civiles han defraudado al fisco y al Ejército, con la lógica y la idea de hacer transparente toda la información. Señaló que el Ministerio de Defensa y el Ejército no han hecho ninguna acción para evitar el conocimiento de los hechos que motivaron esta investigación, por el contrario se ha mantenido la decisión de entregar todos los antecedentes a las instancias que correspondan. Hechos denunciados Informó que la situación fue denunciada el 2 de abril de 2014, a raíz del análisis de unas boletas o facturas por parte del personal encargado, en ese minuto, de pagarlas, el que descubrió que la firma de uno de los documentos no correspondía al grado de la persona que debía firmar. A raíz de este hecho se inició todo un proceso de investigación, desde 2011 a abril de 2014. Precisó que en el caso del Ministerio de Defensa, el Ministro Burgos asumió el 11 de marzo de 2014 y el comandante en jefe del Ejército, general Oviedo, asumió el 10 de marzo de 2014. Por lo tanto, se trata de situaciones que se produjeron antes de que asumieran estas autoridades. Aclaró que cuando la situación se hizo pública, a través de los medios de prensa, el proceso ya llevaba un año de investigación y ya se había dado cuenta de la misma en las comisiones de defensa de la Cámara de Diputados y del Senado, por parte del Ministro Burgos. Asimismo, se había hecho entrega de una gran cantidad de antecedentes a la fiscalía militar, en el ámbito de la justicia militar. Por la vía de la investigación, esa fiscalía militar, durante 2014 y parte de 2015, ha hecho una serie de requerimientos de información, obteniéndose todas las facturas y el nivel de recursos. Expuso que, adicionalmente, el Ministro Burgos hizo la denuncia al Ministerio Público, investigación que está a cargo la fiscal Ximena Chong. Advirtió que el procesamiento de ex militares está en manos de la justicia militar y la investigación de los proveedores en manos del Ministerio Público. Hizo presente, que todos quienes están siendo procesados en la justicia militar están presos y todos los que están en la justicia civil están libres. Esa es la diferencia desde el punto de vista de la acción que se ha llevado adelante. Además existe un sumario administrativo en curso y el Ministro Burgos solicitó que el Consejo de Defensa del Estado se hiciera parte. Respecto a la justicia militar, precisó que está en manos de un ministro de la Corte Marcial que ha sido designado para los efectos de continuar esta investigación, elevando la categoría y el rango de quien investiga. Expresó que el interés del Ministerio de Defensa, y también del Ejército de Chile, es que esta situación se esclarezca y ojalá se descubra a la totalidad de los responsables, cualquiera sea su graduación e importancia al interior de la institución. Precisó que las normas que destina recursos fiscales para uso castrense surgen en 1938, con la ley N° 6.152, en que se establecía que el 90% de los fondos percibidos por arrendamiento de terrenos fiscales en Magallanes se destinarán a la adquisición de material de guerra y “a satisfacer las necesidades más urgentes” de las Fuerzas Armadas. Posteriormente, mediante las leyes N° 6.159 y 6.160, de 1938, se hacen modificaciones a través de esa norma legal, autorizando adquisiciones, construcciones o fabricaciones de elementos necesarios para la Defensa, la primera, y fijando un monto máximo de ingresos de US$10, la segunda. Así, lo que actualmente se conoce como Ley Reservada del Cobre es resultado de un conjunto de normas que se fueron adecuando y fusionando con el pasar de los años y, cuyo origen, se remonta a la primera mitad del siglo XX, teniendo su antecedente en el Consejo Superior de la Defensa Nacional (Consudena). Presentó una diapositiva con la evolución del Consudena. Conformación del sistema de la Ley del Cobre, leyes Nº 7.144 y Nº 13.196. Respecto a las principales funciones del Consudena, indicó que ellas se originaron con la Ley Nº 7.144, y eran: a. Proponer adquisiciones e inversiones para satisfacer necesidades de la Defensa. b. Ejercer potestad exclusiva para autorizar gastos realizados con cargo a los fondos. c. Fiscalizar el cumplimiento de los planes de adquisiciones. Este cuerpo legal dio así origen a 2 fuentes adicionales de recursos para la Defensa, y además estableció por primera vez vinculación entre ingresos del cobre y la Defensa. Posteriormente hubo una modificación mediante la Ley Nº 11.828 (desde 1955 a 1958), sobre "Nuevo Trato del Cobre", que obligaba a las compañías productoras de cobre a entregar sus divisas al Banco Central. Esta modificación terminó con la fuente financiamiento en moneda extranjera a disposición del Consudena. Luego en 1958, se dictó la Ley Nº 13.196, que reemplazó el financiamiento existente imponiendo un gravamen del 15% de las utilidades de la gran minería del cobre destinado a ser usado por el Consudena. El 31 de diciembre de 1973 se introdujeron una serie de modificaciones a la ley Nª 13.196 a través del Decreto Ley 239, en virtud de las cuales el gravamen pasa del 15% de utilidad de empresas de la gran minería al 10% de ventas al exterior de las mismas. Finalmente, las últimas modificaciones fueron introducidas por ley N° 18.445, de 1985 y por la ley N° 18.628, de 1987. Medidas legales y administrativas adoptadas durante el período sobre asignación y gestión de recursos en Defensa. Relató que en el año 2010 se derogó la Ley Nº 7.144, a través del Artículo 3º de las Disposiciones Transitorias de la Ley Nº 20.424, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional. Esto supuso la supresión del Consudena. Asimismo, por disposición del artículo 8 transitorio de la Ley Nº 20.424, de 2010, el Ministerio de Defensa Nacional pasó a ser, para todos los efectos legales, reglamentarios y contractuales, el sucesor del Consudena. Más tarde se realizó una modificación al registro especial de proveedores del sector defensa a través de Decreto Supremo 746 del año 2011, que establece el Reglamento de Registros Especiales de Proveedores Sector Defensa. Esta normativa reguló los Registros Especiales de Proveedores que debían mantener las Fuerzas Armadas, La Academia Nacional de Estudios Políticos y Estratégicos de Chile (ANEPE), la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA) y la Defensa Civil. Planificación y evaluación de proyectos de Defensa. Presentó luego el sistema de planificación de la Defensa Nacional y el sistema de evaluación de proyectos. Explicó el sistema de planificación del Ministerio de Defensa, con las competencias de componente. Detalló que el proceso se inicia con las directrices de la Presidencia de la República en torno a los temas de la estrategia nacional en el ámbito de la Defensa. La Presidencia dispone de las fuerzas de aire, mar y tierra de acuerdo con necesidades de la seguridad nacional; activa los planes de defensa ante una crisis internacional; aprueba la planificación primaria; y dispone orientaciones al Ministerio de Defensa Nacional para la aprobación de la planificación secundaria. Por su parte, el Ministerio de Defensa Nacional propone a la Presidencia de la República la planificación primaria; aprueba la planificación secundaria, que se hace particularmente con el Estado Mayor Conjunto; propone objetivos estratégicos para las Fuerzas Armadas y sus prioridades; y resuelve sobre proyectos de inversión. Indicó que esos antecedentes los conocen las Fuerzas Armadas a través de reuniones de los Comandantes en Jefe. La junta de los Comandantes en Jefe hace entrega de estos documentos al Ministro de Defensa Nacional. Advirtió que todos ellos son secretos, no son documentos públicos. A partir de aquello, las Fuerzas Armadas hacen una planificación de su desarrollo a través del tiempo. Observó que en el caso de los actuales Comandantes en Jefe, particularmente el General Oviedo, se dispone de una planificación hasta 2026. Es decir, está planificado lo que significa el desarrollo estratégico del Ejército y de las Fuerzas Armadas. Puntualizó que, presentado este plan de desarrollo, el análisis lo ejecuta la Subsecretaría de Defensa junto con el Estado Mayor Conjunto, que es el órgano asesor militar del Ministerio de Defensa Nacional. Esas entidades estudian los desarrollos estratégicos, y luego se genera una planificación y petición formal de adquisición de material de guerra u otro. Lo anterior, es analizado por la Subsecretaría de Defensa, a través de una división, en que se asegura la correspondencia de la planificación secundaria con la primaria; propone al Ministerio de Defensa Nacional orientaciones sobre este tema; y evalúa los proyectos de inversión y gasto. Posteriormente se dicta una resolución que firma el Ministro de Defensa, la cual es enviada a la Subsecretaría de las Fuerzas Armadas, la que determina si existen los recursos disponibles. A continuación, se propone la tramitación de un decreto supremo que es enviado al Ministerio de Hacienda, con la firma del Ministro de Defensa Nacional, para los efectos de que se autorice el gasto en función de lo que se ha solicitado y se ha analizado, y que debe estar en concordancia con un decreto que es entregado a las Fuerzas Armadas, al Ejército en este caso, institución que, con ese documento, realiza la operación de compra, adquisición o mantención del material bélico. Financiamiento y asignación de fondos para la Defensa. Presentó luego el financiamiento y la asignación de fondos para la Defensa, indicando que los proyectos que se autorizan son de 3 tipos: los de inversión, para adquisición del potencial bélico; los de gastos para la mantención de ese potencial, es decir, recursos para la reparación o mantención del potencial bélico; y también se autorizan proyectos relacionados con la construcción y ejecución de obras a las Fuerzas Armadas. Sintetizó el proceso señalando que se aplican etapas de evaluación de proyectos, aprobación de la resolución que envía la Subsecretaría al Ministro de Defensa Nacional, determinación de la disponibilidad de fondos por parte de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas y, con posterioridad, establecimiento por parte del Ministerio de Hacienda del monto máximo de financiamiento. Niveles de control Respecto de los niveles de control, reveló que el Ministerio de Defensa dispone de una auditoría ministerial; la Subsecretaría de Defensa cuenta con la División de Evaluación de Proyectos; la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas tiene la Unidad de Administración Financiera de Capacidades Estratégicas de Defensa, que es una entidad especializada que se creó para analizar todo lo relacionado con los recursos que se destinan, en este caso, en el ámbito de la Ley Reservada del Cobre, sin perjuicio de que respecto del resto de los recursos del presupuesto normal de las Fuerzas Armadas. Y el Ejército tiene una contraloría interna. Hizo también presente que la Contraloría General de la República, hasta hace días atrás, tenía una disposición determinado que ese órgano de fiscalización no podía controlar las adquisiciones declaradas secretas, a consecuencia de un análisis realizado por la misma Contraloría, y que ha sido modificado luego a través de un nuevo dictamen señalando expresamente que cuenta con competencia para revisar todas las adquisiciones. Informes al H. Congreso Nacional años 2011 al 2014 Identificó luego los reportes remitidos al Parlamento en el periodo 2011 a 2014, recordando los siguientes: • 15 de noviembre de 2011: Se informó sobre las Resoluciones emitidas entre 2009 y 2011, ciclo de vida de proyectos, resumen DS Nº 134, Creación de Consejo Asesor para Inversiones en Defensa y Registro Especial de Proveedores. Esa información se presentó por instituciones, detallando capacidades asociadas a inversiones y listado de proyectos con montos autorizados y proveedores adjudicados. • 11 de diciembre de 2012: Se informó respecto a resoluciones emitidas entre septiembre de 2011 y septiembre de 2012, de manera similar al informe anterior. • 14 de enero de 2014: Se reportó sobre resoluciones emitidas entre octubre de 2012 y diciembre de 2013, de manera similar al informe anterior, agregando que proyectos de mantenimiento del potencial bélico para el año 2013, con sus montos y proveedores adjudicados. • 27 de enero de 2015: Se informó sobre resoluciones emitidas entre octubre de 2012 y diciembre de 2014 y, además de la información usual, se agregó detalle de evolución de proyectos, su origen y funcionamiento del D.S. Nº 134. Se informó listado de proyectos por institución con montos autorizados y proveedores adjudicados. A solicitud de la H. Cámara se presentaron proyectos relacionados con la línea de transporte. • 16 de junio de 2015: Informe al H. Senado sobre resoluciones emitidas entre el 1 de octubre de 2012 y el 30 de mayo de 2015, detalle de evolución normativa de proyectos, su ciclo de vida, operatoria D.S. Nº 134, Consejo Asesor para Inversiones en Defensa, secuencia de proyectos y su seguimiento, así como sobre Reglamento Especial de Proveedores. • 6 de julio de 2015: Se complementa al H. Senado la exposición anterior y se entregan antecedentes de detalle del contenido de los proyectos. Además se informa sobre la evolución de la normativa de los proyectos, su ciclo de vida, la operatoria del D.S. Nº 134, el Consejo Asesor para Inversiones en Defensa, la secuencia de proyectos y su seguimiento, así como el Reglamento Especial de Proveedores. • 21 de julio de 2015: Se presentó la exposición precedente a la H. Cámara de Diputados. Resumen de facturas por proveedores. Finalmente respecto del resumen de facturas de proveedores solicitado por los tribunales, detalló lo siguiente: Explicó el recuadro, señalando que Raúl Fuentes Quintanilla no existe en el registro de proveedores del Ejército, porque es parte de una de las sociedades vinculadas; Pedro Salinas, falleció; Frasim, Capellán y Waldo Pinto, que son las tres empresas involucradas, fueron eliminadas del registro por el Ejército, para efectos de no continuar con esta situación duplicada, ya que podían estar siendo procesados o estar participando en una investigación y, aun así, tuvieran la posibilidad de continuar en el registro. Puntualizó la fecha de eliminación y precisó que la empresa Tajamar fue requerida por el Ministerio Público, pero indicó que no dispone de antecedentes de su participación. Hizo presente, que a raíz de toda esta situación, procederán a modificar el Reglamento de Registros Especiales de Proveedores del Sector Defensa, contenido en el Decreto Supremo N°746, de 2012. En esa normativa se incorporarán restricciones respecto a cómo se puede ser parte del registro y se fijarán algunos controles para este proceso. Así, se aumentará la rigurosidad respecto de las causales de inhabilidades, de suspensión y eliminación de los proveedores; y se contemplará la obligación de informar, por parte de un organismo de la defensa nacional, ante la ocurrencia de una de las causales señaladas por parte de un proveedor. Finalmente explicó cómo funciona la Ley Reservada del Cobre, exponiendo que Codelco deposita el 10 % de sus ventas en la Tesorería General de la República, y esos recursos son entregados a las Fuerzas Armadas quienes administran con control del Ministerio de Hacienda y de Defensa Nacional. Adicionalmente hay recursos que se depositan en el Banco Central, institución encargada de las inversiones. Ante consultas de varios señores diputados el señor ministro señaló que en su periodo no se ha dictado ninguna resolución sobre la administración de los fondos derivados de la Ley Reservada del Cobre. Sin embargo, se comprometió a enviar un dosier con toda la documentación de las órdenes de inversión que dispone el Ministerio de Hacienda. Asimismo, informó que se han adoptado una serie de medidas relacionadas con controles e indicaciones a las distintas ramas de las Fuerzas Armadas, con la finalidad de establecer una vinculación y análisis de la situación actual. Entrega de informes solicitados Aseveró que el monto de lo defraudado no es algo que pueda ser determinado por el Parlamento ni por el Ministerio de Defensa, pues depende de la investigación judicial que definirá si las actividades que se realizaron a través de una confabulación de hechos tienen calidad de delitos, y si corresponde o no el monto defraudado. Los montos que maneja la Comisión Investigadora se derivan del número de facturas respecto de las cuales se ha informado a las distintas instancias. Aclaró que los hechos investigados acontecieron en el período 2010-2014, y no es una situación que acontezca actualmente. Opinó que esta Comisión Investigadora, que no es un tribunal ni puede determinar responsabilidades administrativas, no debe tampoco determinar los montos del fraude, pues para estos efectos importa nada si se robó un peso o mil millones; el asunto es que no se puede producir ese hecho. Admitió que los procesos de control fallaron, situación que ha sido reconocida por la institución y por el ministro, dado que había acciones que antes no se realizaban, como el control que las personas que manejan recursos lleven una vida compatible con su sueldo. Asimismo, las facturas se revisan en el Servicio de Impuestos Internos. Remarcó que nunca se ha negado que existió falta de control. Además, la situación fue denunciada por el propio Ejército, lo que ha significado que se adoptaran, y se sigan adoptando, todas las medidas necesarias para que no se pierda 1 peso o 1.000 millones de pesos. Por ello, insistió, el monto es irrelevante para las conclusiones, porque en este caso se vulneraron procedimientos, que son los que se revisarán, analizarán y señalarán en las conclusiones. Sostuvo que debe tenerse cuidado con lo que se declara, porque se produce daño cuando se opina o se juntan antecedentes parciales que transmiten la sensación de que existe una crisis completa en la institución. Resaltó que todo este proceso fue investigado inicialmente por la justicia militar y todos quienes estaban involucrados están presos desde el primer momento. En la justicia civil, en cambio, todos los involucrados están libres. Reconoció que el proceso ha sido complejo y de difícil solución, más aún cuando existe una red de distintas autoridades investigando la materia. Precisó que la Comisión Investigadora ha enviado 103 oficios: 41 dirigidos al Ministerio de Defensa Nacional, 5 al Ejército y 57 a otras instituciones. De los 46 primeros, 12 fueron citaciones a personas del ámbito del Ministerio de Defensa y 34 fueron requerimientos de información, todos los cuales están respondidos. A partir de esos 34 requerimientos se han emitido 47 oficios de respuesta, de los cuales 9 son públicos, 34 son reservados y 4 son secretos. Adicionalmente, se desarrollan 3 procedimientos judiciales: del ministro en visita extraordinaria, Omar Astudillo, en la Causa Rol Nº 575, 2014, que investiga responsabilidades Militares; de la Fiscalía Centro Norte, con la fiscal adjunta Ximena Chong (Causa RUC N° 1400687387-2), que investiga Responsabilidades de los Proveedores; y aquella que ejecuta la Fiscalía Centro Norte, a través del fiscal adjunto José Morales, que investiga el patrimonio del ex CJE Fuente-Alba. Puntualizó que en estas investigaciones se han solicitado informes desde el 2010 al 2015 respecto de los 15 proveedores; facturas, comprobantes de pago, antecedentes contables, decretos, rendición, estructura orgánica del Ejército, etcétera. La Fiscalía de Delitos de Alta Complejidad también ha solicitado antecedentes adicionales. Los requerimientos de información en el caso de estos actores también se han cumplido casi en su totalidad, aunque admitió que hacerlo no ha sido fácil, pues es el mismo personal que trabaja en todos los temas. Precisó que en el caso del ministro en visita, los 39 requerimientos están contestados y han sido integrados a la investigación. También están atendidas las 5 peticiones de la fiscal Ximena Chong y las 9 del fiscal Morales. Observó que en todas esas peticiones existe coincidencia en las personas involucradas. Explicó que ha sido complejo para el Ejército determinar los montos involucrados. La investigación sumaria, entregada al ministro en visita, identifica las facturas involucradas, en algunas de la cuales ya está comprobado que se trata de actividades irregulares, pero aún es muy complejo estimar cifras de la suma total porque se desconoce el resultado de la investigación judicial. Adicionalmente, en los procesos de prueba podría haber nueva información que no fue aportada al sumario, que es el área en la cual se busca la responsabilidad administrativa, no la responsabilidad penal. Subrayó que se ha hecho un gran esfuerzo, con el solo objetivo de sacar lecciones de esta situación y aplicar las sanciones a quienes corresponda, tanto desde el punto de vista de la responsabilidad administrativa, la responsabilidad penal y la responsabilidad política; tareas que corresponden y competen a cada una de las instancias pertinentes. Y para ello ha sido tarea de todos quienes hemos están en este proceso, entregar rápida y eficientemente la mayor cantidad de información a cada instancia que así lo ha requerido. Ejes del control en el Ministerio de Defensa Nacional Explicitó las medidas adoptadas en el Ministerio de Defensa, las que definió a partir de 5 ejes de control. 1. Modelo Institucional de Prevención de Delitos Funcionarios. En este ámbito se han establecido diversas instrucciones con las instituciones, pues antes que actuar en contra de las instituciones, se ha conversado y revisado cómo mejorar los procedimientos. Así, mediante oficio MDN.AUD.MIN(ORD) N°6800/1694/2015 de fecha 7 de julio se solicitó designar encargados institucionales de implementar modelo contra delitos funcionarios. En el MDN.AUD.(ORD)N°6800/3317/2015 de fecha 15 de diciembre de 2015, se estableció que los encargados deben rendir y aprobar un curso de "Herramientas para establecer un sistema preventivo antilavado de dinero y corrupción en las Instituciones Públicas”. Y el MDN.AUD.MIN(ORD)N°2400/561/2016, de fecha 8 de julio de 2016 estableció que los Comandantes en Jefe deben informar a todos los funcionarios sus obligaciones y como participar en el modelo. 2. Modelo de gestión de riesgo, implementando matrices y detectando riesgos de control en los procesos vinculados al uso de recursos con cargo a la Ley N° 13.196. Se ha puesto especial énfasis en todos los procesos y modelos que se han ido desarrollando. 3. Revisión de requisitos del Reglamento del Registro Especial de Proveedores, que es una iniciativa surgida en la Comisión Investigadora. Señaló que se hizo la modificación del reglamento y el decreto, firmado por la Presidenta y el ministro de Defensa, aún está en la Contraloría General de la República. Con ello, se busca resolver situaciones como que eventualmente una persona jurídica pueda tener problemas con el registro de proveedores y, a pesar de ello seguir interactuando con la institución. 4. Aseguramiento al proceso de compras y contrataciones, que dispone realizar actividades de control sobre los procesos de compras públicas, con especial énfasis en la probidad y transparencia de la función pública. Asimismo, se establecen revisiones semestrales a los procesos de compras y contrataciones, regulados por las leyes N° 19.886, sobre compras y contrataciones, y N° 13.196. 5. Obligación de la Ley N° 20.730, que regula el lobby. Mediante MDN.AUD.MIN (ORD) N° 6800/1355/1/2016 de fecha 12 de mayo, se solicitó designar como sujetos pasivos a todos aquellos funcionarios que tengan atribuciones decisorias relevantes o influyan en quienes tengan atribuciones en los procesos de compras y contrataciones, regulados por las leyes, N°19.886 y N°13.196. Identificó luego otras medidas adoptadas por el Ministerio de Defensa, en conjunto con las instituciones, a saber: • Las gestiones de denuncia ante las instituciones competentes: Ministerio Público, Consejo de Defensa del Estado y Servicio de Impuestos Internos. De ese modo, cada vez que haya una situación que aparece como necesaria de ser conocida, y sea una obligación, debe efectuarse la denuncia pertinente. • Implementación de planes de acción para subsanar las observaciones realizadas por la Contraloría General de la República. • Nuevas instrucciones en materia de rendición de cuentas para las Fuerzas Armadas y el sector Defensa. Se estableció una serie de fórmulas de rendición de cuentas diferentes a las que existían, con controles, obligaciones y el ingreso de las rendiciones en el Ministerio con ciertos requisitos bien precisos, establecidos en esas resoluciones. • Establecimiento de instrucciones en materia de declaraciones de interés y patrimonio. • Fortalecimiento del rol de las unidades de control interno al interior de las Fuerzas Armadas y del sector Defensa. • Implementación de un plan anual de auditoría para 2016 respecto de los gastos asociados a la ley del cobre, con especial énfasis en el gasto en Mantenimiento del Potencial Bélico. • Instrucciones en materia de austeridad, probidad y eficiencia en el uso de los recursos públicos. Indicó que la rendición de cuentas, desde 2011 a la fecha, que existe en la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, no ha sido revisada en plenitud. Por ello, ha dado instrucciones precisas para que dicha situación se resuelva el presente año y a la brevedad posible. Sin embargo, advirtió que existen razones que explican ese retraso. Recordó que el exsubsecretario Vargas explicó lo ocurrido cuando se intentó entregar a funcionarios de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas esa tarea de control y las presentaciones que elevaron a la Contraloría General de la República. Adicionalmente, hubo luego una cantidad importante de peticiones que la misma unidad creada por el ministro Burgos debió contestar, recopilando los antecedentes necesarios. Aseguró que corresponde y es obligación del Ministerio de Defensa efectuar la rendición, y para ello se ha formado un equipo y se está haciendo un trabajo que no es sólo un chequeo de las facturas, sino una verificación de que esa factura concuerde con la rendición de cuenta, con el funcionario responsable de los recursos y con el material entregado. Es decir, todo aquello que se ha detectado que no se cumplió en este caso. Coincidió con el General Oviedo en que no se tomaron decisiones antes porque no existía denuncia alguna. Reconoció que no podría decir por qué en el Ministerio de Defensa no se tomaron las medidas en su minuto, pero sí puede decir que, como en todas las instituciones públicas, si existe algún hecho denunciado, una alerta, las medidas se adoptan, porque desgraciadamente viene un proceso de reacción, de actuar sólo después de un hecho ilegal develado. En la actualidad, en cambio, se está pensando en forma adelantada al problema y no solo como reacción a la denuncia. Respecto de la empresa Capellán y su primer pago por el Ejército en 2009, y su ingreso al registro de Proveedores en 2013, explicó que el Decreto N° 746, que generó la existencia de proveedores, entro en vigencia el 22 de septiembre del 2012, por lo que no se podía pertenecer con anterioridad a ese Registro. Antes de esa norma se cumplían los requisitos de esa época, los cuales eran diferentes a la existencia de este reglamento de proveedores. Actividades de capacitación Destacó luego las actividades realizadas con la Contraloría General de la República, recordando que el 14 de julio de 2016 se efectuó un seminario conjunto, en que participaron todos los funcionarios del Ministerio de Defensa, todos los generales y almirantes, toda la institucionalidad de las diversas ramas de las Fuerzas Armadas, para establecer un sistema de capacitación que permita cumplir con los instructivos que la Contraloría General de la República ha ido emitiendo durante este tiempo y también aquellos que han surgido del propio Ministerio de Defensa. Asimismo, el 5 y 6 de julio se desarrolló en la Academia Nacional de Estudios Políticos y Estratégicos un seminario sobre el “Financiamiento, adquisiciones, transparencia y probidad en Defensa”, en conjunto con el Centro de Ginebra para el Control Democrático de las Fuerzas Armadas, que fue interesante desde la perspectiva de la experiencia comparada. De ello se obtuvieron algunas conclusiones que se han ido implementando con algunas instituciones de la Defensa. Deber de reserva Manifestó que el artículo 8° de la CPE establece que “…sólo una ley de quórum calificado podrá establecer la reserva o secreto de aquéllos o de éstos, cuando la publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de dichos órganos, los derechos de las personas, la seguridad de la Nación o el interés nacional.” Asimismo, el artículo 4° transitorio de la Constitución dispone que “Se entenderá que las leyes actualmente en vigor sobre materias que conforme a esta Constitución deben ser objeto de leyes orgánicas constitucionales o aprobadas con quórum calificado, cumplen estos requisitos y seguirán aplicándose en lo que no sean contrarias a la Constitución, mientras no se dicten los correspondientes cuerpos legales.”. También se identifican los cuerpos legales que rigen al sector Defensa, uno de los cuales y que es el más complejo para el sector Defensa, es el Código de Justicia Militar, cuyo artículo 436 señala: “Se entiende por documentos secretos aquellos cuyo contenido se relaciona directamente con la seguridad del Estado, la Defensa Nacional, el orden público interior o la seguridad de las personas y entre otros: 1. Los relativos a las Plantas o dotaciones y a la seguridad de las instituciones de las Fuerzas Armadas o de Carabineros de Chile y de su personal; 2. Los atinentes a planos o instalaciones de recintos militares o policiales y los planes de operación o de servicio de dichas instituciones con sus respectivos antecedentes de cualquier naturaleza, relativos a esta materia; 3. Los concernientes a armas de fuego, partes y piezas de las mismas, municiones, explosivos, sustancias químicas y demás efectos a que se refiere la ley N° 17.798 usados por las Fuerzas Armadas o Carabineros de Chile, y 4. Los que se refieran a equipos y pertrechos militares o policiales.”. De esa manera, argumentó, cualquier oficio en torno a las plantas del sector Defensa es secreto. Asimismo, el N° 4 es una norma genérica y, por lo tanto, si se incumpliera por quienes están regidos por el Código de Justicia Militar podrían verse sometidos a una infracción. Por eso se ha enviado una cantidad importante de oficios reservados y secretos y muy pocos de carácter público. Finalmente, destacó que la situación experimentada no ha sido fácil ni agradable, pero se ha tomado como una experiencia importante para modificar todos los procedimientos, las formas y las rendiciones en el Ejército y el Ministerio de Defensa. 2. Humberto Oviedo, Comandante en Jefe del Ejército. Hechos denunciados Comenzó su exposición presentando una cronología de los hechos ocurridos en la ejecución del fraude al Fisco. Resaltó que a 21 días de haber asumido el mando, esto es, el 2 de abril de 2014, fue detectado por Comando de Apoyo a la Fuerza, en particular la Tesorería, una anomalía durante la revisión de las facturas, situación que dio inició a un sumario interno y a una denuncia ante la Justicia Militar. Paralelamente, agregó, se inició de inmediato una auditoría para determinar en qué medida estos hechos podían implicar a otras personas. Relató que el 6 de junio de 2014, con el sumario y la entrega de antecedentes, la Fiscalía Militar sometió a proceso al ex coronel Montero y al ex cabo Cruz, quienes aún se encuentran privados de libertad. Ese mismo mes se remitió, mediante oficio, el primer informe al Ministerio de Defensa con los antecedentes más acotados. Como resultado de los hallazgos en la investigación de las facturas y de los requerimientos de la Fiscalía Militar, se amplió el período auditado hasta el 2011. Posteriormente, el 10 de diciembre se informó nuevamente al Ministro de Defensa, mediante oficio, de las medidas que era prudente adoptar para perfeccionar los procesos de adquisición institucional. En febrero del 2015 se emitió el primer comunicado oficial, producto de una noticia que apareció en el diario La Tercera y que obligó a transparentar a los medios de comunicación todo lo realizado, pues aunque el canal formal de comunicación es la justicia y el Ministerio de Defensa, la aparición de esta información en un medio de comunicación hizo necesario ampliar el ámbito de comunicación. El 8 de abril de 2015, a requerimiento de la Comisión de Defensa de la Cámara de Diputados, el Ejército respondió por oficio al Ministro de Defensa lo que a esa Comisión interesaba. Se emitió un segundo comunicado oficial, y en agosto de 2015 un semanario electrónico comenzó a difundir información de este caso, después de año y medio de que la información había sido entregada a las distintas instancias formales que correspondía. Informó que este año se ampliaron las acciones contra los proveedores pues a través de la fiscal Ximena Chong, el Ministerio Público inició un proceso contra ellos, efectuando en octubre la primera formalización del proveedor Francisco Huincahue, de la Abastecedora de Repuestos Frasim Limitada. También fueron sometidos a proceso otros tres suboficiales del Ejército, involucrados en el proceso por la justicia militar, y el 10 de noviembre se solicitó al Ministro de Defensa no cursar el decreto de ascenso del coronel Juan Guerra, dado que había sido involucrado por la Fiscalía y se estimó prudente que no ascendiera. A ello se agregó que presentó su renuncia para iniciar su defensa en las instancias legales. Expuso que el 13 de noviembre, la Corte Suprema designó como ministro en visita al señor Omar Astudillo para sustanciar la causa en la justicia militar, con lo que se le dio otro nivel a la investigación. Así, manifestó que a la fecha se encuentran en desarrollo una investigación sumaria administrativa en el ejército; un proceso judicial radicado en un Ministro en Visita, en el cual se han hecho parte el Consejo de Defensa del Estado y el Ministerio Público Militar (Julio de 2014); y un proceso judicial radicado en la Fiscalía Regional Metropolitana Centro Norte, a cargo de la fiscal Ximena Chong. En relación con la asignación de una mayor como fiscal militar, aclaró que las designaciones de fiscales le corresponden a la justicia militar y no tienen relación directa con la Institución. Por lo tanto, si bien pareciera que no podría investigar a un cargo mayor, aseguró que un fiscal puede investigar a toda la jerarquía militar. Cuando está en su función como fiscal, el funcionario ejerce la autoridad de justicia y no tiene relación con el grado. Independientemente de ello, agregó que hay un ministro en visita que está al nivel de la Corte Marcial, para evitar cualquier tipo de suspicacia. En cuanto al tiempo transcurrido desde la detección, aunque reconoció que 3 años puede considerarse un tiempo prolongado, observó que se hizo la denuncia y se aplicaron los procedimientos pertinentes en donde corresponde, actuándose diligentemente con el propósito de esclarecer rápidamente los hechos en la justicia, en el procedimiento interno y en la comisión investigadora. Respecto de la denuncia del coronel Cantallops en una investigación preliminar de seguridad, aseguró que esa investigación es de 2011 y se efectuó una revisión a petición del comandante de la División de Mantenimiento de la época, en base a una denuncia que hizo un clase del sistema. Por lo tanto, se generó un círculo virtuoso de denuncias y se tuvo un resultado que está siendo analizado en el sumario y por el ministro Astudillo, con el fin de determinar si hubo negligencias o acciones impropias o incompletas debido a la información entregada en esa investigación. Respecto de la matriz de riesgo de la ley reservada del cobre, precisó que actualmente se controla de acuerdo con la exnormativa del Consudena, que sigue vigente. Es una norma que tiene ciertos protocolos, pero que no está en la lógica de una matriz de riesgo, dado que ésta es más reciente. A la Contraloría General del Ejército le corresponde hacer los consolidados de las rendiciones de cuenta, las que están al día. Esas rendiciones son los consolidados contables de los gastos que tienen ficha de fundamento de gastos o proyecto de ley reservada del cobre. Esos documentos se remiten, si son solicitados, a la Contraloría General de la República. El informe se entrega a quien lo solicite, en este caso, el comandante de la División de Mantenimiento de la época, quien solicitó la investigación y, por lo tanto, el coronel Cantero reportó a esa misma persona sus conclusiones y recomendaciones. Si esta autoridad percibe alguna gravedad debe optar por un procedimiento, tal como aconteció en abril de 2014, cuando hubo una denuncia de fraude explícito de una factura con suplantación de firma. La autoridad de la tesorería le dio cuenta a la autoridad de ese departamento, en este caso división el CAF, quien ordenó de inmediato un sumario y lo puso a disposición de la fiscalía militar. Por lo tanto, el comandante en jefe tomó conocimiento de ese procedimiento. Proceso de inversión de los recursos En relación con los procesos de inversión de recursos, explicó que en el ámbito de la estructura general del Ejército existen tres organismos que tiene relación con la Ley Nº 13.196, que son: la Contraloría General del Ejército; la Dirección de Finanzas, a través de la Tesorería, y el Comando de Apoyo a la Fuerza, con un departamento de planificación y administración financiera, y en la parte ejecutoria, con la División de Mantenimiento del Ejército. En la etapa de generación de recursos, estos son entregados a través de autorizaciones formales del Ministerio de Hacienda y se invierten en tres grandes áreas: sistemas de armas, mantenimiento de potencial bélico e infraestructura militar. Una vez que se han dictado esos decretos, en la etapa de ejecución del gasto, se emiten las autorizaciones correspondientes e intervienen formalmente los Ministros de Defensa y de Hacienda, validando con sus firmas la entrega de los recursos. Estos son recibidos en el Comando de Apoyo a la Fuerza, donde se generan una serie de procesos para gestionar su aplicación, determinar quién los está demandando y donde se pagan. Precisó que esta fase de la demanda es donde se produjo un plagio. Posteriormente, en el Comando de Apoyo a la Fuerza, que es el que gestiona y asigna las devengaciones de las facturas, se produjo otro plagio en la elaboración de las minutas y la remisión a la Tesorería. Aclaró que todos estos eventos suceden al interior del Comando de Apoyo a la Fuerza como un proceso normado que fue viciado a través de actos maliciosos de las personas que estaban en estos distintos organismos. Informó que el Ejército tiene dos áreas de rendiciones de cuentas: a través de la Tesorería y la misión militar de Chile en los Estados Unidos con respecto a las cuentas en dólares, que se reporta trimestralmente a la Contraloría y se despachan al Ministerio de Defensa, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, que hace el proceso de validación de las rendiciones de cuentas. Operación del modelo delictivo Detalló el esquema de funcionamiento del proceso delictual, puntualizando que a la fecha se ha entregado un total de 2.377 facturas para toda la revisión entre el 2011 y 2014, que tienen que ver con la Ley Reservada del Cobre, N° 13.196. Por lo tanto, aseveró, el máximo que hoy está en juego son $6.600 millones. Es decir, insistió, si todas las facturas fueran falsas, habría un fraude del orden de $6.600 millones; sin embargo, la investigación podrá determinar que documentos son falsos y cuáles no lo son. Aclaró que las facturas llegan hasta el 2011, porque el caso surgió con una factura detectada el año 2014, la cual motivó la realización de una auditoría de facturas. No satisfechos con eso y al descubrir más aristas, se comenzó a revisar los periodos 2013, 2012 y 2011. Advirtió que el ministro Astudillo puede, sin embargo, solicitar facturas que vayan más allá de esa fecha. Los ilícitos se produjeron en dos entes, el Comando de Apoyo a la Fuerza, en particular el Departamento de Control Financiero y la División de Mantenimiento; y en la Tesorería del Ejército. A su vez, el Comando de Apoyo a la Fuerza, como estructura y función matriz, depende de la Comandancia en Jefe, es decir, del comandante en Jefe, a través del jefe del Estado Mayor, que es una entidad coordinadora, pero las funciones matrices dependen del comandante en Jefe. En materia de evaluación de los controles que fueron vulnerados, señaló que existe una norma de controles que está vigente; es decir, existen los controles y un proceso que está normado, pero el fraude cometido por estas personas identificó cómo vulnerar los sistemas de control, y ellas mismas estaban insertas en etapas de ese sistema de control. Asimismo, la institución asumía la condición de la honorabilidad de las personas, de la buena fe de la organización. Pero los actos delictuales fueron realizados por una máquina bien ejecutada y maliciosamente pensada. Se generaron oportunidades, también de tiempo, posiblemente por la antigüedad de ciertas personas en cargos determinados. Aunque se buscó la experticia que toda organización persigue, se ha observado que ella puede ser peligrosa cuando hay un conocimiento muy profundo sobre cómo vulnerar un sistema. Es una lección aprendida para el Ejército que debe existir una rotación lógica en cargos que son críticos, tanto de oficiales como de suboficiales. Así, ya se ha pedido la rotación de un 40% en ambas organizaciones, tanto del Comando de Apoyo a la Fuerza, en el Departamento de Control Financiero, como en la División de Mantenimiento en las áreas donde se producen estos procesos. Y también en la Tesorería del Ejército. Puntualizó que los actos delictuales fueron elaborados no solamente por la máquina fraudulenta al interior del Ejército, sino también por los proveedores. Por lo tanto, es más complejo aún cuando hay concomitancia de personas, tanto al exterior como al interior de la Institución. Advirtió que podría llegarse a la definición de una figura de asociación ilícita, pero esa situación deberá determinarla el ministro Astudillo. Estado de los procesos investigativos Explicó que en la Fiscalía Militar existe un sometimiento a proceso del ex coronel Montero y del cabo Cruz, quienes generaron facturas falsas a tres proveedores. El cabo Cruz, por su parte, involucró a otras personas que denominó A, B, C, D, F, G, H e I. Asimismo, está el sometimiento a proceso de los suboficiales Escobar, González y Simunovic, quienes generaban, mediante el mismo modus operandi, facturas falsas con dos proveedores: Fuentes Quintanilla y Comercial Capellán. También se llamó a testificar a un proveedor denominado Waldo Pinto, quien a su vez involucró a personas que nominó con las letras J a la N. Subrayó que ahí hay una arista que hoy también está siendo investigada por el proceso formal en la justicia militar. En síntesis, mencionó que hay cinco personas privadas de libertad, algunos llevan más de 565 días detenidos y otros un poco menos. Respecto al proceso que lleva la fiscal Chong, declaró que la primera formalización se realizó con fecha 13 de octubre al proveedor Frasim (Francisco Javier Huincahue), por fraude al Fisco, y se ha fijado audiencia el 13 de enero, a las 9 de la mañana, para formalizar a Fuentes Quintanilla, a Fuentes Campusano y reformalizar al mismo Frasim. Hizo presente, que en este proceso no hay personas privadas de libertad. Identificó al personal del ejército sometido a proceso por la Justicia Militar y su situación actual en el siguiente cuadro. No descartó que existieran más involucrados en la organización, por lo que despejó que la responsabilidad recaerá solo en el coronel o en los cuatro suboficiales, pues ello se determinará en la medida en que el ministro Astudillo cite y procese a más personas. Insistió en que no podría descartar la existencia de más involucrados, pero a esa fecha hay cinco personas procesadas y presas. Por su parte, los proveedores que están bajo investigación son: - Francisco Huincahue Necuñir (FRASIM) (RUT 7.578.962-9) - Inversión y Comercio Capellán S.A. (RUT 76.070.888-7) - Raúl Fuentes Quintanilla (RUT 5.156.427-8) Explicó que el proceso de adquisiciones está normado por el Reglamento de la Ley Nº 7.144, que fue aprobado por el Decreto Supremo Nº 124, de 2004. Como una medida de robustecimiento, se ha ordenado, dentro de las 14 medidas de mejoramiento a los procesos, la creación de la División de Adquisiciones con un rango en el alto mando, orientada a generar una mirada más integradora de todo el proceso de adquisición institucional, y evitar su atomización en distintas organizaciones. Respecto de las empresas involucradas en la ley del cobre que pasaron un año y medio sin salir del registro, según dispone la normativa, mientras no estén involucradas en una sanción, no habría motivo para eliminarlas. Sin perjuicio de lo anterior, y a riesgo de enfrentar una demanda, en noviembre de 2015 el Ejército las sacó del registro por razones obvias, en tanto había un involucramiento explícito, pero no judicial. Hoy, la fiscal Chong tiene procesado a uno de los proveedores. En esa fecha hubo un cambio judicial en relación a un par de proveedores: uno de ellos está en proceso y otro fue citado en enero de 2016 a la fiscalía para ser formalizado. La comandante Macarena Arancibia, asesora jurídica de la Contraloría del Ejército, precisó que el Reglamento Complementario de la Ley N° 7.144, que regula todo el procedimiento de adquisiciones por la ley Reservada del Cobre, establece entre los procedimientos la licitación pública, la licitación privada y el trato directo. Agregó que, de esos tres mecanismos o procedimientos de contratación, en un gran porcentaje las contrataciones se hacen por licitación pública. Algunas, por tratarse de materias secretas, se efectúan mediante licitación privada, pero en la mayoría de situaciones no se hace por trato directo. Conclusiones Sostuvo que las conclusiones que se puede extraer de este caso son: • El Ejército fue víctima de un fraude perpetrado por un grupo de personas que, coludidas con proveedores, han generado un daño importante a la institución. • Ellas constituyen acciones repudiables cometidas durante varios años. • Relevó que fue el Ejército el que detectó el caso específico, disponiendo de inmediato un sumario administrativo, denunciando paralelamente los hechos a la justicia e informando oportunamente a las autoridades pertinentes. • Los hechores lograron vulnerar los sistemas de control vigentes, aprovechándose principalmente de ocupar cargos claves en dichos sistemas, de su vasta experiencia en el cargo y de la confianza en la honorabilidad de las personas. • Se trata de un acto delictual extremadamente malicioso, cometido en el contexto de un proceso normado. • Comunicó que el Ejército rechaza cualquier intento de defensa corporativa en esta materia. • Los hechos se inscriben en el ámbito de las prestaciones de servicio. • Afirmó de manera categórica que los 45.000 hombres del Ejército son personas honradas, que trabajan respondiendo a una vocación y espíritu de servicio hacia Chile y su sociedad. Son solo algunos de sus integrantes los que han cometido ilícitos, traicionando los valores y principios militares. • Se aplicará “tolerancia cero” con cualquiera de sus integrantes que cometa un ilícito. • No se morigera, minimiza, ni contextualiza ningún hecho delictual, cualquiera haya sido su autor. • El Ejército ha cooperado y seguirá cooperando en todo lo que haga falta para esclarecer estos hechos. Con respecto a los recursos de la Ley Nº 13.196, aseguró que los únicos recursos que se mantienen en el extranjero, son los que administra la Misión Militar de Chile en EE.UU. conforme a las políticas financieras del Ministerio de Hacienda, cumpliendo lo establecido en el Reglamento Complementario de la Ley 7.144, en su artículo 63. Comunicó que la Contraloría General de la República puede ejecutar fiscalizaciones a este tipo de recursos. De hecho, las ha aplicado en varias oportunidades (ratificado en Dictamen de la Contraloría Nº 098501N15 de 15 de diciembre de 2015). Medidas institucionales adoptadas Respecto a las acciones institucionales para evitar la repetición de este tipo de hechos, señaló las siguientes: En el área de gestión: • Implementación de un Departamento Especial de Auditoría en la Contraloría del Ejército (COTRAE), para los Proyectos y Fichas de Fundamento de Gasto, financiados con la Ley Nº 13.196. • Fortalecimiento de los Departamentos de Contraloría Interna, en todas las unidades de la Institución. • Se contrató, mediante licitación pública, una empresa para que realice una auditoría externa de procesos, destinada a verificar el “Proceso de desarrollo de capacidades militares y administración del ciclo de vida” (entrega del pre informe programado para el 15 de febrero de 2016). • Perfeccionamiento de la matriz de riesgo institucional y levantamiento de macro procesos esenciales, basado en la gestión por procesos. • Fortalecimiento del sistema de control de gestión institucional, mediante la integración de las funciones de gestión y auditoría Respecto de la Inspectoría General del Ejército, recordó que se creó en enero de 1973, y ha experimentado modificaciones que pueden haber afectado su capacidad de control, especialmente por el grado de su responsable. Antiguamente el inspector general era un general de División, mientras que hoy el contralor, que es la derivación de la Inspectoría, es un general de Brigada o de División, aunque opera por delegación del comandante en Jefe. Recalcó que esa Inspectoría General del Ejército, que funcionó entre 1973 y 2004, tenía una amplitud de controles que hoy se estima, especialmente tras las modificaciones efectuadas en la contraloría, debieran ser más eficientes para el control de procesos contables, en tanto lo relativo a la capacidad operativa del Ejército es supervisado por el Comando de Operaciones Terrestres, al mando de un general de División dedicado exclusivamente a la operacionalidad de la Institución, de modo que el Ejército esté disponible para la función defensa o de operaciones distintas a la guerra. Por otro lado, la Contraloría se concentrará en el funcionamiento de los procesos normativos y en los procesos de gestión institucionales. Indicó que no está cerrada la opción de que el contralor pueda ser un general de la máxima graduación, como un general de División. En el área de fiscalización: • Implementación de un sistema de prevención de delitos funcionarios y lavado de activos, en directa coordinación con la Unidad de Análisis Financiero del Ministerio de Hacienda, en funcionamiento desde octubre de 2015 con su primer informe. • Medidas de implementación de firma digital aplicada a las facturas. • Se actualizó la Investigación de Seguridad de Personal a todo el personal que trabaja en áreas sensibles del Cuartel General del Ejército. Recordó que se ampliará la exigencia legal de las declaraciones de intereses y de patrimonio, que hoy día se regulan solo para jefes de departamentos y a oficiales superiores. Con ello esa medida de control se extenderá a más personas y, si no es posible aplicarse al personal subordinado, la investigación de seguridad de personal que existe en el Ejército puede ser aún más rigurosa en esta materia, pues analiza elementos financieros, de la honorabilidad de la persona, de la asistencia social. Agregó que, junto con esa declaración de intereses y patrimonio, un instrumento potente de control sería la incorporación de la Unidad de Prevención de Delitos de Lavados y Activos; condición que empezó a operar en el Ejército a partir de noviembre. Es una unidad que permite entregar nombres, empezar una investigación y generar información útil para identificar riesgos relacionados con posibles acciones ilícitas o que presenten dudas. La no detección de la vida licenciosa del cabo 1° Cruz evidencia la vulneración de los sistemas, que no fueron capaces de detectar detalles de la vida personal de este funcionario. Efectivamente, es una vulnerabilidad que tuvo la investigación de seguridad personal vigente a 2011 y que probablemente no fueron actualizadas en el curso de dos o tres años, o cuando se le asignaron responsabilidades nuevas con respecto a un cargo. Eso es situación que el sumario deberá determinar. Recordó que el sumario en curso ya fue puesto a disposición del ministro Astudillo, quien podrá requerir otros elementos que el Ejército estará en disposición de entregar y compartir con él. Descartó tajantemente cualquier posibilidad de la existencia de un círculo de protección de personas. En el área financiera: • Optimización del sistema de adquisiciones financiadas con recursos de la Ley Reservada del Cobre, tales como el desarrollo de módulos de presupuesto, compras y cuentas por pagar. Ejecución de estos procesos a través de la plataforma SIGLE (Sistema de Gestión Logística del Ejército). • Creación de la División de Adquisiciones del Ejército, a partir del 1 de enero de 2016, que proporciona mirada holística del sistema financiero y de control contable de la institución. • Funcionamiento, a partir de abril de 2016, del Sistema de Información Financiera del Ejército 2.0, versión web; nueva plataforma financiera, conforme a normas internacionales dispuestas por la Contraloría General de la República. En síntesis disminuye intervención humana. • Implementación en la Tesorería del Ejército, del proceso de revisión y verificación en el Servicio de Impuestos Internos, de la totalidad de las facturas de la Ley Reservada del Cobre (Ley N° 13.196). En el área de proveedores: • Proposición al Ministerio de Defensa Nacional de modificaciones al Reglamento de Registro Especial de Proveedores del sector Defensa. • Eliminación del Registro Especial de Proveedores del Ejército, de los proveedores Francisco Huincahue Necuñir (FRASIM), Inversión y Comercio Capellán S.A. y Waldo Pinto Gaete. Respecto de las situaciones de los proveedores involucrados y que, sin embargo, mantienen relaciones contractuales vigentes con el Ejército, señaló que, según disposiciones de la Dirección de Compras Públicas y Contratos Públicos, no está permitido suspender del registro de proveedores a aquellos que estén en compras públicas. Es decir, insistió, la Institución no tiene la facultad de solicitar la eliminación o suspensión de dichas empresas; a diferencia de lo que ocurre con la ley reservada del Cobre, de donde ya están excluidos. Entrega de información Resaltó que la institución ha respondido todos los requerimientos de la Comisión Investigadora y, aunque podría debatirse las restricciones de publicidad impuestas por la normativa, relevó la transparencia con que se entregó la información, pues los más interesados en que todo se esclarezca es el propio Ejército, por razones institucionales, de honor, de convicción, de querer hacer bien las cosas, y que en la ciudadanía quede claro que no se amparan personas que cometen delitos. Manifestó que la investigación sumaria ha sido un elemento muy complejo, que se abrió con la denuncia que hizo el Ejército al Segundo Juzgado Militar de Santiago, causa que actualmente lleva el ministro en visita Omar Astudillo, a lo que se agrega el sumario con sus 5 ampliaciones. Como parte de las instancias, señaló estar imposibilitado de entregar detalles sobre la pérdida de información en un servidor del CAF, aunque adelantó que la información fue recuperada y se incorporó al sumario reabierto, con fecha 18 de marzo. Indicó que toda la información ha sido compartida con el ministro Astudillo y el detalle de las auditorías de las facturas ha sido un trabajo conjunto con él, donde el Ejército puso la totalidad de las facturas involucradas en el proceso. Respecto de las conclusiones alcanzadas con la información disponible, consideró necesario precisar que, aunque se determine administrativa y judicialmente el fraude cometido por personal involucrado, la cadena de control en el Comando de Apoyo a la Fuerza, específicamente en el departamento de Administración Financiera (DPAF), hubo fraude, razón por la que se han adoptado medidas de corrección en esa unidad, que ha sido modificada prácticamente en su totalidad, tanto en personal como en procedimientos. Medidas de adoptadas por el Ejército Aseveró que en el Ejército no existían referencias del fraude. Enfatizó que cuando una unidad fiscalizadora detecta un hecho, inmediatamente lo da a conocer, prueba de lo cual es que el Ejército puso en manos de la justicia en 48 horas, cuando conoció los hechos, e inició en la propia institución un sumario. Manifestó que no puede emitir cargos o juicios de valor sobre autoridades anteriores, en el sentido de decir que habrían hecho caso omiso sobre hechos que podrían ser fraudulentos, porque no existían actos concretos o denuncias que pudieran acreditarlo. Reiteró que no deseaba dejar la sensación de que autoridades institucionales habrían incurrido en flexibilidad o laxitud en cuanto a los controles que se deben efectuar en el Ejército, pues nunca llegaron a la autoridad superior las denuncias pertinentes. Insistió en que hoy existen medidas de control por parte de los organismos correspondientes. Así, han sido rigurosas y constantes las intervenciones de la Contraloría General de la República en procesos que hoy están vigentes, incluso en terreno. Por otra parte, la auditoría ministerial cuenta con un plan que se está trabajando, a lo que se agrega la Contraloría del Ejército. Destacó que tanto las medidas de creación de la Unidad de Control Especial para proyectos de ley del Cobre y la Ficha de Fundamento del Gasto en la Contraloría del Ejército, más la supervisión de una empresa externa, constituyen pasos importantes e innovadores que dio la institución, incluso reconocidos por la propia Contraloría General de la República, que abren la posibilidad de interesantes horizontes de futuro en cuanto a perfeccionar medidas de control que constituyan un ejemplo para otras instituciones. Subrayó que se ha efectuado el mejoramiento del sistema de información financiera integral del Ejército, Sifie 2, que permite contar con una plataforma financiera confiable, escalable, interoperable, entregable y segura de acuerdo con la tecnología existente, que apoya el acceso de todos regimientos del Ejército a los cuales permite efectuar los seguimientos y controles en el propio sistema de las facturas generadas. Existe así una trazabilidad más eficiente de la que se registró en los procesos anteriores. Admitió que aunque antes los controles existían y estaban vigentes en la normativa, eran perfectibles y había que optimizarlos, especialmente, respecto de nuevas tecnologías. Asimismo, el sistema de gestión logística del Ejército (Sigle), una plataforma Oracle E-Business Suite, está operativa y el 77% del Ejército está funcionando con ella en relación con el mantenimiento, transporte y gestión. Estimó que la capacitación completa a toda la institución concluiría este año. En materia de procesos de compra, reconoció que existe vulnerabilidad, en razón de los 245 puntos de compra, una atomización que se permitió con el objetivo de favorecer a las pequeñas unidades en lugar. Así, aseguró que, siendo lo más eficiente posible, el Ejército precaverá siempre de no perder la oportunidad de ser parte del desarrollo de las pequeñas ciudades y regiones. Recalcó que el Ejército ha tenido la responsabilidad histórica en el desarrollo del territorio y no lo abandonará. Sin embargo, admitió que la experiencia indica que se debe revisar, pues la Contraloría General de la República también ha reconocido la existencia de una debilidad. En el ámbito de la fiscalización, explicó que la Contraloría del Ejército generó un departamento especial de auditoría de proyectos de inversión y fichas de fundamento-gasto relativas al Mantenimiento de Potencial Bélico. Con ello se perfeccionará las auditorías bajo la perspectiva de procesos, incorporando mejores prácticas que facilitarán la trazabilidad de la documentación y el gasto. Asimismo, continuó, se fortaleció el sistema de control de gestión institucional en donde se fusionó tanto la integración de la gestión normativa como la gestión de proceso. Ello fue resultado de un informe de la auditoría realizada por Surlatina Consultores SA al proceso de desarrollo de las capacidades militares y administración de ciclo-día de proyectos ley del cobre. De ese informe resaltó 4 aspectos: 1) Precisó que se debía reforzar el sistema de control institucional, readecuado a los perfiles de cargo y competencias de quienes manejan funciones en el departamento de control interno del Ejército en temas como control de gestión y auditorías internas que complementan la labor de la Contraloría del Ejército. 2) Recomendó continuar con el levantamiento de los procesos esenciales y de apoyo a altas reparticiones, comandos y unidades de armas combinadas, considerando la complementación con el mapa estratégico del Ejército, a fin de buscar eficacia y eficiencia en economía de los recursos bajo el concepto de mejora continua. 3) Sugirió continuar el proceso de actualización de la reglamentación orgánica, en tanto se detectó incomunicación y estratificación en ella, dado que muchos procesos se levantan por unidades y sin trazabilidad para determinar en qué medida se cruzan con distintas orgánicas. Admitió que es una realidad de instituciones muy jerarquizadas, que levantan procesos de forma vertical y no tan horizontal, pero es algo que se está perfeccionando. 4) Identificar los riesgos y elaborar las respectivas matrices por cada proceso, labor que ya se inició y que complementa lo que se estaba haciendo anteriormente. Destacó que el Ejército no se ha quedado solo con lo que sucedió, sino que ha reconocido elementos que perfeccionar y lo ha asumido desde el primer momento. Manifestó que en relación con las responsabilidades de investigación de seguridad de personal, ya se han adoptado las medidas de poner rigurosidad en los procedimientos de quienes trabajan en áreas sensibles. Incluso la institución fue más allá y amplió la disposición de las investigaciones de su área de personal a todas los funcionarios involucrados en ámbitos no solo del segmento de responsabilidades mayores, sino también subalternos en todos los niveles. En estas unidades de riesgo el trabajo está finiquitado y se extendió al resto de las unidades de compra a lo largo del país y en los cargos normales en que el Ejército hace investigaciones de su propio personal. En cuanto a la rotación de personal, indicó que en las reparticiones donde ocurrió el fraude se llevó a cabo la rotación del 100% del personal. Precisó que existe una política al respecto, con el objeto de buscar una rotación adecuada y balanceada, porque también se requiere un expertise en determinadas áreas que hay que respetar. En relación con los cambios de las bases de las licitaciones, aclaró que la Contraloría General de la República ha sido muy estricta en esta materia, por lo que las modificaciones de condiciones de una matriz para los proveedores, deben ser conocidas por todos los participantes. Es decir, la institución no tiene atribuciones para corregir la base de una matriz bidireccional sin el conocimiento del resto de los proveedores. Por eso, acotó, cuando se declara desierta una licitación por un cambio de condiciones en las bases, se informa a los proveedores, pues de otra forma el proceso estaría viciado. En materia de justicia militar y deber de reserva, puntualizó que se debe ser muy riguroso en el análisis del daño patrimonial, porque hay expertos en materia de inteligencia, que no solo se basan en datos duros, sino también en vaguedades o cosas que, a simple vista, se consideran sin importancia, pero la suma hace la importancia. Remarcó que en ello se debe ser riguroso y cuidadoso, para no infligir un daño que pueda generar una debilidad a la seguridad del país. Indicó sentirse muy tranquilo como comandante en jefe ante la respuesta que ha tenido el Ejército cuando la ciudanía lo ha requerido, porque le creen al Ejército, lo respetan y le dan crédito a lo que hace. Incluso, en las encuestas, que están a disponibilidad de todos, la institución Ejército tiene un reconocimiento importante de la ciudadanía, lo que debe motivar a luchar para que todos comprendan que el Ejército de Chile, como lo dice su nombre, es de Chile, no de un grupo determinado de personas. Concluyó aseverando que la institución no escatimará esfuerzos para seguir adoptando las medidas de control necesarias con el fin de aminorar al máximo los riesgos que tengan que ver con acciones que no sean las adecuadas en los procedimientos establecidos, y que no se tolerará esta vez ni nunca cuando haya una denuncia de algo incorrecto. 3.- General de Brigada Rodrigo Carrasco González, Contralor del Ejército. Precisó que ocupa el cargo de contralor del Ejército desde el año 2015, por lo que su exposición se refirió fundamentalmente a la organización de la Contraloría del Ejército a esa fecha, no obstante lo cual se ha documentado respecto de todas las situaciones ocurridas con anterioridad. Admitió que muchas de las medidas que se han adoptado para actualizar la Contraloría del Ejército, tienen que ver con el caso que esta comisión investiga. Organización de la Contraloría del Ejército Relató que la misión de la Contraloría del Ejército es administrar el proceso de gestión y control interno institucional, enmarcado en las normas legales y reglamentarias, promoviendo la cultura de probidad y transparencia, contribuyendo al cumplimiento de la planificación estratégica y participando en el proceso de toma de decisiones del comandante en jefe del Ejército. Es un órgano que depende directamente del comandante en jefe y cuya organización, hasta 2014, consideraba un departamento de auditorías y otro de planificación. A partir de 2015, sin embargo, se han sumado un departamento potenciado de planificación de gestión estratégica (DEPLANGE) y un departamento de gestión estratégica institucional, que están abocados al levantamiento de macroprocesos y procesos institucionales, en los cuales radica la matriz de riesgos y la implementación de todo el sistema de gestión a base de procesos institucionales. Asimismo, el departamento de auditoría ha tenido algunas variaciones, como la creación de la sección de auditoría de proyectos, que apunta fundamentalmente al control directo de los recursos que tienen que ver con la Ley Reservada del Cobre, Ley N° 13.196. Explicó que la misión del departamento de Planificación es gestionar el proceso de planificación y coordinación interna de la contraloría, mantener actualizadas las políticas institucionales de control, gestión de riesgos y doctrina referida a revistas, controles e inspecciones; y efectuar el control de gestión de procesos, actuando como enlace con los organismos contralores externos, que son la Contraloría General de la República, con la cual existe contacto técnico permanente; el Consejo para la Transparencia; el Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno (CAIGG), que emite una serie de disposiciones a las cuales el Ejército debe sumarse como organismo público; y la Auditoría Ministerial, dependiente del ministro de Defensa Nacional y a cargo del auditor ministerial Humberto Canessa. Por su parte, la misión del Departamento de Control de Gestión es controlar la gestión institucional en los ámbitos estratégico, programático y funcional, a fin de proporcionar información relevante, fidedigna, objetiva y oportuna para la toma de decisiones en el nivel de dirección estratégica institucional del comandante en jefe del Ejército. Explicó que cada dos meses se le entrega al comandante en jefe un reporte institucional con los avances en la planificación estratégica prevista hasta el año 2026, la planificación de su gestión de mando durante los cuatro años que dura su permanencia en el cargo, y la directiva de actividades anuales correspondiente al año en curso. A modo de ejemplo, expuso el mapa de macroprocesos del Ejército de Chile, con fecha límite al año 2018, donde aparecían las matrices de riesgo asociadas al levantamiento de macroprocesos y procesos institucionales, dada la magnitud que tiene el Ejército. El reporte exhibió cada una de las altas reparticiones que tienen relación con los procesos estratégicos, esenciales, de apoyo y de evaluación, donde estaba considerada también la Contraloría del Ejército. Precisó que el Departamento de Auditorías de la Contraloría del Ejército tiene por misión auditar los procesos de apoyo logístico, financiero y administrativo, y proyectos de alta criticidad en la institución, velando por la probidad administrativa establecida en la normativa legal y reglamentaria vigente. Relató que las auditorías que efectúa este departamento pueden ser Programadas, para lo cual se ha homologado la metodología de la Contraloría General de la República con el objeto de usar un lenguaje común al comunicar informaciones de utilidad; Especiales, que son dispuestas por el alto mando y de las cuales emanan informes preliminares, ante los cuales el comandante de la unidad auditada puede contestar dentro de 15 días y tras lo cual se emite un informe final, al cual se le aplica un tercer tipo de auditoría, que es de Seguimiento de los compromisos asumidos para corregir alguna observación formulada. Advirtió que, en ese sentido la Contraloría del Ejército detecta errores e irregularidades. En el caso de errores, corrige las observaciones y les hace un seguimiento. Si existen irregularidades, las corrige a través de observaciones, propone las investigaciones sumarias administrativas y/o denuncia a la justicia, en caso de que la observación lo amerite. Respecto de la sección de Auditoría de Control de Proyectos, creada en 2015, ella tiene la misión de ejecutar auditorías a los procesos de implementación y desarrollo de las capacidades militares, como también a los procesos asociados a las fichas de fundamento de gastos para el mantenimiento del potencial bélico (MPB). Recordó que con esos recursos se hacen adquisiciones a base de decretos supremos y también se efectúa el mantenimiento del potencial bélico sobre la base de estas fichas. Subrayó que la misión de esta sección de control de proyectos es efectuar un control directo sobre todos los gastos de la ley del Cobre. Mencionó que entre 2005 y 2014 la Contraloría efectuaba fiscalizaciones a lo largo de todo el país con un sistema de calendarios, mediante los cuales concurría a todas las unidades. Ello implicaba que cada unidad era revistada con una periodicidad aproximada de dos años. Destacó que debido a ello se empezó a trabajar con el sistema de procesos, de modo que en cada una de las unidades de armas combinadas se crearon departamentos de contraloría interna, lo que permite que la Contraloría del Ejército priorice sus auditorías en aquellos recursos de mayor magnitud en el Ejército. Esos departamentos dependen de los respectivos comandantes de unidades de armas combinadas, pero también tienen una dependencia técnica de la Contraloría del Ejército, a través de la cual se les transmiten todas las misiones que provienen de la Contraloría General de la República o de otro organismo contralor, ya sea del Ejército o externo. Detalló que la misión de estos departamentos de contraloría interna es ejercer el control de gestión y control interno de las unidades de armas combinadas en sus ámbitos estratégico, programático y normativo, proporcionando información oportuna y acciones de mejoramiento, manteniendo una relación funcional con la Contraloría del Ejército (COTRAE). Reiteró que, tras la creación de los departamentos de contraloría interna, la Contraloría del Ejército puede abocarse a las prioridades institucionales, delegando algunas de sus atribuciones y funciones en las unidades de contraloría interna. Operación del modelo delictivo Explicó que en el proceso de pago de facturas, la primera entidad responsable del control de los documentos es la unidad que genera el gasto, pues ella responde por el proceso de confección de las facturas. Agregó que, de acuerdo con disposiciones legales, el Ejército debe pagar dentro de 30 días, por lo que para facilitar el control se prioriza la revisión en la primera fase de confección de facturas. El resto es un control de forma y lo efectúa la Contraloría del Ejército. Sin embargo, en el caso investigado las personas involucradas hicieron una ficción en esta primera parte y suplantaron a quienes debieron ejecutar el gasto, y haciendo uso de sus cargos y de sus conocimientos utilizaron facturas entregadas por los proveedores, ingresaron datos falsos con timbres y firmas falsas, y las integraron en medio de facturas verdaderas. Todo ese actuar se saltó la primera parte del proceso, y la más importante, que es la encargada de hacer las facturas, y las integró directamente en la etapa de pago. Esas facturas se enviaban a pago y pasaban por los controles que disponía, hasta entonces, el Consudena en su Reglamento de la Ley N° 7.144. Posteriormente, tanto la Tesorería como la Contraloría del Ejército revisaban de manera formal esas facturas y hacían el reporte trimestral a la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas. Aseguró que la Contraloría del Ejército no detectó facturas falsas en sus procesos de revisión. Insistió en que existe también un documento del Comando de Apoyo a la Fuerza que norma el proceso y establece que la responsabilidad original es de los comandantes o de quienes originan el gasto. Ejemplificó que si un comandante de unidad plantea la necesidad de efectuar un mantenimiento, tras la ejecución correspondiente del servicio se elabora la factura y posteriormente se envía a pago. Detalló que cada factura tiene al reverso un acta de recepción de los elementos y en ella se determina quiénes la reciben, dependiendo del servicio. Por lo tanto, hay tres firmas, pero pueden ser más, ya que eso no es posible que la Contraloría lo conozca. Sin embargo, de la etapa más importante y por la que responden los comandantes, ellos no tuvieron conocimiento porque fueron suplantados a través de firmas en las actas de recepción. Todo fue falsificado, aprovechando los conocimientos y los cargos de quienes vulneraron el sistema integrado a un proceso completo de facturas. Afirmó que los montos de recursos involucrados deben ser determinados por la justicia, junto con la identificación de las facturas que fueron verdaderas y falsas. Remarcó que el Ejército es el más interesado en que los responsables sean condenados, pero para ello debe esperarse el resultado del sumario administrativo. Respecto de los controles de las reparaciones efectuadas en las unidades, relató que la Contraloría se constituía en esas unidades y no detectaba fraudes, porque ellos no pasaban por las unidades. Insistió en que la primera fase era supuesta pues las facturas eran confeccionadas en la mitad del proceso, en el CAF. Por lo tanto, se saltaban absolutamente la etapa en las unidades, lo cual no le permitió a la Contraloría, que efectuaba las visitas y la auditoría en las unidades, detectar un fraude de estas características. La orden de trabajo tampoco existía; era falsificada junto con toda la documentación creada por esos funcionarios. Por lo tanto, resaltó, no se trata de una falsificación burda, sino de una falsificación absolutamente pensada y dolosa. Así, muchos vehículos eran inexistentes. Conclusiones. • En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 77 del Decreto Supremo N° 124, de 2004, la Contraloría del Ejército (COTRAE) participa en el proceso de rendición de cuentas de las facturas, efectuando, con posterioridad al pago, un control formal trimestral, cuyos antecedentes contables se remiten a la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, antiguo Consejo Superior de Defensa Nacional (Consudena). Puntualizó que como ello se realizaba con posterioridad al pago de las facturas, la alternativa para efectuar un control más directo sobre los recursos de la Ley Reservada del Cobre se materializó con la creación de la sección de proyectos, que permitirá controlar esos recursos durante su ejecución y no con posterioridad al pago. • La COTRAE planifica sus auditorías en base a una matriz de riesgo interna, la cual determina el orden y la prioridad de las unidades a controlar, que normalmente está asociada a diferentes parámetros, como la cantidad de recursos involucrados. • La estructura actual de la COTRAE concentra los distintos aspectos de control en esta Unidad y, en general, del Ejército. Por eso, se potenció su departamento de planificación y se fusionó la jefatura de control de gestión, la que a partir de 2015 funciona a través del sistema de procesos, los que finalizarán en el Ejército en 2018. • La creación de la sección control de proyectos busca reforzar la supervigilancia de los procesos de inversión de la Ley N° 13.196. • A partir de 2015, las auditorías de la COTRAE se centran en una revisión integral de los procesos, independiente de su fuente de financiamiento, pues cualquiera de ellas podría ser vulnerada. 4.- Coronel Samuel Poblete, ex Tesorero del Ejército. Advirtió que el ministro en visita, Omar Astudillo Contreras, con fecha 21 de diciembre de 2015, decretó el secreto de la investigación, resolución que en su calidad de denunciante le obliga a mantener reserva. Sin embargo, se refirió a los hechos necesarios para conocer el funcionamiento de la Tesorería del Ejército, la forma cómo se descubrieron los hechos y las eventuales mejoras en el procedimiento. Operación del modelo delictivo Relató que asumió el cargo de Tesorero del Ejército el 6 de diciembre de 2013, pero dado que de inmediato inició su periodo de vacaciones, comenzó propiamente a ejercer la función el 10 de febrero del 2014. Un mes más tarde, en el ejercicio de sus funciones y revisando una factura, se percató de una inconsistencia, puesto que el documento venía firmado por un oficial, coronel Pedro Ferrer, quien aparecía en una destinación que no correspondía a la que efectivamente tenía. En ese momento, se contactó con él, solicitándole una explicación del hecho, tras cuya respuesta concluyó que se estaba frente a un fraude. Aseveró que saber si las órdenes de compra efectuadas eran verdaderas o falsas, es algo que no hay forma de comprobarlo pues la Ley del Cobre no se tramita a través de ChileCompra, sino que obedece a un sistema de órdenes de compra en soporte de papel. Además, la Tesorería del Ejército no dispone de una base de datos con las personas que firman. Observó que toda la documentación que llegó a la Tesorería del Ejército eran documentos originales: facturas, órdenes de compra, documentación de respaldo. Eso lo indicó también el cabo Cruz en su declaración, al señalar que le dieron visos de autenticidad a toda la documentación, para engañar a los sistemas de control y, específicamente, a la Tesorería del Ejército. Funcionamiento de la Tesorería del Ejército Explicó que la misión de la Tesorería es efectuar la revisión de los documentos que permiten el pago de los compromisos asumidos por la institución, los que son tramitados por los responsables de administrar los recursos financieros provenientes de las leyes asociadas a la cobertura monetaria, en moneda nacional y en moneda extranjera. Lo anterior se realiza con eficiencia, al servicio de las unidades y contribuyendo al desarrollo de la Institución. Consideró relevante señalar que la Tesorería del Ejército es la única organización de finanzas del Ejército que tiene relaciones con el extrasistema, a saber, tribunales, juzgados de Familia, Consejo de Defensa del Estado, Contraloría General de la República, Tesorería General de la República, Servicio de Impuestos Internos, Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena), bancos, instituciones financieras, AFP y otras organizaciones que requieran intercambio de información con la Tesorería. En el organigrama de la Tesorería se encuentra a la cabeza el tesorero del Ejército y luego viene un subtesorero, de quien dependen tres organizaciones: una oficina de Control de Gestión; una Plana Mayor, encargada de temas administrativos y logísticos para el funcionamiento de la Tesorería, y una Registratura u Oficina de Partes. Especificó que la Oficina de Partes es la unidad o la sección de la Tesorería por donde ingresan todos los documentos oficiales, los cuales llegan a través de un sistema informático de gestión documental. Subrayó que todo llega a través del sistema de gestión documental y físicamente lo recibe la Registratura u Oficina de Partes. En el organigrama identificó dos departamentos: el Departamento I de Finanzas, que tiene tres secciones: Revisión, Tesorería y Contabilidad. Y el Departamento II Remuneraciones, que es la unidad que paga todas las remuneraciones de la institución con cargo al presupuesto fiscal. Detalló que el Departamento I de Finanzas tiene entradas, procesos y salidas de documentación. Así, destacó que el 2014 la Tesorería del Ejército recibió más de 40.000 documentos, provenientes de la Tesorería General de la República, facturas de la ley del Cobre, facturas de la ley FORA, boletas de garantía asociadas a los diferentes contratos, procesos de remuneraciones que se pagan a través de este departamento, asignaciones, anticipos de sueldo, indemnizaciones y pago de los honorarios. Relató que la documentación ingresada pasa a revisión, se procesa en Tesorería y en Contabilidad, y egresa, generando del orden de 17.000 documentos, tanto de pago como de respuesta a diferentes organizaciones. Entre los receptores se destacan los bancos, los proveedores de la ley del Cobre, pago al personal de la institución, información enviada a la Contraloría General de la República, a la Subsecretaría de las Fuerzas Armadas y a la Contraloría del Ejército. Internamente, a la Dirección de Logística, a la Dirección de Finanzas del Ejército (DIFE), al Comando de Apoyo a la Fuerza (CAF) y a cualquier otra organización que requiera información de los sistemas de la institución. Por su parte, el Departamento II Remuneraciones tiene un proceso similar, destacando que procesa en el sistema informático todas las remuneraciones del personal, para lo cual se nutre del Comando de Personal, a través de las resoluciones y un sistema informático; del Comando de Educación y Doctrina (Cedoc), para todo lo que son los pagos de los profesores militares; de los departamentos de finanzas a lo largo de Chile, que remiten los descuentos del personal por las comisiones internas; de la Dirección General de Movilización Nacional; de la Contraloría General de la República, y de la Tesorería General de la República. En el sistema informático, denominado CGU/IMPER, se hace cruce de datos, es decir, la información que remiten el Comando de Personal y el Cedoc se revisa y valida con las resoluciones emitidas por las dos autoridades, y cuando hay inconsistencia se hacen las devoluciones y no se continúa el proceso de pago de esas asignaciones. Como salidas de este proceso están el pago de remuneraciones; el pago de las asignaciones de soldados conscriptos; el pago de los ministros de la Corte Marcial; reintegros que se requieren al personal por pagos indebidos en las remuneraciones; información que requieren los juzgados de Familia; información que requiere la Contraloría General de la República y las contralorías regionales; información al Comando General del Personal, al Comando de Personal, al Cedoc, a todas unidades del ejército y cualquier otra información que se requiera. Resaltó que, en general, el Departamento II Remuneraciones y la Tesorería todo lo pagan a través de una resolución. Proceso de pago de facturas Indicó que las facturas son recibidas por el Comando de Apoyo a la Fuerza, donde se digita en el sistema de información de finanzas del Ejército, que registra las facturas enviadas desde las unidades. Precisó que se ingresan el RUT del proveedor, y por defecto aparece el nombre del mismo; el decreto supremo asociado al gasto; las cuentas de gasto contable y si se trata de compras de material bélico, activos fijos, bienes de consumo, de modo de efectuar después los análisis contables. Luego se ingresa el valor de la factura. Esa información llega a la Tesorería del Ejército mediante el sistema informático de la intranet institucional. Con posterioridad, el Comando de Apoyo a la Fuerza remite el documento físico, a través de la Oficina de Partes o Registratura del edificio Bicentenario, y la recibe la Tesorería del Ejército. En síntesis, resumió, la información llega a través del sistema informático; y posteriormente, mediante el sistema de gestión documental, se recibe físicamente el documento. No hay otras vías. La Registratura u Oficina de Partes entrega la información al jefe del departamento de Finanzas, quien la traspasa a la sección Revisión, donde se examina conforme a lo que establece la lista de chequeo del ex Consejo Superior de Defensa Nacional (Consudena). Si la información o documentación que se recibe tiene algún problema, se devuelve al Comando de Apoyo de la Fuerza. Puntualizó que la sección Revisión verifica, en primer lugar, que se incluya toda la documentación de respaldo en originales: factura, orden de compra, matrices de decisión, actas de adjudicación, cotizaciones de los proveedores, contrato cuando corresponda, boleta de garantía, etcétera. Se revisan entonces los cálculos matemáticos; se contrasta el documento físico original con la información que remitió el Comando de Apoyo a la Fuerza en el sistema informático de Finanzas, para hacer una validación de la exactitud entre la información remitida por el medio informático y la que se dispone físicamente en la Tesorería. Observó que, hasta la fecha de detección del fraude, la lista de chequeos no consideraba revisión de las facturas en el sistema del Servicio de Impuestos Internos. Fue el Comandante en Jefe del Ejército quien dispuso un cambio en ese procedimiento, incorporando las revisiones de todas las facturas, tanto las a la Ley del Cobre como del FORA, en el sistema del Servicio de Impuestos Internos. Si la revisión no presenta problemas, continúa el proceso en la sección Tesorería, donde se elabora la resolución de pago que firma única y exclusivamente el tesorero del Ejército. Si este no estuviere por causa de permisos o una comisión administrativa, delega la autoridad para firmar, a través de una resolución, en el subtesorero. Sin embargo, si el tesorero del Ejército está en comisión interna en la guarnición de Santiago, el subtesorero no está autorizado a firmar resoluciones de pago. Esa resolución de pago firmada pasa a la sección Contabilidad, en la cual se elabora un archivo para el Banco del Estado. También se revisa, en la última instancia, antes de subir la información al Banco del Estado, que las facturas electrónicas no estén cedidas en factoring. Posteriormente, el archivo informático pasa a la sección Tesorería del mismo Departamento de Finanzas y se efectúa una primera firma electrónica para ingresarla al Banco del Estado, colocada por el jefe de la sección Tesorería. Luego se entrega esa información al jefe del Departamento I de Finanzas, quien agrega una segunda firma electrónica. De ese modo, en esta etapa todo pago tiene tres firmas: del tesorero en la resolución de pago, la primera firma electrónica del jefe de la sección Tesorería y la segunda firma electrónica del jefe del Departamento de Finanzas. Una vez que la información se encuentra en el sistema informático del Banco del Estado, este ingresa automáticamente a las cuentas corrientes de todos los proveedores que están asociados a la nómina de pago, con lo que termina el pago a los proveedores. La información y toda la documentación original que se mantiene en la sección Contabilidad es legajada y al término del trimestre se entrega a la Contraloría del Ejército, entidad que efectúa la revisión pertinente y la remite al Ministerio de Defensa. Como conclusión señaló que todo sistema era integrado por personas y perfectible. Así, el Ejército está aplicando las lecciones aprendidas para que lo acontecido no vuelva a suceder. Afirmó que al asumir el cargo en la Tesorería del Ejército, comenzó a implementar una serie de cambios en los procedimientos, con el objeto de mejorar el control de la entidad dentro del sistema. Entre esas medidas destacó la proposición de cambio de la actual lista de chequeo del ex Consudena, la rotación de personal en forma permanente dentro del Departamento de Finanzas, y el empleo de la plataforma del Servicio de Impuestos Internos. Remarcó que el hallazgo del hecho no fue una casualidad, pues obedeció a un control que efectuó como tesorero del Ejército en el cumplimiento de sus funciones profesionales y técnicas, durante el período de ambientación y conocimiento de la Tesorería. Por último, aseveró que la función que debe realizar la Tesorería del Ejército para cursar cualquier pago, no debe ser un control meramente formal y limitado a verificar que está cumplida la cadena de visto bueno o que el gasto esté correctamente imputado en la partida presupuestaria; sino que la obligación de un oficial en un cargo de esa importancia, debe ser también verificar la consistencia material de los documentos que se autorizan, es decir, el cumplimiento acucioso del deber de control. Esto explica, a su juicio, por qué pudo descubrir y denunciar los hechos que se investigan. 5.- General de Brigada (R), Héctor Ureta Chinchón, Comandante de la División Mantenimiento. Ciclo de operación de los proyectos asociados a la Ley Reservada del Cobre Mencionó que la Ley Reservada del Cobre data desde hace muchos años. En algún momento tuvo una modificación que le estableció un piso de US$ 180 millones, esto es, US$ 60 millones para cada una de las ramas de las Fuerzas Armadas, y que correspondía al 10% de las ventas del cobre de la empresa Codelco. Explicó que en la ley del Cobre existen dos tipos de demandas: una estratégica y otra operativa. La primera obedece a adquisiciones de activos de defensa, es decir, compra de material para activar para proyectos institucionales o conjuntos. La otra es lo que se denomina mantenimiento del potencial bélico (MPB), que es demanda surgida para mantener y soportar la fuerza. En la demanda estratégica el responsable del levantamiento es la Dirección de Proyectos e Investigación del Ejército (DIPRIDE), mediante un jefe de proyecto que eleva la demanda a los órganos institucionales y, si es aprobada, genera un decreto cuya administración y gasto será de responsabilidad de la CAF. La toma de depósitos aplazo de los saldos estacionarios de los decretos, así como la conversión de dólar a pesos es realizada por la Dirección de Finanzas, tras consulta a la CAF, pero las unidades que levantaron la demanda desconocen esa información. Sostuvo que hay una confusión pues los recursos que son asignados para la demanda estratégica, que es compra de activación, por disposición legal no pueden incluir el pago de gastos de administración, tales como pasajes, viáticos, bodegaje, aduanaje, etcétera. Por lo tanto, para hacer viable un proyecto, esos gastos de administración deben pagarse de otra manera. Y para ello se utiliza lo que se conoce como compensación, es decir, desde el presupuesto corriente se traspasa recursos a ese jefe de proyecto para que financie los gastos de administración. Así, posteriormente el Ejército debe cobrar ese préstamo en dólares, pero según el decreto que está autorizado, porque cada partida cuenta con uno. Recordó que hasta 2012 ocurría que los decretos eran generalizados en relación al MPB y administrados en su totalidad por el CAF; había solo uno o dos decretos para todo el Ejército, por lo que se subdividían en partidas internas para asignar fondos. Por esa razón la autoridad no tenía la suficiente información para bajar a las capas y determinar cómo se distribuían esos fondos. Dado que su distribución era potestad de una unidad del Ejército, que es el Comando de Apoyo a la Fuerza, hubo funcionarios que los manipularon. Por eso desde 2013 se trabaja a través de otro sistema, denominado Ficha de Fundamento de Gastos (FFG), que no son de más de US$10 millones y donde está establecido en qué se gastará y el control llega prácticamente hasta la cuarta capa, por lo que hay claridad en lo que se gastará. Desde entonces la FFG debe ser levantada por las unidades que tienen la responsabilidad de Mantenimiento de Potencial Bélico (MPB), pero la responsabilidad de la administración de estos decretos sigue siendo del CAF. Proceso de definición, ejecución y pago de gastos Mantenimiento Potencial Bélico (MPB) Explicó que en materia de mantenimiento del potencial bélico, cada año se presupuesta un gasto en servicios de mantenimiento y adquisición de repuestos, el que se estima según la demanda originada históricamente en cada unidad. Precisó que la División de Mantenimiento maneja esos registros históricos y los presenta, vía fichas de fundamento de gastos (FFG), al Ministerio de Defensa a través de la Dirección de Proyectos, pronosticando lo que se necesitará y estimando el gasto consecuente, como cualquier organismo de mantenimiento. Esos fondos son asignados a la División de Mantenimiento y se relaciona con lo que se denomina un Sistema de Mantenimiento Operacional (SIMO), que está en línea en todas las unidades del Ejército, a través de la intranet, y que el año pasado fue objeto de una mejora con la colaboración de la Universidad Católica de Valparaíso, gracias a lo cual ahora es capaz de abarcar el ciento por ciento del activo bélico del Ejército. En ese sistema las unidades demandan y adjuntan la petición de gasto, ya sea para un repuesto o un servicio de mantenimiento, con un presupuesto de referencia, el parte de deterioro del material indicando la falla o problema, y cualquier otro elemento administrativo que acompañe la petición. Puntualizó que si el gasto sobrepasa un cierto valor en dinero, se acompaña una resolución fundada del comandante de la unidad que acredita lo que ocurrió y las responsabilidades asociadas o si fue un hecho fortuito, y en algunos casos la resolución del sumario respectivo, cuando la falla es demasiado importante y existen responsables. Ese requerimiento llega a la División de Mantenimiento, donde se realiza una reunión con funcionarios de cada unidad operativa especializados en el material, se analiza la petición y se resuelve si se concede o si es necesario requerir nuevos antecedentes. Finalmente, el comandante de la División de Mantenimiento le propone al comandante del CAF, que es la autoridad que administra los fondos de la ley reservada del cobre en el Ejército, la asignación a esa unidad, la cual va con el nombre, la matricula, la falla y todo lo que indicaba la petición. Posteriormente, cuando ese documento llega a la unidad, esta tiene la potestad de efectuar tres presupuestos de oferentes; elige uno, realiza la reparación, emite un informe de reparación y adjunta las facturas con el acta de recepción. Recalcó que esto es muy importante, porque el acta de recepción va firmada por las autoridades de esa unidad. Advirtió que aquí aparece otra variable importante, porque las facturas ideológicamente falsas venían mayoritariamente con las actas de recepción de la División de Mantenimiento, cuando debieron haber venido con el acta de recepción de la unidad. Recalcó que cuando esas facturas llegaron al CAF, el acta de recepción debía tener la firma de la unidad usuaria, pero en este caso traía la firma falsificada del general Villalobos, durante el tiempo de su servicio, y la de Ureta durante su período, lo que significaba un tremendo error. Recordó que en 2012 el entonces comandante del CAF dispuso no controlar las facturas, hasta que, tras este caso de fraude, el general González, comandante del CAF, dispuso que la División de Mantenimiento controlara por si misma las facturas, que es lo que se hace desde marzo de 2014. Sin embargo, observó que el control de una unidad externa al CAF revisando las facturas es parcial, pues durante los años 2011 y 2012 aparecieron facturas en una unidad que no tenían origen ni oficio conductor. Hoy, en cambio, todas las facturas se envían con oficio conductor de la División de Mantenimiento y proceden del usuario. Reiteró que antes de abril de 2014, las facturas no pasaban por la División de Mantenimiento para control, sino que iban directo al Comando de Apoyo a la Fuerza. El oficio conductor venía desde la unidad directamente al CAF. Tras este caso delictual, en cambio, se dispuso que la División de Mantenimiento y la Divlog (División Logística del Ejército) revisaran previamente las facturas y les adjuntaran un visto bueno. Resaltó que cuando un proveedor emite una factura, un aspecto relevante es quién la recibe, pues ese acto le hace cargo del gasto. En cambio esas facturas falsas nadie las recibía y las actas de recepción no eran de la unidad, lo que constituía otra irregularidad. Ejemplificó que las órdenes de compra no llevaban en la parte superior el decreto a la entidad que se carga el gasto, lo que era una obligación, lo que también aparecía como extraño. Aclaró que no era el comandante de Apoyo a la Fuerza, sino que lo estaba reemplazando por un par de días. Cuando él regresó, se le entregó la investigación y se le solicitó que denunciara a la justicia, lo que en su calidad de comandante de Apoyo a la Fuerza hizo. Sobre el informe de seguridad realizado en 2011 y que se entregó al comandante de la División de Mantenimiento de la época, recordó que entonces era director del Instituto de Investigación y Control, por lo que carecía de información sobre si esa investigación llegó a curso. Supo que se aplicó una sanción administrativa a uno de los involucrados, pero no por dolo, pues en ese caso se habría derivado a la justicia militar. Concluyó que, a su juicio, el fondo de la investigación radica en que hay quienes tienen la responsabilidad de controlar al personal y existe un reglamento orgánico de funcionamiento que señala la misión de cada unidad. Por lo tanto, si eso no ocurrió, alguien no cumplió en un ciento por ciento el mandato del reglamento orgánico de funcionamiento de su unidad. Finalmente insistió en su inocencia y en su interés en esclarecer todos los hechos, en especial ante trascendidos que calificó de sesgados y parciales en torno a lo ocurrido, y que desconocen el trabajo que ha ejecutado para identificar a las personas involucradas. Operación del modelo delictivo Relató que durante la primera semana de abril de 2014, mientras se realizaba una mejora en las actas de recepción de las facturas que se tramitaban a pago en la Tesorería del Ejército, se produjo un hallazgo fortuito que llamó a la alerta, pues una factura proveniente supuestamente de una unidad, tenía acta de recepción de la División de Mantenimiento (DIVMAN) con una sola firma de un oficial, con error en su grado, citando un cargo que no existía y que se encontraba asignado a otra unidad institucional. Ante esa situación, el Tesorero del Ejército tomó contacto con el supuesto oficial firmante del acta de recepción, quien confirmó los errores y acreditó que su firma estaba falsificada, situaciones que fueron informadas inmediatamente al director de finanzas del Ejército. Tras ello se citó al comandante subrogante del Comando de Apoyo a la Fuerza (CAF), unidad de la que provenían las facturas, quien identificó al oficial de finanzas, Crl. Montero, como involucrado en el ilícito, pues había solicitado facturas en blanco al proveedor FRASIM. Asimismo, este último citó como parte de la falsificación de facturas al clase del CAF, cabo Cruz. Precisó que se pudo comprobar la confección y tramitación de 6 facturas del proveedor Francisco Huincahue N (FRASIM), por un total de $53.041.750, fechadas en marzo de 2014, y que fueron tramitadas para pago en la Tesorería del Ejército acompañando documentación falsa (Órdenes de compra, actas de adjudicación y actas de recepción), y con firmas falsificadas del comandante de la División de Mantenimiento, jefe de mantenimiento y un oficial superior que se encontraba destinado a la DIVESC desde el mes de enero. Dado que los recursos involucrados no habían sido aún cobrados, se pudo recuperar el vale vista correspondiente y forma parte de los antecedentes de la investigación. Asimismo, estando el coronel y el cabo detenidos, fue borrada la información del servidor del Comando de Apoyo a la Fuerza, donde se manejaban los fondos de la Ley del Cobre, y de un computador de la Dirección de Proyectos, que también manejaba los proyectos. Ese hecho no ha sido investigado. Posteriormente, la Tesorería del Ejército inició una revisión más amplia, a fin de verificar anomalías similares en el periodo reciente. Tras ello, el general Ureta tomó conocimiento de otras 5 facturas de FRASIM, de marzo de 2014, que ya habían sido canceladas, y de otras 27 facturas de Raúl Fuentes Quintanilla, correlativas de diciembre de 2013 a febrero de 2014. En ambas situaciones, el gasto se encontraba imputado a los D/S N°68 MDN (C-E) de 30/11/2010 y al D/S N° 41 MDN-E de 19/12/2012, correspondientes a los proyectos Centauro 2 y Daga, respectivamente, cuya administración del gasto se encontraba centrada en la DIPRIDE y CAF. Observó que las facturas ideológicamente falsas aparecían en el CAF, sin contar con oficio conductor de alguna unidad y sin firma del receptor de la factura, por lo que era fácil advertir que no eran imputables a una unidad. Consideró que lo más grave era que estaban cargadas a decretos de Demanda Estratégica mediante compensación. Por lo tanto, opinó que, al parecer, existía una red de personas que entregaba estas facturas al CAF Reiteró que los decretos que fueron motivo de fraude eran masivos, es decir, se podía comprar de manera muy extensa y al cobrarse el Ejército por la referida compensación, quienes conocían el monto era un órgano del Comando de Apoyo a la Fuerza. Por ello al jefe de proyectos, que estaba en la Dirección de Proyectos del Ejército, siempre le cuadraron sus gastos, porque tenía una parte de gasto en dólares, de la activación, y otra parte que era de gastos de administración, y nunca le faltaron recursos en sus controles. Pero debido a la falta de rigurosidad en la asignación, recursos que estaban en las compensaciones aparecieron en las facturas. Por ello, remarcó, la factura nunca fue parte de una demanda; no existió una demanda de la unidad, no es una demanda operativa, por lo que era imposible que el sistema reconociera algo que nunca existió. Se trató de una demanda ficticia que se hizo mediante la imputación de un gasto en decretos que eran para proyectos del Ejército con servicios de mantenimiento. Aclaró entonces que llamar mantenimiento del potencial bélico (MPB) a los fondos de la ley del Cobre, es un error, ya que esta última tiene dos grandes ramas: una demanda estratégica y una de mantenimiento de potencial bélico. Entonces, la compensación que se hizo, y el préstamo que se debía cobrar, correspondía a demanda estratégica y no a mantenimiento de potencial bélico, a la que nunca le faltaron fondos. Por ello, insistió, los fondos sustraídos correspondían a proyectos de demanda estratégica. La División de Mantenimiento bajo su cargo (mantenimiento de sistemas de armas), así como la División de Logística (Adquisición de combustible, de vestuario y equipo, y de municiones), el Comando de Ingenieros (Mantenimiento de infraestructura militar) y todos quienes tenían relación con el MPB, ejecutaban gastos con mantenimiento del potencial bélico. Y fue ahí donde los funcionarios que manejaron esos amplios decretos traspasaban estos fondos de un lado para otro en las planillas que se debieron haber cobrado y que eran como una especie de préstamo. Puntualizando el número firmas que lleva el documento de pago, describió que el proceso se inicia con una solicitud requiriendo un servicio, firmada por el mando. Posteriormente, en la unidad existe una tabla con tres proveedores, desde donde se elige a uno de ellos en base a algún tipo de criterio, que no siempre es el más barato, decisión que agrega dos firmas. Luego prosigue la orden de compra que también tiene tres firmas y, finalmente, la factura, que entonces tenía tres firmas. Por lo tanto, todos los documentos que debiesen estar, se encontraban, pero eran falsos. Relató que revisó cerca de 1.200 facturas, 1.199 de las cuales fueron canceladas con decretos de demanda estratégica, en forma incorrecta (Proyectos Centauro y Daga), y solo una factura fue pagada por el decreto Nº 18, que es de mantenimiento de MPB y con un saldo que seguramente tenía el CAF. Enfatizó que ninguna de esas facturas había sido tramitada al CAF por unidades de la DIVMAN. Se cuestionó entonces que si se realizaba la adquisición de un servicio sobre un decreto que no es para ese objeto, porque no se trata de MPB, sino de demanda estratégica, surgió la interrogante de por qué. Estimó que, como cualquier organización, la entidad debía realizar un balance, el cual debió haber detectado que había una activación que no estaba habilitada y recursos que se gastaron, pero que no existieron. Sin embargo, el problema fundamental es que se trata de un proyecto estratégico y no de mantenimiento de potencial bélico y debía separarse dos situaciones: los proyectos y la demanda operativa. Por otra parte, destacó que en el CAF existe un departamento de planificación y gestión financiera que lleva los saldos de los decretos y que debería ser un órgano clave en la detección de este delito, ya que esas facturas que no provenían de ninguna unidad ni demanda, no tenían centro de costo al cual cargar el gasto. Ante esa descuadratura, este departamento debería haber detectado la anomalía. Tampoco fueron advertidas, por cierto, en la Tesorería del Ejército donde pasaban a pago las facturas y que cuenta con personal más experimentado en el control de documentos. Según su criterio, para que esto nunca más vuelva a ocurrir bastaría con reemplazar las planillas en Excel, por un software con perfiles y atributos, que manejara todos los datos de la operación, como la tasa a que se cambiaron las compensaciones, las autorizaciones que tiene, de quién, quién ingresó los datos, y en el caso de traspaso de una glosa a otra, cuándo se hizo, además de un balance automático tanto del gasto de la demanda operativa como también de estas compensaciones de la demanda Estratégica. En definitiva, sostuvo que lo que falló en este caso es que no existe un sistema de control entre el CAF, la Dirección de Finanzas y la Dirección de Proyectos. Ese triángulo es el que falló.

No hay comentarios:


Estadisticas web
Mi foto
Iquique, Primera Región, provincia de Tarapacá., Chile