domingo, 2 de octubre de 2016
Informe Milicogate Cámada de Diputados. 7
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37.- Eduardo Engel, Profesor de Economía de la Universidad de Chile, Presidente de Espacio Público y expresidente del Consejo Asesor Presidencial. Relató que el Informe del Consejo Asesor Presidencial Anticorrrupción, entregado a la Presidenta el 24 de abril de 2015, constaba de cinco grandes capítulos que abarcaban 21 áreas temáticas y 236 propuestas, de las cuales cuatro tienen relación con el gasto en Defensa. Los cinco grandes capítulos del informe son: Prevención de la corrupción, que tiene nueve áreas temáticas; la regulación de conflictos de interés, con cuatro áreas temáticas; el financiamiento de la política para fortalecer la democracia, con tres áreas temáticas; la confianza en los mercados, con tres áreas temáticas y, finalmente, los temas de integridad, ética y derechos ciudadanos, con tres áreas temáticas. Advirtió que el Consejo Asesor nunca pretendió analizar el detalle de las propuestas, porque su rol era proponer lineamientos generales para que el legislador estudiara las precisiones. A poco más de un año de la entrega de ese informe, de la agenda de probidad y transparencia y de todo el trabajo legislativo realizado por la Cámara de Diputados y el Senado, sostuvo que el balance preliminar permite concluir que hay cinco áreas temáticas con proyectos de ley aprobados y bien evaluados. Otras cinco áreas temáticas con proyectos con prioridad legislativa para 2016, según anunció el gobierno hace un par de meses, también bien evaluados y avanzando. Dos áreas temáticas con proyectos con prioridad legislativa dentro del año, que están bien evaluados pero sin indicios de avance y, por último, nueve áreas temáticas sin avances significativos. Puntualizó que si se toma el conjunto de las 21 áreas temáticas, el grado de avance es bastante alentador, pues cinco áreas ya están con proyectos aprobados y bien evaluados, y otras cinco con proyectos sustantivos y positivamente evaluados que están entre las prioridades para este período legislativo. Comparó lo anterior con lo ocurrido después de la crisis del MOP Gate, en 2003, cuando aparecieron solo dos proyectos de ley. Hoy, en cambio, los proyectos están bien evaluados, según el observatorio anticorrupción de Espacio Público, otra fundación colaboradora y la ayuda de 30 expertos transversales tanto políticamente como en sus áreas de expertise. Señaló que se ha puesto nota a los proyectos, en la medida que logran reflejar los objetivos que tuvo el informe del Consejo Asesor Presidencial. Así, los cinco proyectos aprobados tienen nota azul, en algunos casos nota sobre cinco y en un caso sobre seis. Gasto en defensa. Identificó 8 áreas temáticas que tienen que ver con corrupción, siendo la tercera la que tiene que ver con la forma en que se gastan los recursos públicos. Ahí se incluyen la reforma del sistema de compras públicas, el tema de las concesiones en infraestructura y el gasto en Defensa. Sin embargo, advirtió que de las 236 propuestas, solamente cuatro tienen que ver con ese tema. Gasto en Defensa: parte de área temática Prevención de la corrupción 1. Probidad y fortalecimiento de municipios 2. Reforma del Sistema de Alta Dirección Pública 3. Reforma del Sistema de Compras Públicas, concesiones y gasto en Defensa 4. Persecución y sanción penal de la corrupción 5. Transparencia y acceso a la información pública 6. Responsabilidad penal de las personas jurídicas 7. Prevención de la corrupción en la planificación territorial 8. Creación de un servicio de evaluación de las políticas públicas. Diagnóstico. Para el Consejo Asesor el punto de partida es la Ley Reservada del Cobre, que asigna el 10% de las exportaciones de Codelco de manera equitativa entre las tres ramas de las Fuerzas Armadas. Señaló que el primer diagnóstico es que su carácter reservado y el hecho que esté excluido del Presupuesto, significan que el Congreso y la Contraloría General de la República no tienen la potestad para controlar activamente la utilización de esos fondos. Identificó como un segundo elemento del diagnóstico que esos fondos no están asociados a una política nacional de Defensa, lo cual favorece la discrecionalidad, la opacidad y la ineficiencia en la utilización de esos recursos. Adicionalmente, el único control externo efectivo es a través del Poder Ejecutivo. Propuestas del Consejo Anticorrupción. • Eliminar la Ley Reservada del Cobre y dotar de una mayor capacidad al Congreso Nacional, para fortalecer el control, la eficiencia y la transparencia en compras de la Defensa, limitando los gastos fuera de presupuesto. • Fortalecer la capacidad técnica de las comisiones de Defensa del Congreso, para que puedan ser una contraparte efectiva en la asignación de ese tipo de gastos. Respecto del Congreso Nacional como contraparte del mundo de la Defensa y del Ejecutivo, su diagnóstico fue que en Defensa existen ítems muy especializados en que es muy difícil tener, por parte del Congreso Nacional y las Comisiones de Defensa, asesores que realmente sean independientes y apoyen al Parlamento. Entonces, aunque exista la mejor intención de ser contraparte del Ejecutivo en estos gastos, no está la experticia técnica para ejecutar ese rol. Por ello, argumentó, cuando propone fortalecer estas comisiones, está pensando técnicamente en contar con los recursos para tener asesorías de buen nivel, y con la independencia requerida. Consideró muy importante contar con profesionales que tengan conocimiento y que además no tengan conflictos de interés, dado que se trata de materias en las que no es fácil tener parlamentarios realmente especializados. • Preservar la confidencialidad de los gastos solo en casos específicos, predefinidos en base a criterios conocidos y formulados con la participación de expertos independientes. Observó que existe una tendencia a abusar de la reserva, pues hay muchas decisiones que no la requieren, y buena parte del gasto de Defensa podría materializarse por ChileCompra. Por ello postuló que quienes decidan lo que no es público no sean los mismos funcionarios que están decidiendo el gasto, es decir, las Fuerzas Armadas, sino que lo haga el Congreso Nacional y los representantes ciudadanos, de modo de aplicar criterios objetivos, conocidos de antemano, y que no se abuse de ese mecanismo. Insistió en que tiene que haber estándares, como lo proponen las organizaciones internacionales especializadas en gastos en Defensa. No es una cuestión revolucionaria, sino usar un estándar, que no se utiliza en Chile. Consideró que, como principio general, la demostración debe exigirse a quien desea que un gasto sea reservado, fundamentando que esa decisión es realmente clave para la estrategia de Defensa y que se trata de información que no es posible obtener en alguna fuente externa. Lo demás que sea público, y que se incluya en la ley de Presupuestos de la nación con la debida transparencia, porque lo más probable es que eso ahorre enormes recursos y que se cierre una fuente que se puede prestar, al menos en teoría, para la corrupción. • Los proyectos de Defensa deben ser evaluados con metodologías especializadas, considerando un plan estratégico nacional para dichas evaluaciones. Afirmó que el gasto en Defensa es un problema y un desafío grande en todos los países, y que en Chile se ve profundizado por su historia particular y por algunas medidas que no son habituales, como la Ley Reservada del Cobre. Sin embargo, acotó, aun en países sin leyes reservadas este es un desafío inmenso porque los gastos son grandes, especializados y existen situaciones particulares respecto de las cuales se requiere reserva. Sin embargo, ello es abusado y se usa más de la cuenta. Agregó que uno los anuncios del gobierno para este año es revisar el tema de las inhabilidades e incompatibilidades del sector público en general. En el caso de altos oficiales de las Fuerzas Armadas, opinó que la inhabilidad podría ser mayor de dos años en casos en que realmente se cuente con información privilegiada respecto de cómo está funcionando un área determinada, pues allí existirán conflictos de intereses sumamente grandes y con alto costo para la sociedad en general. 38.- Rodrigo Valdés, Ministro de Hacienda. El Ministerio de Hacienda y la Ley Reservada del Cobre. Relató que en el proceso presupuestario de las Fuerzas Armadas, el Ministerio de Hacienda interviene a través de dos canales muy distintos. Uno es el presupuesto anual, que viene del Congreso y financia parte de los gastos de las Fuerzas Armadas, y el otro, denominado extrapresupuestario, tiene que ver con la Ley Reservada del Cobre, que no pasa por la dirección presupuestaria y se relaciona con la compra de materiales. Detalló que el primer canal es la forma en que funciona cualquier ministerio, con un marco presupuestario que se discute en el Congreso, a veces se cambia y es parte de la Ley de Presupuestos. El canal de la Ley Reservada del Cobre es, evidentemente, único para las Fuerzas Armadas. Explicó que, respecto de la macroeconomía, desde hace varios años la discusión se enmarca dentro del balance estructural, pues el cálculo de esta regla incluye los gastos extrapresupuestarios. Así, advirtió, una cosa son los ingresos que produce la ley reservada a través de las rentas de Codelco y, otra es cuánto de esos ingresos se gastan. Reiteró que esos fondos son recursos que están para las Fuerzas Armadas, pero cuánto se usan es una discusión en la que se conjugan criterios técnicos, originados en las necesidades de Defensa, con la Presidenta y el Comandante en Jefe. Es decir, hay un proceso técnico, pero también un aspecto macroeconómico pues ese gasto no puede ser disonante de las correcciones de nuestra regla fiscal. Por lo tanto, con el Ministerio de Defensa existe una discusión cada año respecto del marco disponible para los próximos periodos, considerando las condiciones del balance estructural. Y así como cuando los ingresos son más altos que los gastos se generan ahorros, también en las Fuerzas Armadas existen cuentas que forman el Fondo de Contingencia Estratégica. Asimismo, como cualquier servicio público, las Fuerzas Armadas pueden endeudarse en contra de futuros ingresos de la Ley Reservada del Cobre o del Fondo, y en la discusión del marco presupuestario para los próximos años se define también cuánto se puede gastar hoy a cuenta de ingresos futuros. Tampoco las Fuerzas Armadas pueden hacer un gasto y endeudarse por encima de lo que Hacienda aprueba en ese marco. Aclaró que una situación distinta son los criterios técnicos respecto de en qué se gasta, que es un ámbito que está fuera de las cuentas del fisco. En materia de la operación de los recursos, refirió dos situaciones. Una, movimientos entre los fondos, pues cuando el Ministerio de Defensa solicita un giro o un depósito, el Ministerio de Hacienda emite la orden de ejecución al Banco Central. Precisó que, salvo que sean mecánicos, como la venta de cobre que genera un depósito, los demás movimientos requieren siempre instrucciones del Ministerio de Hacienda. Y la otra situación es que los decretos de gasto deben ser firmados por el Ministerio de Hacienda en conjunto con el ministro de Defensa, sin el requisito de revisión previa de la Contraloría General de la República, como habitualmente ocurre en el proceso presupuestario, en las reasignaciones e identificaciones de proyectos. En este caso, el control más importante se realiza en el Ministerio de Defensa, que es el encargado de evaluar la pertinencia de un gasto. El Ministerio de Hacienda, por su parte, tiene la obligación legal de vigilar, antes de darle curso al decreto, que ese ejercicio se realice dentro del marco financiero acordado en general. Posteriormente, el seguimiento ex post lo ejecuta básicamente la Contraloría General de la República, entidad que fiscaliza y controla los fondos reservados de acuerdo con lo dispuesto en la propia ley. Fondo de Contingencia Estratégica. Señaló que el Fondo de Contingencia Estratégica se forma por un exceso de ingresos por sobre gastos. Se trata de un fondo de ahorro, que antes era manejado directamente por las Fuerzas Armadas, pero que en 2011 se decidió tratarlo de manera similar a los otros fondos de ahorro del fisco, en el sentido de que tuviesen directrices de inversión claras y fuesen manejados por la institución que más experiencia tiene en la materia, el Banco Central. Argumentó que el Banco Central tiene décadas de experiencia en el manejo de las reservas internacionales en Chile, pues dado que ellas son el activo financiero más importante del Estado, ese órgano dispone de toda la estructura de front office, middle office y back office para que su manejo funcione bien. Subrayó que la administración financiera requiere de una infraestructura relativamente pesada, controles de personal distinto a quien ejecuta, mediciones de riesgos, etcétera, y el Banco Central cuenta con una estructura muy desarrollada pues, de hecho, también maneja la mayor parte del Fondo de Estabilización Económica y Social (FEES) y del Fondo de Reserva de Pensiones, sin perjuicio de que también se subcontrata otros actores externos para esas funciones. Relevó que la industria de manejo de activos en el mundo es muy desarrollada y sofisticada; lo importante es contratar el perfil de riesgo que se desee en términos del portafolio. Acotó que siempre las reservas internacionales se han invertido en el exterior, pues se espera que sean líquidas y estén a mano en caso de necesidad. Ejemplificó que si un país decidiera financiar infraestructura con un fondo de ahorro y recobrar lo invertido a través de peajes, si bien aquello sería una inversión, no sería una inversión líquida, en orden a contar con esos fondos en caso de necesidad. Por lo tanto, fundamentó, la lógica de tener un portafolio lo más líquido posible, recomienda invertir generalmente el ahorro en el extranjero, porque, en una economía financieramente abierta como la chilena, lo obvio es tener ese ahorro en el exterior, en un portafolio seguro, formado en nuestro caso por inversiones en bonos de gobiernos muy reputados, básicamente países europeos, Japón y Estados Unidos. A veces también se toman depósitos en bancos, pero se debe tratar de bancos reputados y evitando concentrar demasiada exposición en uno solo, pues ello constituiría un riesgo adicional del portafolio. Subrayó que en 2013 se decidió cambiar el portafolio del FEES y hacerlo un poco más riesgoso y, por lo tanto, más rendidor. Comentó que una realidad inescapable en finanzas, es la relación inversa entre riesgo y retorno: si se desea en promedio un retorno más alto, se debe estar dispuesto a tomar más riesgo, con lo que, en promedio, se puede ganar, pero también habrá periodos en que se perderá. Admitió que nunca se han publicado las directrices de inversión del Fondo de Contingencia Estratégica, a pesar de que no son reservadas. Detalló que está invertido solo en dólares y tiene tres grupos de inversión: 40% a plazo de bonos americanos de uno a tres años; 30% a menos de un año, y 30% en depósitos de corto plazo, en bancos de menor riesgo, con clasificación A-. Por el nivel de tasa de interés actual en Estados Unidos, este portafolio tiene muy bajo retorno, pero también es muy seguro. Mencionó que las reservas internacionales de Chile se cautelan de esa manera, con un portafolio de menor riesgo y menor retorno; y también el Fondo de Contingencia Estratégica. Observó, sin embargo, que el FEES tiene un poco más de riesgo y un poco más de retorno. Uso del Fondo de Contingencia Estratégica para capitalizar Codelco. Sostuvo que se trata de una idea que merece un análisis cuidadoso, por varias razones. Argumentó que, en primer lugar, es necesario considerar un aspecto constitucional y legal, ya que la ley dispone que esos recursos se encuentran afectados para ciertos usos. Aunque opinó que, como norma general, no se debería afectar dineros públicos a usos específicos, pues es una mala práctica. Entonces, lo primero es analizar qué legislación debería modificarse e incluso si es necesaria una reforma constitucional, o si una parte debiera pasar a fondos generales; todo lo cual esa es una discusión completa que merece análisis. En segundo lugar, agregó, debe separarse la idea de costo financiero del riesgo que se está tomando con los mismos fondos. Es decir, no existe nada que pueda eliminar el dilema entre riesgo y retorno. Entonces, cuando se espera ahorrar recursos porque se recibirá una tasa de interés más alta, siempre debe examinarse con detenimiento el riesgo que se está tomando. Así, opinó, invertir fondos en Codelco, en lugar de hacerlo en renta fija, evidentemente debería tener un retorno esperado más alto, pero también trae consigo un riesgo más alto. Advirtió que las soluciones de banca de inversión siempre tienen una transferencia de riesgo implícita, y consideró que nadie estaría por la posición de invertir todo el Fondo de Contingencia en Codelco, aunque admitió que si los recursos estuvieran por sobre el tamaño de Fondo requerido, podría tener cierta lógica usar esos fondos de manera distinta. Se cuestionó, sin embargo, si sería Codelco el destino más adecuado de esos fondos, tras lo cual observó que Chile hizo una decisión de financiamiento de las Fuerzas Armadas que, aunque es discutible, está atada a la suerte de Codelco y, por lo tanto, quienes están detrás de ese financiamiento deberían preocuparse de que Codelco funcione bien. Explicó que por ello hay aquí una cierta lógica en usar una parte de ese fondo en capitalizar Codelco, pues basta con considerar el spread o carry, consistente en que Codelco se endeuda a una tasa más alta y evalúa cuánto le reporta ese fondo y le entrega al país. Señaló que en el Ministerio de Hacienda se ha abierto una gran discusión sobre el uso del FEES para el déficit del próximo año, por esa misma razón: cuando Chile se endeuda, paga una tasa; cuando con el FEES se compran bonos en el extranjero, se recibe una tasa más baja. Por ello en algún nivel se toma una decisión financiera en términos de definir si es conveniente usar parte de los activos para otro fin. Pero conectar el Fondo de Contingencia a Codelco solo por esa razón, tiene que ver con la idea de que el financiamiento ya está dado por ley, independiente de cómo le vaya. Consideró necesario tener una discusión acerca de cuánto debiese tener un Fondo de Contingencia, así como de lo que sería necesario cambiar legalmente para mantenerlo. Si es necesario modificar cuestiones demasiado amplias, la realidad comienza a ser más compleja. Respecto de la idea de que Codelco use los flujos del año, manifestó no estar seguro de si la ley permite esa situación. Sin embargo, advirtió que si ello fuera posible, la operación sería simplemente un préstamo a tasa 0 del Fondo a Codelco. Observó que hay en ello un mayor riesgo, pero que sería aceptable desde el punto de vista del manejo de las finanzas de ese portafolio. Proyectos de Ley Reservada. Recordó que existen distintos proyectos de ley sobre esta materia en el Congreso, pero el gobierno no ha analizado ni tomado una postura respecto de ninguno de ellos. La Presidenta encargó en el discurso del 21 de mayo trabajar conjuntamente los Ministerios de Defensa Nacional y de Hacienda, y con los comandantes en jefe en dos temáticas: control y transparencia. Afirmó que el Ministerio de Hacienda no comparte la existencia de presupuestos plurianuales por una razón básica: la inflexibilidad que se produce. Puntualizó que es posible tener una planificación plurianual como la que existe hoy, que exige tener mucha claridad acerca de los gastos comprometidos en Defensa y en otras áreas para los próximos años, pero dejando holguras sin comprometer, que permiten cada año iniciar nuevos gastos, retrasarlos o adelantarlos según sea necesario. Reiteró que la planificación plurianual se debe hacer, y ya se realiza en Defensa Nacional, pero transitar a tener un presupuesto completo plurianual produce una inflexibilidad que es compleja, dado que se debe estar preparado para tiempos buenos y malos. Indicó que el Ministerio de Hacienda no está trabajando en este tema con una prioridad de corto plazo. Identificó en esta materia cinco temas distintos: • Transparencia, control y rendición. • Plurianualidad, en orden a tener compromisos plurianuales completos o solo en una parte, como es hoy. • Piso mínimo del Fondo contingente, es decir, si se debe tener una reserva y un piso de flujos. • Afectación de los flujos de Codelco a las Fuerzas Armadas, práctica que no existe en la realidad fiscal para otras cosas y que, de hecho, está prohibido para los impuestos. • Nivel de gasto en el presupuesto y la decisión de cuánto se gasta de este ingreso. Precisó que lo que se está haciendo en el corto plazo se refiere a aspectos relacionados con la transparencia y rendición de cuentas, porque siempre existirá con estos recursos la posibilidad de que acontezca lo que hoy se está investigando. 39.- Paulina Vodanovic, Subsecretaria para las Fuerzas Armadas. Facultades de control de la Subsecretaría de las Fuerzas Armadas. Declaró que, conforme lo dispone la ley, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas tiene entre sus funciones efectuar el análisis financiero de los proyectos de adquisición, inversión y mantenimiento de las capacidades estratégicas para la operación de las Fuerzas Armadas. Asimismo, ejerce una facultad respecto de la supervisión, bajo instrucciones del ministro de Defensa, sin perjuicio de las facultades del Ministerio de Hacienda, en relación con la inversión de los recursos asignados a los organismos, servicios e instituciones del sector Defensa. Puntualizó que la función del Ministerio de Defensa es distinta y mucho más amplia en materia de control, pues tiene que ver con la soberanía y las fórmulas para contar con capacidades estratégicas, mantenerlas y financiarlas. La responsabilidad sobre la ejecución de los proyectos radica en la Subsecretaría de Defensa, mientras que la Subsecretaría de las Fuerzas Armadas tiene un rol administrativo, incluyendo funciones de fiscalización financiera y de rendición. En relación con esas facultades, señaló que al interior de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas se dio una amplia discusión cuando se implementó la ley que reorganizó el Ministerio. Recordó que esa norma ingresó al Congreso en 2005, a pocos días de haberse aprobado una reforma constitucional, motivada por la necesidad de adecuar la institucionalidad del Ministerio de Defensa, cuya organización databa de 1932 y 1947, a una nueva realidad en que se terminaba el rol garante de la institucionalidad de las Fuerzas Armadas y se eliminaba la inamovilidad de los comandantes en jefe. Por lo tanto, concluyó, la preocupación de 2005 era distinta a la preocupación actual. Remarcó que entonces se buscaba adecuar la institucionalidad del ministerio al poder político y que las Fuerzas Armadas se subordinaran al mismo. Relató en su tramitación, dos parlamentarios plantearon su preocupación por temas de transparencia y probidad, en particular los gobiernos corporativos y las comisiones de las ventas. Aunque la historia de la ley tiene más de 500 páginas y cinco años de discusión, lamentó que esta materia de control no fuera abordada con la óptica que existe hoy, pues cuando se presentó el proyecto de ley, existía el Consudena, organismo con facultades para proponer las adquisiciones e inversiones para satisfacer las necesidades de la Defensa, ejercer la potestad exclusiva de autorizar los gastos realizados con cargo a los fondos de la ley N°13.196 y fiscalizar el cumplimiento de los planes de adquisición. Enfatizó que cuando se presentó ese proyecto de ley, no existía la idea de derogar al Consudena, pero como durante la tramitación en la Cámara de Diputados se entendió que habían facultades que se superponían con la Subsecretaría de Defensa, se ingresó una indicación que derogó ese Consejo. Acotó que se discutió mucho que las facultades del artículo 8° transitorio quedarían radicadas en la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, pero, finalmente, quedaron radicadas en forma genérica en el ministerio. Además, subsistió el reglamento de la ley, con lo que se derogó la ley, pero subsistió su reglamento, que es la normativa que existe hoy, el Decreto N° 124. Por otro lado, las facultades estaban radicadas en un órgano que tampoco funcionaba de la manera en que debería haberlo hecho, dada su escasez de personal. Entonces, cuando esas labores se radicaron en la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, se hizo necesario organizar y determinar quién las asumiría, porque la ley solo disponía que las facultades del Consudena quedarían radicadas en el Ministerio de Defensa Nacional. Aclaró que las adquisiciones e inversiones quedaron radicadas en la Subsecretaría de Defensa, donde se estableció un procedimiento de evaluación de los proyectos que presentan las instituciones, con el fin de determinar su factibilidad y la necesidad de efectuar inversiones o mantenimientos, bajo una perspectiva de conjunto. Recordó que hasta 2011 las colocaciones eran efectuadas por el Consudena, de acuerdo a directrices entregadas por el Ministerio de Hacienda, una de las cuales era que los recursos debían colocarse en bancos con los que se tenía un convenio marco que regulaba el procedimiento de trabajo con cada entidad. Desde el 2011 esos dineros no son colocados por el Consudena, sino por el Banco Central. Aseguró que en la actualidad, la Subsecretaría de las FFAA no realiza colocaciones en banco alguno. Sobre la cuenta cuatro, explicó que ella no maneja saldos pues se trata de una cuenta contable cuyos recursos se traspasan al Fondo de Contingencia Estratégica (FCE) inmediatamente. Indicó que, en relación con las facultades del Consudena, se produjo una polémica dentro de la institución, pues se le asignaron esas funciones a la División de Auditoría, generando un rechazo de los funcionarios que debió ser resuelto por el jefe de la División Jurídica, dictando resoluciones y haciendo un estudio. Por todo ello, sostuvo que la implementación de esa ley fue muy compleja internamente, y lo sigue siendo. En marzo de 2014, no había una unidad especializada y las funciones de rendición de cuentas quedaron radicadas en la unidad de auditoría, la cual recibió sin haberse revisado los documentos de los años 2011 a 2014. Asimismo, comentó que durante 2014 se comenzaron a llegar solicitudes de los tribunales de justicia respecto de facturas y documentación, por lo que el reducido personal a cargo debió abocarse, fundamentalmente, a responder los requerimientos de la justicia, por lo que no podían proceder a las revisiones de las fuentes. En definitiva, informó que se han revisado los años 2014 y 2015, y están aprobadas las rendiciones hasta el cuarto trimestre de 2011. En febrero de 2015, por Resolución Exenta N° 818, se creó la Unidad Administración Financiera de Capacidades Estratégicas de Defensa, a cargo de un funcionario grado 3 directivo, con relevancia suficiente para que tuviera responsabilidad administrativa. La nueva Unidad, dependiente de la División de Presupuestos y Finanzas, organizó un plan de trabajo que reforzaba el personal con el fin de que se abocara al trabajo que estaba bastante atrasado. De esta manera, puntualizó, durante 2015 se procedió a ejecutar la tarea, que implica realizar una revisión documental, solicitar los antecedentes faltantes y cumplir los instructivos vigentes. Observó que cuando en febrero de 2016 se volvió a revisar el procedimiento, se estableció un sistema nuevo de check list con 43 pasos y se instruyó a la Unidad de Análisis de Administración Financiera de las Capacidades Estratégicas y a las instituciones, que los cumplieran, de manera que los expedientes se reciban en estado de ser revisados de mejor manera. Advirtió que recién en 2015 se empezó a trabajar en crear un manual de procedimientos. Tampoco existía una descripción de funciones, por lo que se levantaron los procesos, las descripciones de cargos, los procedimientos y formularios para generar una coordinación con las tres instituciones y todas rindieran de la misma manera. Esa es, aseguró, la explicación del nivel de atraso de las revisiones. Asimismo, acotó, recientemente se han implementado varias medidas, como la reestructuración de la unidad, para que puedan cumplirse los plazos en la revisión inicial; sin embargo, reconoció, no se cumplieron. Hace un mes existe una nueva organización interna y un nuevo proyecto para ingresar al Ministerio de Hacienda, consistente en un plan de fortalecimiento de la unidad, con funcionarios responsables de los actos administrativos, los decretos; otros encargados de la revisión financiera y otros a cargo del sistema de rendición de cuentas. Estimó que con la cantidad de personal, de recursos, incluso tecnológicos, disponibles actualmente, podrían demorarse mucho tiempo en poner al día las tareas pendientes; por lo que se desarrolló este proyecto para mejorar y lograr ese objetivo. Afirmó que hoy se está trabajando también en el primer trimestre de 2016, de modo de revisar en paralelo lo que está llegando. Aseguró que es una prioridad no atrasarse con las rendiciones actuales. Junto con reforzar los equipos de trabajo, acotó que también existe una exigencia de la auditoría ministerial, en orden a mejorar los procesos, a redefinir la matriz de riesgo y a cumplir con todas las instrucciones que en relación a la rendición de cuentas ha impartido la Contraloría General de la República en marzo pasado, para lo cual se han debido readecuar los procesos internos y reformular el manual de procedimientos internos de la unidad. Asimismo, en el marco de la instrucción de la Contraloría General de la República, se realizó un seminario al que asistieron los funcionarios de las subsecretarías y de las ramas, para tener claridad acerca de los énfasis a priorizar. También se realizó un seminario por parte del ministerio, al que asistieron expertos internacionales, donde se discutió internamente respecto de los avances de cada una de las ramas, en orden a establecer procedimientos de manera más adecuada. Todo ello dirigido desde la auditoría ministerial y la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas. Modificación de la Ley Reservada del Cobre. Respecto de la derogación de la Ley Reservada del Cobre, señaló que el ministro ha señalado en reiteradas ocasiones que se ha estudiado diversas alternativas para dar cumplimiento a la modificación de esa Ley. Acotó que existe un trabajo pendiente con el Ministerio de Hacienda en orden a consensuar una postura. Sostuvo que se debe entender que la Defensa es una necesidad del país y que es importante contar con los recursos necesarios. Pero esta es una definición de Estado, no de las Fuerzas Armadas, pues el dinero no es para el Ejército o la Armada sino para la capacidad de Defensa que se quiere dar al país. En materia de transparencia versus reserva, opinó que existe una discusión pendiente que se tiene que desarrollar y a la que la Subsecretaría está absolutamente abierta, pues entiende que el secreto termina perjudicando al sector Defensa, en la medida en que si todo es secreto, todo es desconocido. Admitió que existe mucho desconocimiento sobre cómo se aplica la Ley Reservada del Cobre. 40.- Coronel Alex Gluzman Comte, Secretario de Coordinación de la Auditoría General del Ejército. Sistema de control en el proceso de adquisiciones. Recordó que incorporó durante 1995 en la Dirección de Logística del Ejército, ocupando desde entonces, y hasta mediados de 2006, el cargo de asesor jurídico de esa Dirección. Posteriormente, desde mediados de 2006 y hasta el 1 de enero de 2008 estuvo en la División de Educación, agregado a misiones, fuera del ámbito de la Ley Reservada del Cobre; y en 2008 regresó a la Dirección de Logística del Ejército. Después de esa destinación, y desde 2009 hasta el 31 de diciembre de 2015, se desempeñó en la jefatura de Adquisiciones del Ejército. Acotó que en el período comprendido desde el 1 de enero de 2009 al 31 de diciembre de 2015, fue jefe de la Asesoría Jurídica de la Jefatura de Adquisiciones del Ejército, posición que no era un departamento, sino una asesoría a través de su equipo o personalmente a la Jefatura de Adquisiciones del Ejército, al comandante de Apoyo a la Fuerza, al Comité Permanente de Adquisiciones del Ejército, o a cualquier otra unidad que así lo requiriera, aunque cada una tiene su asesor jurídico. Destacó que entre órdenes de compra, contratos y licitaciones, por la jefatura de Adquisiciones se tramitaban más de 500 y hasta 1.000 procesos de compra al año. Relató que la labor de la asesoría jurídica consiste en redactar la parte administrativa de las bases de licitación; visar o redactar los contratos de compraventa de bienes o servicios que se celebren; participar, a través de esas bases administrativas, en procesos de licitación públicos o privados; y asesorar al mando en todo aquello que le sea requerido. En síntesis, es una función que vela por el cumplimiento de la ley y que apunta a hacer cada vez más efectivos los procesos de igualdad y transparencia, en un proceso continuo, dado que las leyes y conceptos han ido cambiando y se ha reducido el ámbito de las adquisiciones de las Fuerzas Armadas. Refutó la información, que calificó de infundada y falsa, publicada en un programa de televisión emitido el 1 de agosto, donde se le acusa de cohecho o colusión en una licitación para adquirir vestuario. Al respecto explicó que la licitación aludida se convocó en enero de 2011, evidenciando por lo menos, seis meses de desfase con lo informado por el periodista. Además, indicó que no es plausible que dos o tres coroneles y un general decidan lo que hará el Ejército de Chile. El sistema de reemplazo de las tenidas de combate fue desarrollado por cerca de dos años por equipos de ingenieros, especialistas en mimetismo, camuflaje y otros aspectos. En esa etapa se trabajó multidisciplinariamente en diferentes instancias, con el Instituto de Investigaciones y Control del Ejército y la División Logística del Ejército. Agregó que siempre hay un jefe de proyecto en estas adquisiciones, que no es la Jefatura de Adquisiciones del Ejército. Finalmente, la División Logística del Ejército decidió elevar un proyecto al Estado Mayor General del Ejército, que dispone de un organismo que elabora los requerimientos de alto nivel. Luego se solicitó el financiamiento a través de un decreto supremo, para autorizar la inversión de los recursos del cobre o el decreto supremo. Posteriormente el proyecto se tramitó en el comité permanente de Adquisiciones del Ejército, integrado por unos siete generales más sus asesores y presidido por el Jefe del Estado Mayor del Ejército, quienes suelen estudiar la posibilidad de efectuar una licitación y analizar los requerimientos técnicos. Observó que, en el caso de las tenidas de camuflaje, hay solo tres o cinco proveedores registrados en condiciones de hacer ese trabajo. La adquisición es luego aprobada por el Comandante en Jefe del Ejército, tras lo cual se empieza a trabajar en las bases de licitación, que se compone de una sección administrativa en la que interviene el asesor jurídico incorporando requisitos para participar, boletas de garantía y otras normas que son un adelanto del posterior contrato tipo. En otra parte de las bases de licitación se identifica el producto a adquirir y sus especificaciones, ámbito en que el asesor jurídico poco o nada tiene que ver. Recordó que en la licitación aludida se entregaron las bases en enero de 2011, invitándose a más de 56 empresas. Se realizaron diversas consultas, varias prórrogas a solicitud de los mismos eventuales oferentes. Finalmente, ofertaron tres empresas. Observó que en la comisión evaluadora, el asesor jurídico tiene una función sumamente restringida: revisa la boleta de garantía y el registro de Proveedores del Ejército, tras lo cual concluye la evaluación administrativa. Adicionalmente, indicó que toda la documentación relativa a la propuesta se despacha por la asesoría jurídica, ya sean respuestas a preguntas técnicas, especificaciones técnicas, etcétera; de modo de poder fiscalizar o controlar los antecedentes acumulados. Después vino un proceso de evaluación económica, para determinar si la oferta está dentro del marco presupuestario. Puntualizó que en los últimos cinco o seis años el Ejército ha informado su marco presupuestario, porque así se reduce la ponderación del precio y se aumenta la ponderación de las características técnicas, la calidad o los plazos de entrega. En la licitación de tenidas camufladas los aspectos principales de evaluación eran características técnicas, divididas en parámetros y subparámetros, y cada uno indicado con claridad, y con su ponderación. En materia de precio, se dividía el menor por el mayor, y se calculaba ponderadamente. Para el plazo de despacho, la licitación exigía una entrega diferida, por lo que se pagaba a crédito. Junto con las ofertas se recibieron las muestras, que fueron evaluadas por el Instituto de Investigaciones y Control. Este resultado, más el precio y la garantía técnica, se presentaron al Comité Permanente de Adquisiciones, que discutió latamente y efectuó una proposición de adjudicación para ser sometida a conocimiento del comandante en jefe del Ejército, quien autorizó a adjudicar al comandante de Apoyo a las Fuerzas. Indicó que un total de 34 empresas inscritas en el rubro de vestuario retiraron las bases de esa licitación, la que fue adjudicada finalmente a la Comercializadora, Exportadora e Importadora C. y M. Los otros dos oferentes fueron eliminados por razones técnicas Explicó que el Ejército compró tenidas en 2011, para ser entregadas en 2012, pero se puso como condición hacer una entrega al mismo precio en 2013, en caso de haber recursos presupuestarios. Por lo tanto, es falso de que se haya conseguido más recursos para pagarle a esa empresa. Adicionalmente, por esa fecha el general Fuente-Alba era comandante en jefe del Ejército, por lo que no integraba los comités permanentes de adquisiciones. Alegó que todo se hizo con reglas escritas en las bases de licitación, y para definir si se adquiría en 2013 la última entrega ofertada, debía determinarse la existencia de saldos disponibles. Reveló que en muchas ocasiones se desconocía el precio en que se ofertarían los productos, por lo que se calculaba una media. Sin embargo, todas las bases administrativas estipulaban que si el comprador decidía aumentar la cantidad adquirida, que no podía exceder el 30%, el proveedor debía respetar el precio de la oferta y le sería notificado antes del cumplimiento íntegro del contrato. Agregó que, como miembro titular de la Corte Marcial del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, le ha correspondido conocer, en segunda instancia, la causa sobre el fraude al Ejército en el manejo de la Ley Reservada del Cobre. Sin embargo, ante las imputaciones sufridas, deberá inhabilitarse para conocer de esa causa. Señaló que trabajó en el área desde 1995, y en esas funciones recibió a todos y cada uno de los proveedores que le solicitaron audiencia e inscribirse en el Registro de Proveedores, pues practicó de manera permanente la política de puertas abiertas. Por ello, aseguró que conocía a todos los postulantes a la licitación cuestionada. Sin embargo, más allá de lo laboral no tuvo ningún vínculo con ellos, porque debe tenerse claridad de que hay amistades y hay relaciones por interés, y cruzar el límite con los proveedores es sumamente delicado. Aseguró que, como está diseñado el proceso, no debe haber contacto ni antecedentes ni reuniones al respecto, aunque no descartó que las hubiera nunca, en ningún lugar y en ningún momento. Recordó que el proveedor Cartoni reclamó varias veces en contra de decisiones que la asesoría jurídica colaboró a adoptar, o se le retiró de adjudicaciones ya hechas porque había un proceso de evaluación y se acogió un recurso en su contra. Resaltó que siempre existe acusación de que quien gana una licitación es amigo o pariente. Destacó que en esta materia, la transparencia es el mejor remedio, por lo que todos los encuentros se hacía a puertas abiertas y con dos o más personas. Ante la necesidad de disminuir las especificaciones técnicas cuando una licitación resulta desierta, señaló que deben considerarse dos elementos: la capacidad técnica del Ejército para definir un determinado requisito y, la industria que avanza en determinado sentido en términos de tecnología y precios. Agregó que también debe considerarse que el mercado de las armas a nivel mundial tiene una opacidad distinta a la que tiene el resto de las compras. Así, el precio de un misil o un tanque depende de la situación geopolítica del país, de su situación política coyuntural o de cuánto esté dispuesto a pagarse. Por ello, hacer un estudio de precios para proyectar una licitación es bastante difícil. Asimismo, la capacidad tecnológica del Ejército para seguir ciertos desarrollos, no va de la mano con la industria. Aseguró que el medio más inmaculado sería que en la etapa de consultas de los postulantes potenciales se utilizara un sistema y no preguntas y respuestas que signifiquen conversación entre las partes. Pero, muchas veces, a través de esas preguntas y respuestas se originan correcciones. Las consultas se deben presentar en la fecha que establecen las bases de licitación, en sobre cerrado y de manera anónima, para evitar inferencias sobre las capacidades de la oferta. Luego son revisadas por el equipo técnico, el que evalúa las preguntas y las somete a discusión de un macrocomité. Las respuestas elaboradas se incorporan en una resolución y se convoca a todos los participantes para que reciban un ejemplar. A veces, cuando hay errores en las bases de licitación, se publican modificaciones, pero existe la premisa de que una vez abiertas las ofertas, no se pueden modificar las bases administrativas. Respecto de los proveedores frecuentes, afirmó que no solo está Cartoni, sino varios otros. Reconoció que ello representa un problema para el Ejército, como también lo es establecer una prohibición para que miembros en retiro de las instituciones de la Defensa formen parte de empresas proveedoras. Recordó que entre 2004-2005 trabajó con el entonces subsecretario de la Fuerza Aérea un proyecto de reglamento que prohibía a los oficiales que hubieren trabajado en un determinado proyecto, hasta dos años después de alejado de la institución, que laboraran para una empresa determinada. Sin embargo, esa idea se frustró porque afectaba la legalidad vigente y en particular la libertad de trabajo. Refirió que en la legislación comparada, esa prohibición se aplica en Israel, por ejemplo por un plazo de tres años después de haber terminado su misión. Tampoco pueden trabajar en empresas de Defensa durante dos años después de terminar. Agregó que las compras militares son un mercado cautivo y complejo, que paga tarde y busca el menor precio, debilidades que se convierten en un muy buen negocio para algunas personas. Destacó que siempre se ha sido extremadamente riguroso en la definición de las matrices de evaluación, de las ponderaciones de las mismas y de que sean conocidas por los proveedores con anterioridad. Ejemplificó el caso de la licitación de equipos optrónicos, que se abandonó pues se reconoció que no existían las pruebas de evaluación. Apuntó a que, generalmente, los grandes criterios de una evaluación son el plazo de entrega; el cumplimiento de los requisitos técnicos, que se verifican técnicamente en terreno a través del Instituto de Investigaciones y Control del Ejército de Chile (IDIC) u otros organismos; la garantía técnica o el cumplimiento poscontractual, y el precio, que cada vez tiene una menor ponderación, porque se publica el marco presupuestario, para eliminar un factor de riesgo. A ello se agrega que la mayoría de las decisiones del Ejército son colegiadas, es decir, nadie toma la decisión solo, sino en distintos estamentos, niveles e instancias. Finalmente, aclaró que el fraude que se está investigando no involucra funciones de la jefatura de Adquisiciones ni era parte de su control. 41.- Cabo Primero Jacqueline Carrasco Riquelme. Sistema de operación en el DPAF. Relató que desempeñó labores en el CAF desde 2007 a 2015 y en el Departamento de Planificación y Administración Financiera del Ejército (Depaf) desde el 2008 en adelante, en el cargo de operadora contable de la Ley Reservada del Cobre. Su trabajo consistía en recibir los decretos que enviaba el Ministerio de Hacienda, con los fondos asignados a las diferentes actividades. Asimismo, durante el año recibía las facturas, las digitaba en el sistema financiero y las tramitaba en Tesorería para su pago. Detalló que las facturas que se debía pagar llegaban con un decreto asignado. En el caso de las relativas a Mantenimiento del Potencial Bélico, se dividían en 5 o 6 rubros, en cada uno de los cuales había funcionarios diferentes. Su sección centralizaba la información, detallando la identificación de cada asignación específica, los datos sobre las actividades ingresadas, lo que se había pagado, y las planillas conformes con lo ingresado en el Sifie. Esta tarea se ejecutaba una vez al mes y se confrontaba con lo que registraba el Sifie. Indicó que cuando comenzó a trabajar en el DPAF se usaban planillas Excel, porque todavía no había un sistema específico implementado en el departamento. Aunque institucionalmente existía el Sifie, no fue usado en su oficina hasta fines de 2011 o de 2012, cuando uno de sus jefes, coronel Maturana, logró que se cargara el sistema en todos los computadores y que se les capacitara para ingresar de manera directa al sistema, y luego se llevara a la Tesorería, por medio de una minuta, todos los documentos digitados. Esta minuta, con los documentos de respaldo, se entregaba al jefe del Departamento de Planificación y Administración Financiera (DPAF) para que visara la relación y se enviara a Tesorería. Recordó que el último documento fue firmado por el comandante del Comando de Apoyo a la Fuerza (CAF), quien tiene atribuciones para hacer el pago de los ítems que se financian con fondos de la Ley Reservada del Cobre, por decreto. Aseguró que su cargo no tenía ninguna atribución para reasignar los saldos. Detalló que en su función se confrontaban las nóminas de pago, el libro mayor, los documentos que arroja el Sigfe con lo que mantenía en su poder, y los saldos se eliminaban. Se verificaba que se hubieran cumplido todas las transacciones que estaban preobligadas, obligadas y comprometidas para ser pagadas y toda esa información se entregaba a la asesora del departamento, quien refundía la información de los decretos manejados por todo el personal y hacía una presentación para el jefe, quien la entregaba al comandante del CAF para hacer las reuniones financieras del Ejército con el fin de que se dispusiera en qué se ocuparían los saldos de los decretos. Si pasaban al Ministerio de Defensa, se autorizaba la elaboración de un nuevo decreto que los asignaba a otra actividad específica. Explicó que todos los meses se reportaba en una reunión financiera con la División de Mantenimiento, con el CAF, con la DIFE, el detalle sobre en qué se estaba trabajando. En esa presentación se detallaban los compromisos que se debían pagar y, por ello, el saldo que quedaría. Reveló que, a veces, el saldo del sistema financiero era un poco mayor que el que manejaba su cargo, pero ello se debía a que el primero no disponía de los compromisos, los preobligados, como las licitaciones que estaban en proceso o las órdenes de compra que estaban en proceso, para ser cargadas al decreto. Declaró desconocer cuáles son las facturas ideológica o materialmente falsas, y enfatizó que en ningún momento se podía incorporar una factura extra a algún documento que fuese a la Tesorería para pago, porque ésta entidad no acepta tampoco facturas que no se incluyan en la relación firmada. Admitió que probablemente digitó algunas facturas falsas, porque se recibían todas las facturas con la documentación correspondiente. Sin embargo, ahí nunca se falsificó nada y todo llegaba de acuerdo a la lista de chequeo que había sido inicialmente emitida por el Consudena. Actualmente se dispone de una lista nueva, con más aspectos que chequear, pero por entonces era un documento que remitió la Tesorería con lo que se debía revisar, que se llevaba a cabo de manera visual, porque la misión del DPAF no era la revisión y análisis de la documentación, pues esa es tarea de la Tesorería. Insistió en que su cargo revisaba que estuviera la documentación contable que el Consudena solicitaba para ser pagada y luego se ingresaba. Consideró que no podía ocurrir que una factura para pago fuera incorporada después del proceso, para ser entregada en Tesorería. Además, toda la información estaba en línea con la Tesorería, e incluso antes de disponer del Sigies se mantenía una constante comunicación con esa entidad, pues ante falta de un sistema para conciliar, se debía buscar los informes que arrojaba el sistema financiero para concondarlos con lo que disponía su cargo. Por su parte, la jefatura del departamento, con grado de coronel, visaba todo lo que llegaba y lo que se despachaba. 42.- Coronel Patricio Veas Stock, ex Jefe del Departamento de Planificación y Administración Financiera (DPAF) Sistema de control en el DPAF. Indicó que se desempeñó como jefe del Departamento de Planificación y Administración Financiera, desde septiembre del 2009 hasta febrero del 2010, es decir, durante cinco meses. En esa época ostentaba el grado de teniente coronel y asumió el puesto en reemplazo del jefe del departamento titular, quien por razones personales se acogió a retiro de la institución, ante lo cual el comandante de Apoyo a la Fuerza le designó para ocupar la jefatura de Adquisiciones. Respecto de las responsabilidades del jefe del departamento, relató que debía llevar el control de los recursos asignados al Comando de Apoyo a la Fuerza, al programa Apoyo, y también a los recursos asignados a través de la Ley Reservada del Cobre. El programa Apoyo era financiado por la ley de Presupuestos, el Fondo Rotativo de Abastecimiento y los recursos de la ley Reservada del Cobre, principalmente para la demanda estratégica y demanda operacional, como es el caso de proyectos, mantenimiento del potencial bélico, adquisición de vestuario, equipo, combustible. Puntualizó que el departamento estaba formado por dos secciones: la de administración financiera y la de planificación financiera. El ámbito de la planificación financiera, detalló que consistía en llevar a cabo la planificación de los recursos para el periodo presupuestario del año siguiente, sobre la base de las necesidades que levantaban las unidades integrantes del Comando de Apoyo a la Fuerza del programa Apoyo: la División de Mantenimiento, que entonces se llamaba Jefatura del Material y Sistemas de Armas (JEMASA); la División Logística; el Comando de Telecomunicaciones, y el Comando de Ingenieros. Y en el ámbito de la Ley del Cobre, principalmente los recursos asignados para el Mantenimiento del Potencial Bélico que levantaba la División de Mantenimiento JEMASA. Destacó que el Departamento de Planificación y Administración Financiera tenía responsabilidad, y como su jefe debía controlar la ejecución del gasto de los decretos supremos y la ejecución del gasto del Presupuesto. Es decir, recepcionar la documentación contable, asignarla o cargarla al decreto supremo respectivo y tramitarla a pago para que la Tesorería la rebajara del decreto pertinente, o si era una factura de presupuesto, del respectivo ítem presupuestario. Esa tarea se hacía en forma diaria y se emitían informes mensuales y trimestrales en los que se rendía cuenta de sus actuaciones y se cotejaba la información que arrojaba el Sifie en materia de cuentas corrientes con la información que manejaba el departamento. Esos informes se enviaban al comandante de Apoyo a la Fuerza a través del jefe de Estado Mayor y se realizaban reuniones con la División de Finanzas, donde se llevaba también el control de los saldos de los decretos supremos y se efectuaba la revisión y comparación para determinar, finalmente, el saldo disponible, en el caso de los decretos, o la ejecución presupuestaria, en el caso de la ley de Presupuestos. Admitió que la herramienta de trabajo tecnológica para el control de información que se utilizaba en el DPAF era una planilla Excel, la que se complementaba con la información que arrojaba el Sistema de Información Financiera del Ejército, por medio del cual se llevaba el control de los decretos, y con la información que llevaba la División de Finanzas en su sistema de control de los decretos supremos. Por lo tanto, afirmó, si bien el control se realizaba a través de una planilla electrónica, al final del mes o del periodo correspondiente se revisaba con la información que arrojaban los sistemas, de manera que había una comparación y una revisión, lo que permitía determinar el saldo del decreto. Dado que los recursos de la Ley del Cobre estaban en cuentas corrientes, se disponía también de un saldo bancario. Así, había un saldo contable, que era el disponible del decreto, y estaba el saldo disponible menos el saldo contable, el cual se generaba a partir de las facturas que estaban en trámites, ya sea devengadas o con orden de compra. Por lo tanto, había diferentes saldos que analizar y revisar. No recordó haber tenido algún descuadre respecto de la información que entregaba la Tesorería, el saldo del Sifie y el saldo de los operadores. Y de haber sucedido, le habrían informado para buscar la diferencia, la que podría haberse originado en un error de digitación u otra causa. Asimismo, las disposiciones estipuladas para el pago de facturas, además de todas las otras dispuestas por el Consudena, eran requisitos formales, en cuanto a la firma de los documentos, los memorando, las minutas y el trámite de la documentación. Por lo tanto, Tesorería no podía recibir y menos pagar una factura si no venía con las firmas correspondientes. Explicó que los decretos supremos se originan por una necesidad, ya sea por un proyecto de inversión para el sistema de armas o en el caso de los decretos para potencial bélico, por una necesidad de mantenimiento que tienen las unidades, y se trata de montos fijos, tanto para proyectos como para potencial bélico. Por eso, cuando se le autoriza un decreto a la institución, esta ya tiene un objetivo y hay un jefe de proyectos o un estamento responsable de ejecutar esos recursos. Lo que hacía el DPAF era recibir la documentación que identificaba con qué decreto cargar la factura, y el operador contable revisaba que efectivamente la factura cumpliera con la glosa del decreto, ya sea de proyecto o Mantenimiento de Potencial Bélico, que informara en su enunciado a qué decreto correspondía. Eso es una norma que dentro de las disposiciones de la lista de chequeo del Consudena, especificaba que debía tener la factura, con lápiz rojo, el número del decreto, la identificación y una serie de documentos comprobatorios que respaldaban la compra. Debido a eso, no se podía pagar una factura de potencial bélico con proyectos, porque la glosa del proyecto era distinta a la glosa del potencial bélico, y viceversa. Acotó que la única forma en que pudo haber ocurrido esta imputación cruzada es que dentro del decreto supremo de proyecto, de glosa amplia, hubiese una glosa que también permitía la reparación, la recuperación o la mantención del material que se estaba comprando. Ello pues usualmente el Ejército compraba elementos que no eran nuevos, sino reacondicionados, por lo que dentro de la compra del material del sistema de armas se incluía la logística de soporte, repuestos, mantención, recuperación y reactualización de sistemas. En consecuencia, adicionó, no era extraño que las facturas de proyecto no solo consideraran el material, sino también otros elementos como repuestos, mantención, recuperación y overhaul de los sistemas que se compraban, pero no correspondían a Mantenimiento de Potencial Bélico propiamente tal de los recursos asignados a ese rubro, sino que era mantenimiento para los sistemas a los que hacía mención el decreto supremo correspondiente. 43.- Ricardo Márquez López, ex Jefe del Departamento de Planificación y Administración Financiera (DPAF) Sistema de control en el DPAF. Indicó que le correspondió desempeñarse como jefe del DPAF desde marzo de 2010 a noviembre de 2011, a continuación del coronel Veas, por lo que el espíritu de su trabajo fue mantener lo existente y mejorar el sistema desarrollado, pues ese departamento, al igual que el Comando de Apoyo a la Fuerza, había surgido a raíz de una necesidad institucional en 2005-2006 y muchas de las actividades que se desarrollaban estaban en reciente ejecución. Puntualizó que en su período, se acordó, en conjunto con la Dirección de Finanzas, acotar los preobligados, los obligados y los devengados, como una forma de contar con información más certera y conocer qué se estaba estudiando comprar. Asimismo, cuando se efectuaban las compras, llegaba la documentación y se pasaba a una categorización distinta o a una instancia superior, se disponía de un saldo y de la información acerca de lo que estaba en trámite, por pagarse o pagado. El sistema usado era la planilla electrónica y se coordinaba con la Tesorería del Ejército, a través del Sifie, cotejando la información de la actualización de los saldos. Admitió que en ese momento, no se disponía de otra tecnología superior. Advirtió que hubo decretos bastante amplios, cuya glosa permitía pagar distintas actividades, aunque siempre en el marco de lo que estaba establecido en ese decreto. Sin embargo, en su período comenzaron a recibirse decretos más acotados, debido a que el Ministerio de Defensa Nacional estableció un procedimiento denominado Ficha del Fundamento de Gasto, en la que había que precisar los detalles. A partir de aquello los decretos llegaron con una glosa bastante acotada, por lo que era muy difícil insertar gastos que no correspondían a lo que estaba decretado. En relación con los pequeños saldos que quedaban en los decretos, aseguró que siempre se buscó la posibilidad de gastar completamente el decreto; no obstante, hubo algunos que concluían con saldos de 20 dólares, de 150 dólares, y con esos montos no era mucho lo que se podía hacer. Se trataba de bastantes decretos, antiguos todos, que tenían saldos más o menos con esos montos. Entonces, se hizo una reunión de coordinación con la Dirección de Finanzas para solicitar al Ministerio de Defensa una refundición de saldos, esto es, juntar todos los saldos de los distintos decretos para refundirlos en uno solo. Aunque finalmente esa medida se concretó, indicó desconocer en qué terminaron esas refundiciones de saldos, porque no regresaron con un nuevo nombre ni con una glosa que estuviera asociada a esos pequeños saldos. Manifestó su decepción ante el hecho de que sus subalternos cometieran los ilícitos que hoy se están investigando, pues los involucrados trabajaban en forma responsable y profesional, respondiendo oportunamente y con calidad a todos los requerimientos que se les solicitaba. Destacó que los niveles de supervisión obedecían a la información que mensualmente se debía emitir, coordinar y cotejar con la Dirección de Finanzas. Por lo tanto, los subalternos tenían decretos asignados, llevaban su documentación y preparaban las planillas que correspondían a las exposiciones que se presentaban al comandante del CAF y al director de Finanzas. 44.- Coronel Milko Maturana Mena, ex Jefe del Departamento de Planificación y Administración Financiera (DPAF) Sistema de control en el DPAF. Indicó que se desempeñó como jefe del Departamento de Planificación y Administración Financiera del CAF, desde el 11 de noviembre de 2011 hasta el 24 de diciembre del mismo año, es decir, poco más de un mes. En ese período le correspondió implementar el Sistema de Información Financiera del Ejército, el Sifie, una forma de obligar y devengar el DPAF, con el objeto de contar con mejor planificación y gestión contable, desde el punto de vista del sistema completo de pago, sobre todo para agilizarlo, dada la instrucción de pagar prontamente a los proveedores. Aclaró que la planilla excell se siguió utilizando, pero de forma complementaria, porque durante ese mes se implementó el Sifie, se capacitó al personal y hubo un período de traslape entre los dos sistemas, entre la planilla Excel y un sistema informático mucho más estructurado, que permite obligar y devengar los compromisos, para ejecutar una mejor gestión financiera y conseguir mayor eficiencia en el pago a los proveedores. Recalcó que la información más fidedigna para los controles era la que venía directamente de la Tesorería, que reportaba lo efectivamente pagado. Así, si los operadores revisaban el antecedente de la Tesorería y no les cuadraba con sus datos, rápidamente se comenzaban las conversaciones para dilucidar lo ocurrido, situación que, sin embargo, no aconteció durante su gestión. Resaltó que la Tesorería es bastante rigurosa en el trámite de la documentación, porque cuenta con un mecanismo de control respecto de cómo ingresa la documentación. De esa forma, cuando el DPAF remitía la minuta con los antecedentes de la factura que se acompañaba, Tesorería chequeaba cada una de las facturas, revisaba el número de la factura que señalaba el oficio, y si este decía que contenía diez facturas, eso es lo que se procedía a cancelar. IV.- CONSIDERACIONES Y CONCLUSIONES APROBADAS POR LA COMISIÓN. Las conclusiones presentadas por la totalidad de los miembros integrantes de la comisión, fueron aprobadas por asentimiento unánime. VOTARON A FAVOR LOS DIPUTADOS SEÑORES PEDRO BROWNE, GUSTAVO HASBÚN, LUIS LEMUS, NICOLÁS MONCKEBERG, JOSÉ PÉREZ, JAIME PILOWSKY (PRESIDENTE), RICARDO RINCÓN, MARCELO SCHILLING, GUILLERMO TEILLIER, JORGE ULLOA, OSVALDO URRUTIA Y GERMÁN VERDUGO. “CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES INTRODUCCIÓN La Constitución Política de la República en su artículo 52, Nº 1, letra c) establece la facultad de la Cámara de Diputados para constituir Comisiones Investigadoras respecto de los actos de Gobierno que merezcan ser fiscalizados por ésta rama legislativa de manera de establecer eventuales responsabilidades políticas de quienes participaron en aquellos. La Comisión Investigadora se constituyó, con fecha 15 de diciembre de 2015, y surgió a propósito de la información difundida en medios de comunicación y de la investigaciones judiciales que se llevaba al efecto, respecto de la utilización, por parte un grupo de funcionarios del Ejército, de facturas material e ideológicamente falsas para desviar recursos provenientes de la Ley Reservada del Cobre. En este contexto, a la Comisión se le mandató para investigar el “fraude fiscal ocurrido en el Ejército a través de la apropiación indebida de fondos derivados de la Ley Reservada del Cobre entre los años 2011 y el presente. También, establecer las fallas en el sistema de control del gasto en defensa acaecidos en este proceso, analizando el procedimiento a través del cual se seleccionan los proyectos que involucran gastos en sistemas de defensa. Finalmente que se transparente donde se encuentran los fondos de la Ley Reservada del Cobre, analizando su forma de administración y fiscalización del uso de los mismos” Para cumplir esa misión, la Comisión invitó y/o citó a los distintos actores relacionados con la administración, ejecución y control de los fondos, los cuales, en su gran mayoría, a pesar de que algunos de ellos no tenían la obligación legal de asistir, concurrieron a entregar su testimonio. En este aspecto, la Comisión resalta la colaboración del Ejército para que ello fuera posible. A pesar del carácter reservado de la ley, y que la información que se relaciona con aquella se cataloga de igual manera, la Comisión realizó un esfuerzo por hacer públicas las sesiones, incluyendo su difusión a través del Canal de la Cámara de Diputados, lo que significó una apertura a la ciudadanía de antecedentes que concitaron gran interés público. Durante la investigación, se enviaron oficios a distintos organismos públicos para allegar información que complementará los antecedentes y testimonios recabados en las sesiones celebradas. Al respecto conviene observar que casi la totalidad de las respuestas recibidas, en tanto relacionadas con la Ley Reservada del Cobre, llegaron bajo el carácter de secretas o reservadas lo que, en la práctica, significa, de algún modo, una dificultad a la hora de redactar las conclusiones que presentaremos. Cabe hacer presente que los hechos ilícitos fueron denunciados por el propio Ejército a la Justicia Militar, con fecha 9 de abril de 2014. De esta forma, junto con la labor desarrolla por nuestra Comisión, en la actualidad, la causa se investiga en la Justicia Militar por parte del Ministro en Visita don Omar Astudillo Contreras, y por el Ministerio Público, a través de la fiscal Sra. Ximena Chong Campuzano, esta última para sancionar a los “civiles” involucrados, particularmente a los proveedores que participaron de estos ilícitos. Lo anterior es sin perjuicio de los sumarios administrativos que se desarrollan por el Ejército. En relación al período en que se desarrollan los hechos ilícitos, cabe señalar que la Cámara de Diputados aprobó la comisión fijando una competencia para establecer responsabilidades desde 2011 en adelante. Sin embargo, de los antecedentes analizados, es posible desprender que los hechos ilícitos venían ejecutándose, al menos desde el año 2009. El Monto final de este fraude será determinado por los Tribunales de Justicia. Con todo, a partir de los antecedentes que tuvo a la vista esta comisión el perjuicio fiscal ascendería a la suma de 5.500 millones de pesos. En este contexto, el trabajo que a continuación se expone, resume las principales conclusiones y recomendaciones, respecto de los diversos organismos que se relacionan, de alguna forma, con la materia que se investiga. Cabe advertir que en el informe final contempla un relato explicativo del cual se desprenden estas conclusiones. CONCLUSIONES CONCLUSION GENERAL Sin perjuicio de lo expuesto, y de las responsabilidades asignadas a los distintos actores, en el marco de la competencia específica que dispuso la Cámara de Diputados, esta Comisión quiere hacer presente que, en el marco actual de financiamiento y sus especiales características de reserva, es necesaria un análisis más sistémico, de la materia investigada y no sólo del fraude que involucra a un grupo de funcionarios de ejército y a determinados proveedores que, a través de las facturas material e ideológicamente, desviaron casi 6 mil millones de pesos que estaban dispuesto para un materias que son consideradas estratégicas para la Defensa Nacional. En una sociedad moderna y democrática la regla general es que los recursos públicos sean utilizados de forma transparente y eficiente, con mecanismos de escrutinio de la ciudadanía y de los diversos organismos que tienen competencia en el área de la fiscalización. Sin embargo, en materia de la defensa nacional “existe un razonable y necesario ámbito de confidencialidad”. En este contexto, uno de los fundamentos recurrentes que suele invocarse como una causal de reserva es precisamente la “seguridad de la nación”, algunas veces de forma amplia y no en sentido estricto. En efecto, la reserva debiera utilizarse sólo en aquellos casos en que la publicidad el acto y resolución del órgano del estado pudiere afectar la seguridad de la nación y no sólo cuando se encuentre “relacionado” con aquella. Ahora bien, cuando dicha confidencialidad se extralimita, se extiende de manera innecesaria y poco razonable, se favorecen condiciones para una mayor ineficiencia, ineficacia y probabilidades de concurrencia de hechos ilícitos. Si a lo anterior, se le agrega la forma de estructurar la toma de decisiones, la asimetría de competencias de los actores en la materia, y la falta de un sistema de control y supervisión eficiente, sistemático y seguro, tal como se pudo como se pudo comprobar durante la investigación de esta Comisión, se desarrolla un ambiente que posibilita, con mayores probabilidades, la ejecución de actos contrarios a la probidad. Tal como lo ha señaló la CGR en su presentación: “la opacidad, aunada a las deficiencias de control interno, favorece la aparición de conductas corruptas”. Y agregó, que ello incide en mayor “tardanza en la detección de irregularidades”, favoreciendo “la magnitud” de aquellas. En un ambiente de suyo complejo por las razones expuesta, resulta relevante destacar las medidas y acciones que ha adoptado el Ejército y el Ministerio de Defensa, a consecuencia precisamente de este fraude, para mejorar los procesos de adquisición y mantención del potencial bélico, potenciar las unidades de control, establecimiento de un nuevo sistemas de información financiera, entre otras, lo que debiera permitir reducir las probabilidades de fraudes como el que se ha investigado, así como de otras posibles irregularidades que se han podido o puedan desarrollar en los procesos de compra. 1. EN RELACIÓN A LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Para los miembros de la Comisión, a la Contraloría General de la República, en el ejercicio de sus facultades fiscalizadoras y en el desempeño de su labor, le asiste las siguientes responsabilidades: 1.1. Falta de diligencia y cuidado por parte del órgano Contralor al tomar razón, el 13 de mayo de 2005, como original un texto del DS Nº 124, del Ministerio de Defensa, que no era tal y que a, partir de este manifiesto error, reconocido por el actual Contralor, se haya emitido un dictamen, de 15 de octubre de 2009, que sin lugar a dudas, limitó la “potestad plena” de la CGR, y que contribuyó a no tener una política permanente y eficaz de fiscalización de los fondos de la Ley Reservada del Cobre entregados a las diversas instituciones de las FFAA. Lo anterior, se revirtió por el dictamen de diciembre de 2015, emitido por la Contralora (S) Patricia Arriagada, cuyo contenido se ha implementado a través de nuevas instrucciones emitidas por el actual Contralor (resolución Nº 39, 2016). 1.2. Falta de diligencia en ejercicio de la “labor fiscalizadora” a la cual se encuentra obligada en virtud del artículo 6 de la ley Nº13.196, al no haber desarrollado un plan de control y fiscalización prioritario, tomando en consideración la importancia estratégica del área, los cuantiosos recursos que se administran para la compra y mantención del potencial bélico y las especiales características de riesgo, emanadas de la naturaleza reservada que contempla para estas adquisiciones la normativa legal vigente. 1.3 Falta de celo en el ejercicio de su “labor fiscalizadora” al no dar debido cumplimiento a los artículos 3 Nº 8 y 78, ambos del DS Nº 124, del Ministerio de Defensa, al no ejercer acciones para observar que las rendiciones de cuenta entregadas por el Ejército al Ministerio de Defensa se encuentran en esta Cartera “pendientes de aprobación”, según oficio SS.FF.AA. Nº10.055/670, desde el IV trimestre de 2011. 2. EN RELACIÓN AL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Y LA SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS De los antecedentes expuestos, se pudo constatar la dificultad que tuvo el Ministerio para la implementación de la legislación, publicada en febrero de 2010, que estableció una nueva institucionalidad en la citada Cartera. Con todo, en opinión de esta Comisión a la Subsecretaría de las Fuerzas Armadas, le caben las siguientes responsabilidades, en el ejercicio de su labor contemplada en la Ley Nº 20.424, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional. 2.1. Fallas y retardos en la implementación de los mecanismos de control que debía aplicar la recién creada Subsecretaría para las Fuerzas Armadas (año 2010), los que provenían de la institucionalidad anterior (CONSUDENA), todo ello de conformidad al artículo 8° del DS N°124, de 2004, que señala que le corresponde “fiscalizar, controlar y aprobar las rendiciones de cuentas de las inversiones ya decretadas”. En efecto, existe responsabilidad de los Subsecretarios para las FFAA por el retraso en la aprobación de las rendiciones de cuentas de las inversiones, remitidas trimestralmente por el Ejército “previa revisión de los organismos controladores institucionales respectivos”. Todo ello, según las obligaciones establecidas en el artículo 21 letra m) de la ley Nº 20.424; en el artículo 77 del DS Nº124, de 2004, que aprobó el Reglamento Complementario de la ley 7.144, vigente de conformidad a los artículos transitorios de la ley 20.424; y las normas contenidas en la Resolución Exenta Nº3.021 de mayo de 2011, del Ministerio de Defensa Nacional, que le delega atribuciones y facultades al Subsecretario para las FFAA. En este orden, resulta reprochable que desde el IV Trimestre del año 2011 y hasta la fecha, se encuentren “pendiente de aprobación” las rendiciones del Ejército vinculadas a la Ley reservada del Cobre, por montos que ascienden a los U$ 929.529.979 (1.486 facturas) y a $79.907.095.440, en moneda nacional (18.346 facturas), lo que corresponden en total a 19.832 facturas que se encuentran actualmente en revisión y análisis. La información anterior, consta en oficio remitido a esta Comisión con fecha 29 de julio de 2016, por el Ministro de Defensa Nacional (Nº 6855/ 1117/2016). 2.2. Adicionalmente, se observa que los Ministros, en el período de competencia de esta comisión, no adoptaron políticas ni programas específicos tendientes a ejercer un control efectivo sobre el adecuado uso de los recursos asignados a las Fuerzas Armadas. En este sentido, no se estableció un sistema ni se dotó del personal suficiente a la unidad de auditoria ministerial que pudiera realizar un seguimiento adecuado y selectivo respecto de los cuantiosos recursos provenientes de la Ley Reservada del Cobre. Lo anterior, queda confirmado cuando distintos ex ministros y ex subsecretarios señalan frases tales como “había una administración muy amateur de recursos muy significativos”, “el ministro firma, con el de Hacienda, el decreto que establece el gasto y se olvidaba de eso” y el “sistema de control… es una simple cuadratura contable”. Con todo, lo relacionado con la falta de políticas, programas y sistemas de control efectivos, que se señala en el párrafo anterior, era una situación que, a lo menos se mantenía, desde el año 2009, fecha en que se acreditó el inicio del fraude objeto de esta comisión. 3. EN RELACIÓN A LA COMANDANCIA EN JEFE DEL EJÉRCITO Y SU COMANDANTE EN JEFE DE LA ÉPOCA. A juicio de esta Comisión, según los antecedentes tenidos a la vista durante la investigación, así como de las exposiciones de los distintos invitados a sus sesiones, el Comandante en Jefe del Ejército, Juan Miguel Fuente- Alba, quien ejerció durante período de competencia de la Comisión (entre 2011 y 2014), en cuanto Jefe Superior de la Institución según lo dispone el artículo 46 de la LOC de las Fuerzas Armadas, tuvo responsabilidad en el siguiente sentido: 3.1.- El Comandante en Jefe del Ejército, es responsable por el correcto funcionamiento de su institución. Como superior jerárquico y máxima autoridad, no puede disculparse con la omisión o descuido de sus inferiores en los asuntos que pueda o deba vigilar. En particular, en el caso que nos ocupa, no ejerció adecuadamente su rol de supervisión respecto de sus subalternos directos como son los oficiales que se encontraban a cargo del Comando de Apoyo a la Fuerza y Contraloría del Ejército, reparticiones destinadas, por un lado a administrar, y, por otro, a controlar los recursos destinados a la Institución, entre ellos aquellos provenientes de la Ley Reservada del Cobre. En efecto, tal como los dispone el Decreto Supremo Nº127 de 2005 que crea el CAF, éste depende orgánicamente de la Comandancia en Jefe del Ejército. Asimismo, el Decreto Nº 216, de 2004, establece que la Contraloría también depende de la máxima autoridad institucional. 3.2.- Falta de diligencia en cuanto no atender las recomendaciones de la Contraloría General de la República en sus auditorías e investigaciones especiales realizadas en que ha resultado evidente la existencia, entre otras, una laxitud en los controles institucionales, la falta de control sobre recepción de especies adquiridas; rendiciones con documentación faltante, infracciones a bases administrativas y la ejecución de pagos sin respaldo a los proveedores; entre otras materias. 3.3.- La Comisión quiere dejar constancia que el ex CJE General de Ejército Juan Miguel Fuentealba Poblete, si bien no tenía obligación legal de comparecer a la Comisión Investigadora, fue el único ex militar de alta graduación que, invitado en dos oportunidades, no concurrió. Se excusó, aludiendo a que las materias estaban siendo materia de investigación judicial, por lo que “no resulta recomendable asistir a dicha comisión”. Resulta lamentable, que quien ejerció el mando de una institucional fundamental de la República, no acuda a una invitación cursada por esta Comisión de la Cámara de Diputados, considerando precisamente que, durante su gestión de mando, se produjeron la mayoría de los ilícitos e irregularidades investigadas, por lo que era relevante obtener su testimonio y antecedentes que tuviera al efecto. 3.4 Finalmente, cabe destacar que, a juicio de esta comisión, y conforme se ha dado cuenta por parte del actual Comandante en Jefe del Ejército, Humberto Oviedo Arriagada la Institución se encuentra adoptando una serie de medidas tendientes a establecer sistemas de control que permitan reducir las probabilidades que los hechos materia de examen vuelvan a repetirse. Lo anterior ha sido ratificado además por el Ministro de Defensa Nacional, José Antonio Gómez Urrutia. Así, de modo ejemplar se puede mencionar que en el área de gestión se tiene planificado implementar un Departamento Especial de Auditoría en la COTRAE para los proyectos financiados con la Ley Reservada del Cobre; en el ámbito de la fiscalización y en coordinación con la UAF se levantará un sistema de prevención de delitos funcionarios y lavado de activos; en el área financiera y a partir de abril de este año se encuentra en funcionamiento un sistema de información financiera del Ejército 2.0 conforme a las normas internacionales dispuestas por la Contraloría General de la República; en el ámbito de los proveedores, se propuso al Ministerio de Defensa Nacional diversas modificaciones al actual Reglamento de Registro Especial de Proveedores del sector Defensa, actualmente en tramitación. 4. EN RELACIÓN A LA CONTRALORÍA GENERAL DEL EJÉRCITO A partir de los antecedentes expuestos, es posible determinar que: 4.1. La Contraloría General del Ejército (COTRAE) no cumplió su misión institucional en orden a desarrollar actividades de control y fiscalización garantizando que todos los procesos y procedimientos que desarrollen las unidades bajo inspección se encuentren ajustados a la normativa legal vigente; verificar el cumplimiento de las normas sobre probidad y transparencia administrativa; desarrollar un sistema de control y fiscalización para todos los niveles, para la fiscalización de los procesos y procedimientos referidos a la gestión institucional y administración de los recursos, organizando una estructura sistemática que permita la evaluación de riesgos, actividades inherentes, información, comunicación y seguimiento de las actividades en ejecución que desarrollas las Unidades y Reparticiones institucionales. 4.2.- De acuerdo a lo señalado, se le asigna una responsabilidad directa a los Generales Sres. Andrés Polloni Contardo (DIC. 2010 a DIC. 2011), Jorge Guzmán Fredes (DIC.2011 a DIC.2012), Iván González López (DIC. 2012 a DIC.2013), que dirigieron este organismo en el período durante el cual se extendieron los ilícitos investigados ya que éstos, como comandantes de la repartición, no cumplieron con la debida diligencia en su labor fundamental antes reproducida. Dado que el General Luis Chamorro Heilig, se desempeñó en dicha repartición entre Diciembre de 2013 y Diciembre de 2014, y teniendo presente que asumió el cargo sólo cuatro meses antes de la denuncia de los hechos, no es posible realizar un reproche a su actuación. Con todo, como se ha podido visualizar, los ilícitos investigados se habrían producido al menos a partir de 2009, periodo en el que se desempeñó a cargo de la Contraloría el General Sr. Jozo Santic Palomino (DIC. 2008 a DIC. 2010), por lo que se recomienda investigar dicho período. Dicha conclusión se refuerza al analizar el informe solicitado por el propio Ejército a la empresa Surlatina Consultores, que en sus conclusiones y recomendaciones señala que había una “Inexistencia de un proceso de gestión del riesgo que permitiera mitigar previamente la ocurrencia de eventos indeseados que afecte el cumplimiento de los objetivos del proceso, como la probidad y la transparencia, de manera de cuantificar el riesgo y generar, de manera preventiva, las acciones de mitigación de dichos riesgos. Inexistencia de matriz de riesgo, inexistencia de acciones de mitigación”, todas acciones que debió desarrollar la citada repartición. 5. EN RELACIÓN A LA TESORERÍA DEL EJÉRCITO A partir de los antecedentes expuestos, es posible determinar que: 5.1 A juicio de esta Comisión, merece un particular reproche el hecho que la Tesorería del Ejercito haya dejado de cumplir su misión institucional, toda vez que no efectuó “la revisión de los documentos que permiten el pago de los compromisos asumidos por la Institución, los que son tramitados por los responsables de administrar los recursos financieros provenientes de las leyes asociadas a la cobertura monetaria en moneda nacional y moneda extranjera, lo anterior con eficiencia, al servicio de las Unidades y contribuyendo al desarrollo de la Institución” como lo dispone su misión institucional. 5.2 De acuerdo a lo señalado, se les asigna una responsabilidad directa a los oficiales superiores que dirigieron este organismo en el período durante el cual se extendieron los ilícitos investigados a los oficiales Sres. Fernando Grossi Garcia (DIC. 2010 a DIC. 2012), Carlos Frez Ramírez (DIC. 2012 a DIC. 2013). Los citados oficiales, como comandantes de la Unidad, no cumplieron con la debida diligencia en su labor fundamental antes reproducida, al pagar facturas materialmente falsas, y otras cuya documentación de respaldo contenía firmas falsificadas, incluso de personal no autorizado para suscribir tales documentos, sin haber desarrollado mecanismos para reducir las posibilidades de que ello ocurriera. Con todo, cabe hacer presente que, cómo hemos señalado, los ilícitos investigados se habrían producido al menos desde 2009, periodo en el cual se habrían desempeñado a cargo de esta repartición el oficial Sr. Jorge Rojas Meisser, por lo que se recomienda investigar dicho periodo. Dado que el Coronel Samuel Poblete, se desempeñó en dicha repartición entre Diciembre de 2013 y Diciembre de 2015, y teniendo presente que asumió el cargo sólo cuatro meses antes de la denuncia de los hechos, no es posible realizar un reproche a su actuación. Adicionalmente cabe señalar que en abril de 2014 fue a él a quien le correspondió constatar estos hechos y denunciar estas irregularidades. Finalmente, tal como se expuso en el cuerpo de este informe, en que ninguno de los oficiales mencionados en el párrafo primero y segundo implementaron, una medida tan simple como la verificación electrónica y en línea con el Servicio de Impuestos Internos de la autenticidad de las facturas, lo que significó el pago éstos documentos materialmente falsos a proveedores que participaron de estos ilícitos. El sistema al que hacemos alusión se encuentra implementado por el SII desde el año 2004, según consta en oficio remitido por dicha institución a esta Comisión. Quienes estuvieron a cargo de esta repartición, carecieron de la iniciativa que el puesto que ocupaba les exigía para implementar medidas, como por ejemplo un sistema de control y autorización de firmas. 6. EN RELACIÓN AL COMANDO DE APOYO A LA FUERZA Y SUS DEPENDENCIAS. A partir de los antecedentes expuestos, es posible determinar que: 6.1 Este organismo incumplió su misión de proponer, coordinar, ejecutar y controlar los fondos asignados provenientes de la Ley 13.196 Reservada del Cobre, tarea que se le encomendaba en virtud de la orden comando que regula su creación. 6.2.- A este respecto, existe una directa responsabilidad de los oficiales Generales que lo dirigieron, Sres. Antonio Cordero Kehr (ENE. 2010 a NOV. 2011), Jorge Salas Kurte (NOV. 2011 a ENE. 2013), Miguel Muñoz Farías (ENE. 2013 a ENE. 2014), ya que como jefes superiores de aquél, actuaron de manera negligente en el cumplimiento de sus obligaciones al hacer estrictamente lo indispensable, manteniendo los procedimientos sin una modernización, acorde a los riesgos y recursos involucrados en la administración y ejecución de los proyectos que derivan de la Ley Reservada del Cobre. En este sentido, se reprocha no haber establecido un sistema integrado y seguro de controles para la administración de los fondos otorgados por la citada ley. Con todo, la Comisión ha podido visualizar que los hechos investigados provienen al menos desde el año 2009, periodo en el cual ejerció el mando del CAF el General Cristian LeDantec Gallardo (DIC. 2008 a DIC. 2009), por lo que se recomienda investigar dicho periodo. Lo anterior se ratifica de manera ejemplar, con las declaraciones de personal institucional que concurrió a esta Comisión, entre ellos algunos oficiales del DEPAF, dependiente del CAF, quienes confirmaron que parte del control de los recursos establecidos en los decretos de inversión y del mantenimiento del Potencial Bélico, se realizaba, en los hechos, mediante planillas Excel, sin las condiciones mínimas de seguridad. 6.3.- Constituye una falta de cuidado en el ejercicio de su cargo la omisión del General de Brigada Carlos Villalobos Vera, quien estuvo al mando de la División de Mantenimiento del CAF desde el año 2009 hasta el año 2012. El citado oficial, de manera inexplicable, ignoró un informe elaborado, en septiembre de 2011, por el Coronel Miguel Cantallopts, Jefe del Departamento II “Inteligencia” quien dio cuenta de irregularidades (falsificación en una cotización realizada por dos funcionarios que finalmente terminaron procesados y en prisión) detectadas en el citado organismo y que, de haberse denunciado en dicha oportunidad a las autoridades competentes, investigado y debidamente sancionado por éstas, habrían disminuido las probabilidades de que se continuase con la ejecución de hechos ilícitos al interior del CAF por los funcionarios que participaron de aquellos. 6.4.- En abril de 2014, cuando el Ejército denuncia ante la Justicia los ilícitos cometidos por un grupo de funcionarios, se encontraba dirigiendo el CAF el General de División Iván González López, quien cumplió esa misión desde el mes de enero de ese año hasta el mes de diciembre de 2015. Cabe señalar que este oficial no empleó la diligencia exigible, atendido su rango y cargo, al no custodiar y/o respaldar la información contenida en el servidor y en los computadores del personal involucrado, lo que permitió que, en un principio, no se pudiera obtener la información contable vinculada a las irregularidades. Consultado acerca de los motivos de dicha omisión señaló en el seno de esta Comisión: “Personalmente, no tomé esa precaución; a lo mejor, en ese momento no se me ocurrió resguardar esa información.” 7. EN RELACIÓN CON EL CONSEJO SUPERIOR DE LA DEFENSA NACIONAL Cabe hacer presente, que este Consejo fue suprimido en el año 2010 por la ley 20.424, quedando, a partir del años 2011, sus funciones radicadas, por expresa disposición de ese cuerpo legal en el Ministerio de Defensa Nacional, y particularmente en la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, a través de una Resolución delegatoria de las facultades por parte del Ministro del ramo. Ahora, bien tal como lo expusimos en la parte introductoria, la competencia de esta Comisión estableció como como período de investigación desde el año 2011 en adelante, fecha en que el CONSUDENA, ya había dejado de existir. Con todo, dado que los hechos irregulares tienen como data, al menos desde el año 2009, esta Comisión quiere hacer presente su opinión sobre el funcionamiento del citado Consejo. 7.1.- Tal como se expuso en el cuerpo de este documento, y según lo disponen las normas de la Ley Nº 7.144 el CONSUDENA tienen dentro de sus funciones el de estudiar y establecer las necesidades de la defensa nacional para proponerlas adquisiciones e inversiones necesarias para satisfacerlas, teniendo que fiscalizar el cumplimiento de los planes de adquisiciones e inversiones que se aprueben. Ahora bien, tal como se observa de la documentación y los testimonios de los asistentes a la Comisión el Consejo nos dispuso de mecanismos para realizar un adecuado control de los recursos de la LRC que eran entregados a las FFAA, y en particular al Ejército. 7.2.- En cuanto a la administración de los fondos que realizaba el Consejo, particularmente respecto de los excedentes de la LRC, la Comisión estima conveniente reprochar, al igual como lo hace la Contraloría General de la República en su Investigación Especial al Consejo Nº 33, de septiembre de 2011, los procedimientos de colocación de dichos excedentes en la banca nacional. De esta manera, resulta preocupante que no se hayan elaborado circulares informativas con las nóminas de los bancos e instituciones financieras elegibles para poder realizar inversiones con los fondos de la Ley Nº 13.196 a pesar de existir disposición expresa de la Política General de Inversiones de Excedentes Estacionales de Caja Provenientes de la Ley. 13.196; asimismo es especialmente objeto de reproche la constatación de que entre los años 2006 y 2010, las colocaciones se efectuaron sólo con un grupo de entidades del mercado nacional, sin incluir a otras que sí reunían los requisitos para ser consideradas elegibles. Lo anterior, fue solucionado por las nuevas políticas y acciones que se implementan a partir del año 2011, lo que significó que el Banco Central de Chile, por normas de los Ministerios de Hacienda y de Defensa Nacional, administrara los recursos fiscales excedentes que provienen de la ley 13.196. 8. EN RELACIÓN AL BANCO CENTRAL 8.1. Como parte del mandato de la Comisión Investigadora se analizó el rol del Banco Central de Chile, en cuanto a la administración de los fondos provenientes de la Ley Reservada del Cobre, en los dos aspectos en los cuales tiene participación dicha entidad. En este sentido, cabe hacer presente que, en primer término, el Instituto Emisor cumple con transferir los fondos que son obtenidos a partir del 10% de las ventas al exterior de CODELCO a la Tesorería General de la República. Es esta última, quien transfiere, de conformidad a las autorizaciones decretadas por el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Hacienda, a las distintas las ramas de las Fuerzas Armadas, los recursos para la adquisición y/o mantención del potencial bélico. Por otro lado, y en segundo término, el Banco Central de Chile también tiene un rol en cuanto Agente Fiscal (a partir de 2011) como administrador de recursos del fisco mandatado por el Ministerio de Hacienda del Fondo de Contingencia Estratégico, siguiendo las directrices dictadas por dicho Ministerio. Lo anterior, se realiza en “términos muy similares a los de las otras dos agencias fiscales que desempeña el Banco Central de Chile en materia de gestión de fondos fiscales”. 8.2. De acuerdo a los antecedentes recabados por la Comisión, las presentaciones realizadas y el análisis de la normativa legal y reglamentaria aplicable a este organismo, se ha determinado que no existe responsabilidad del Banco Central de Chile en las irregularidades que se investigan. 9. EN RELACIÓN A LA TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA De acuerdo a los antecedentes recabados por la Comisión, las presentaciones realizadas y el análisis de la normativa legal y reglamentaria aplicable a este organismo, se ha determinado que no se observan responsabilidad de la Tesorería General de la República en relación a las irregularidades que se investigan. 10. EN RELACIÓN AL CASINO, LA SUPERINTENDENCIA DE CASINOS DE JUEGOS Y LA UNIDAD DE ANALISIS FINANCIERO. A raíz de los antecedentes que se tuvieron a la vista, respecto que parte de los recursos provenientes del fraude se destinaron a apuestas en un casino de juegos, sin que se advirtiera de dicha situación, la Comisión estimó pertinente analizar las responsabilidades de diversos actores relacionados: 11.1 El Casino Monticello, Administrador por la Sociedad San Francisco Investment S.A, es responsable de la falta de cuidado en el cumplimiento de las obligaciones legales que establece la normativa vigente, al enviar tardíamente un Reporte de Operaciones Sospechosas del Sr. Juan Carlos Cruz Valverde, el año 2015, cuando éste ya se encontraba procesado y en prisión por orden dictada por el Ministro en Visita Sr. Omar Astudillo. 11.2 La Unidad de Análisis Financiero (UAF), recibió, en forma extemporánea, el Reporte de Operaciones Sospechosa del sujeto obligado por ley, por lo que no es posible asignar una falta a su accionar de acuerdo a la legislación. La recepción de los ROE, que si habría recibido entre los años 2011 y 2014, es un información que no permite, por si sola, iniciar una acción de inteligencia financiera. 11.3 La Superintendencia de Casinos, realizó, en cumplimiento de la normativa, su trabajo focalizando la acción de fiscalización en las Sociedades Operadoras y el juego desde una perspectiva agregada y “no en el detalle de las transacciones que cada jugador realiza o los comportamientos financieros de los jugadores”. No hay acción u omisión que reprochar en su comportamiento. 11. EN RELACIÓN A CODELCO No existe ninguna responsabilidad de CODELCO en las irregularidades que se investigan. RECOMENDACIONES Cabe destacar que las recomendaciones que aquí se exponen, son consecuencia del análisis de las diversas circunstancias, debilidades normativas y administrativas, que se visualizaron por los integrantes de la Comisión Investigadora. Fue un objetivo de aquella que, mientras se desarrollaba, se presentaron diversos proyectos de ley que pretendía dar respuesta o solución a déficit que existen en el ámbito normativo. La idea era que no sólo quedaran en nuestro informe, sino que a la emisión y aprobación de éste, las iniciativas se encontraran en tramitación en el Congreso Nacional. Ahora bien hay otras, que siendo de naturaleza legal, por norma constitucional sólo es posible que sea presentada por el ejecutivo. En el cuerpo del informe habrá elementos que expliquen las propuestas que se realizan a los distintos órganos relacionados con los hechos investigados y la administración de los recursos provenientes de la Ley Reservada del Cobre. Cabe hacer presente que muchas de ellas, coinciden con propuestas que han sido presentadas por el propio Ejército y por el Ministerio de Defensa Nacional, y que se encuentran implementadas o en proceso de desarrollo. Con todo, la Comisión ha decidido contemplarlas en esta parte del informe para que un eventual seguimiento a ellas pueda realizarse de manera sistemática. 1. Derogación de la Ley Reservada del Cobre y establecer un nuevo Sistema de Financiamiento de las FFAA. El actual sistema de financiamiento de las Fuerzas Armadas cumplió un ciclo. Es necesario establecer un nuevo esquema de financiamiento de ellas que permita la planificación a largo plazo de la Defensa Nacional, una mayor participación del Congreso Nacional en las autorizaciones y controles de los recursos, y mecanismos potentes de control a través de la Contraloría General de la República. Por ello, recomendamos acelerar la tramitación de un proyecto que recoja esos elementos. Una alternativa es poner en discusión el proyecto que “Establece un nuevo mecanismo de financiamiento de las capacidades estratégicas de la Defensa Nacional” (Boletín 7678-02). Cabe señalar que dicho proyecto fue aprobado en la Cámara de Diputados el año 2012, y el Gobierno actual, ha comprometido, para el segundo semestre del presente año, introducir una serie de modificaciones, mediante la correspondiente indicación, que deberán ser analizadas por la Cámara Alta, y después, en un tercer trámite por la Cámara de Diputados. 2. Modificaciones al modelo de transferencia del 10% de CODELCO y utilización del Fondo de Contingencia Estratégica. Mientras se analizan los cambios a la legislación vigente, sobre el sistema de financiamiento de las FFAA, los diputados integrantes de esta Comisión consideramos necesario que las autoridades del Ministerio de Hacienda estudien las propuestas realizadas por CODELCO, efectuando las modificaciones legales o reglamentarias que correspondan. 21.1- Que los ingresos de las ventas del Cobre y sus subproductos entren a la Caja de Codelco y se liquiden a fin de año. Ello a fin de evitar gastos financieros asociados a los requerimientos de liquidez durante el año. Realizando un ejercicio de tendencia, tomando como referencia el año 2015, este costo financiero podría ascender a US$ 35 millones. 21.2- Modificación normativa, de manera transitoria, para “autorizar inversión de Fondo de Contingencia Estratégico en negocios y proyectos de CODELCO”, lo que podría producir un ahorro de US$85 millones al año (suponiendo inversión de US$ 5.000 millones), al eliminar el spread entre el Fondo y el bono de CODELCO. 3.- Informes de la CGR a las Comisiones de Defensa del Congreso Nacional. La CGR ha informado en oficio Nº 36.663 dirigido a la Comisión que, con el objeto de transparentar la labor de auditoría desarrollada en materias de carácter reservado, se han publicado en la página web “el listado de informes evacuados sobre el particular - y cuyo contenido no es posible difundir, en razón de la precitada reserva- indicando su número, año de emisión, entidad fiscalizada, unidad de origen y materia”. Ahora, bien recomendamos que, además, todos los informes finales y los de seguimiento de la CGR sean remitidos a la Comisión de Defensa de la Cámara de Diputados para su conocimiento y fines respectivos. 4. Urgencia a proyecto de ley homologación de la responsabilidad administrativa (Boletín 10.623-02). Modificar la normativa vigente en lo que se refiere a los plazos de prescripción de la responsabilidad administrativa de los funcionarios de las FFAA y de Carabineros, homologando con la existente para el resto de los funcionarios de la Administración Pública. Lo anterior, implica aumentar el plazo de prescripción de 2 años a 4 años para los funcionarios de las FFAA y de 6 meses a 4 años para los funcionarios de Carabineros. En este sentido, diputados miembros de esta Comisión presentaron el 14 de abril de 2016, el proyecto boletín 10.623-02, ya aprobado en la Cámara de Diputados, por lo que recomendamos al Gobierno poner urgencia a su discusión en el Senado. 5. Potenciar Capacidad Técnica de la Contraloría General de la República. La fiscalización de los fondos que invierten las FFAA requiere de una gran especialización. En la actualidad, existe una asimetría de competencias técnicas de las instituciones armadas y el ámbito civil, lo que dificulta la efectividad de cualquier acción de fiscalización. En este contexto, recogemos la propuesta de Chile Transparente que señala la necesidad de dotar a la CGR de “real capacidad técnica para poder efectuar especializadamente su labor de control en este ámbito”, dado que en la actualidad “el organismo no cuenta con las capacidades reales para poder detectar irregularidades, al no contar con personal debidamente especializado en materias de defensa”. 6.- Potenciar la capacidad del Congreso Nacional para una efectiva fiscalización. Sin perjuicio, de lo señalado sobre la necesidad de una mayor participación del Congreso Nacional en el ámbito presupuestario asociado a la adquisición de los sistemas de defensa, en la actualidad se encuentran vigente normas que permiten un grado de fiscalización al Congreso, y que por la asimetría de capacidades es imposible hacer efectiva de manera adecuada. En efecto, la ley 20.424 establece que el Ministerio de Defensa debe informar al Congreso Nacional “sobre los proyectos de adquisición e inversión en sistemas de armas aprobados. Asimismo, anualmente se informará sobre las adquisiciones efectuadas y los proveedores respectivos”. Dicha obligación se cumple con informes a las Comisiones de Defensa de ambas ramas, pero de manera formal, sin mayor profundidad, con una alta asimetría en las capacidades y competencias, lo que hace indispensable, para cumplir el sentido de la norma, fortalecer las capacidades profesionales de las respectivas Comisiones de Defensa. 7. Ministerio de Defensa Nacional debe fortalecer los procesos de evaluación de proyectos, de adquisiciones, con los debidos sistemas de control para su adecuada ejecución. En primer lugar, y en una lógica sistémica, resulta fundamental, mejorar los procedimientos de evaluación y licitación de los proyectos de inversión, de acuerdo a las necesidades conjuntas de la Defensa Nacional. Ahora bien, los antecedentes recabados en la Comisión, permiten señalar que los altos montos de los inversiones y los procedimientos de compra, tienen un porcentaje considerable de trato directo, hacen que la asignación y ejecución de los proyectos sea “una de las áreas críticas del Ejército Sector Defensa”. En este contexto, se recomienda potenciar el trabajo ministerial en orden a establecer una política clara y prioritaria de supervisión y control de los fondos entregados a las instituciones armadas que contemple: la revisión periódica los citados procesos por parte de las instituciones Armadas y la realización de auditorías selectivas a los proyectos asignados a los distintos órganos administradores. Para ello se requiere potenciar, mediante los recursos materiales y humanos, a la Unidad, creada el año 2015, de Administración Financiera de Capacidades Estratégicas de Defensa y a la Auditoría Ministerial, a fin de que puedan cumplir de forma correcta las funciones que la normativa dispone para el Ministerio de Defensa, en el ámbito de la supervisión de los recursos fiscales. Se sugiere, que la auditoría Ministerial, mantenga un sistema de seguimiento de observaciones e irregularidades que hayan sido detectadas por la Contraloría General de la República, a fin de instruir desde el Ministerio planes de acción para dar solución a dichas observaciones. 8.- Mayor especificación de los Decretos de Inversión asociados a un Proyecto. Se ha observado que los decretos que en cada caso se elaboran para autorizar el gasto con fondos provenientes de la ley reservada del cobre, son extremadamente generales, contienen muchas veces diversos proyectos de inversión y mantenimiento del Potencial Bélico y en muchas ocasiones resultan remanentes, lo que dificulta un control efectivo del gasto. Atendidas las cifras involucradas, pareciera aconsejable exigir a futuro que ellos contengan una mayor precisión y detalle. 9.- Actualización de la normativa del Registro Especial de Proveedores del Sector Defensa y del Decreto Supremo 124, de 2004, Uno de los aspectos que llamó la atención de la Comisión dice relación con la facilidad del ingreso a proveedores al sector defensa y las dificultades para la eliminación del Registro especial, y que tuvieran como fundamento faltas graves a la probidad o reiteradas irregularidades en la prestación de sus servicios. Después de dos años de denunciados los hechos investigados, se encuentra en su etapa final de aprobación un nuevo “Reglamento del Registro Especial de Proveedores del Sector Defensa. Al respecto, recomendamos su rápida implementación y la posterior evaluación de los efectos del mismo en los procesos de adquisición y contratación. Por otra parte, se hace necesario actualizar las normas contenidas en el DS Nº 124 del Ministerio de Defensa Nacional que están referidas al funcionamiento del CONSUDENA, ya suprimido, pero que mantiene vigencia en otros aspectos que no sea contrario a la ley 20.424, según el artículo 36 de la citada ley. Ahora bien, han pasado más de 6 años, desde la publicación de la ley, por lo que se hace necesario la dictación de un nuevo reglamento que lo reemplace, regulando diversos aspectos relevantes respecto de funciones de los organismos vinculados a la LRC, de la Planificación de las Inversiones y de las Adquisiciones, entre otras materias. 10.- Incompatibilidad ex oficiales para de desempeñarse en empresas proveedoras de bienes y servicios de la Defensa Nacional durante un período. De los antecedentes recogidos durante la Investigación realizada por la Comisión, se pudo constatar que algunas de las empresas proveedoras son integradas por ex funcionarios del Ejército, lo que es un factor que puede incidir en dificultades en áreas relevantes del interés nacional y que podría comprometer los principios de probidad, transparencia e igualdad de los oferentes en estas materias. En este sentido, se recomienda analizar por parte del Ejecutivo el proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados (Boletín 10.732-06), que tiene por objeto establecer una regla específica para prohibir a quienes se hayan desempeñado como oficiales generales, oficiales superiores u oficiales jefes de alguna de las ramas de las FF.AA. desempeñar actividades en calidad de socios, gerentes, subgerentes, directores, agentes o apoderados, o cualquier actividad en que estén dotados de facultades generales de administración, ni podrán prestar servicios en entidades privados que sean proveedoras de bienes y servicios de las ramas antes mencionas. Similar situación se da en el ámbito civil, fundamentalmente de altos funcionarios, por lo que también debiera estudiarse medidas legales en la materia. 11.- Establecimiento de un Sistema de Prevención de Delitos y de denuncias al interior de las FFAA. Resulta necesario establecer en las ramas de las Fuerzas Armadas un adecuado sistema que permita prevenir la comisión de delitos en su interior, especialmente aquellos vinculados con faltas a la probidad, obligación que todo funcionario público debe cumplir celosamente. En este sentido, el Ministerio de Defensa Nacional instruyó, en julio de 2015, para implementar al interior de las FFAA un modelo de Prevención de Delitos debe contemplar la visualización de los riesgos asociados según la naturaleza de las funciones que desarrollan los integrantes de la institución. Lo anterior se encuentra en etapa de implementación por parte del Ejército. De igual manera, resulta pertinente recomendar la creación de un sistema efectivo que permita la denuncia anónima, considerando las características de jerarquía, dentro de las Fuerzas Armadas, incentivando mecanismos serios y rigurosos, con un sistema real de protección y compensación a testigos. Para esto, hacemos presente que se requieren modificaciones legales a la normativa que actualmente rige para los funcionarios públicos civiles en virtud del artículo 90 del Estatuto Administrativo (Ley 18.834). 12.- Establecimiento de un Código de Ética. Esta Comisión considera relevante la elaboración de un Código de Ética, materia anunciado por el Ministro de Defensa, ya que este constituye una medida general para mejorar los estándares éticos del sector defensa, estableciendo sanciones claras y drásticas para su incumplimiento. 13.- Implementar un Modelo de Gestión de Riesgo en el Ejército. Uno de los aspectos que se sugiere fortalecer el proceso para “identificar, evaluar, manejar y controlar acontecimientos o situaciones potenciales”, a fin de incrementar el entendimiento de riesgos claves, sus implicaciones en las organizaciones y la existencia o no de mecanismo de control para minimizarlos. A partir del reconocimiento de la propia institución, de la inexistencia de una matriz de riesgo en su momento, el Ejército se encuentra desarrollando el proceso de determinación de aquella, tal como lo recomendaron los integrantes de la Comisión en las instancias respectivas y la Consultora que contrataron para realizar la auditoría externa de procesos. Recomendamos mantener un seguimiento a la implementación de este modelo de gestión de riesgo, acelerar, en lo posible su ejecución efectiva, poniendo especial énfasis en lo vinculado “al uso de recursos para financiar proyectos institucionales y de mantenimiento del potencial bélico con cargo a la Ley Reservada del Cobre. 14. Fortalecimiento del Sistema de Control Institucional La inexistencia de un sistema integrado, eficaz y seguro de control al interior del Ejército en materia de manejo de los fondos provenientes de la Ley Reservada del Cobre, quedó revelada, en las distintas sesiones de la comisión: utilización planillas Excel, no verificación de facturas en el SII, no verificación de firmas, entre otros fueron elementos que se reconocieron por las propias autoridades. En este contexto, recomendamos una serie de medidas, algunas de las cuales fueron propuestas por los integrantes de esta Comisión durante las sesiones celebradas de diciembre a la fecha. Cabe resaltar y también destacar positivamente que muchas, acciones que describiremos ya se encuentran en etapa de implementación por parte de la propia institución que, como es lógico, ha puesto como prioridad “evitar la repetición de los hechos”. Aquí, lamentablemente, no basta “confiar en la honradez” sino fortalecer los departamentos de Contraloría Interna. Para ello, es necesario dotar a estas unidades del personal y de los recursos para poder hacer efectivo los planes y programas de control para la mitigación de riesgos, auditar los procesos, actualizar reglamentos orgánicos de funcionamiento. En particular, se debe potenciar, a la Unidad Especial de Auditoría de Proyectos de Inversión y Fichas de Fundamento del Gasto en la COTRAE, creada a finales de 2014, precisamente para los proyectos financiados con la Ley Reservada del Cobre. En este sentido, creemos que el Contralor General del Ejército, dependiente directamente del Comandante en Jefe, debiera ser una mayor graduación que los que han ejercido el cargo, con más permanencia en su cargo (dos años o más), a fin de continuidad a las prioridades que se establezcan. 15.- Modernización de los procesos en el Comando de Apoyo a la Fuerza (CAF) y Tesorería del Ejército. Se comprobó durante la investigación que los procedimientos de adquisición, control y pago ejecutados al interior del Comando de Apoyo a la Fuerza y la Tesorería General del Ejército fueron vulnerados por un grupo acotado de funcionarios que, desempeñándose por largo tiempo en sus cargos en el Comando de Apoyo de la Fuerza, particularmente del Departamento de Planificación Financiera (DEPAF), visualizaron las falencias para poder defraudar en 5.500 mil millones de pesos. Por estos motivos, la Comisión estima que es urgente modernizar estas reparticiones, incluyendo la revisión integral de los proceso de compras y adquisiciones. E implementando nuevos mecanismos y procedimientos que, por una parte, eviten la repetición de estos hechos y, por otra, disminuyan potenciales riesgos asociados a la envergadura de las funciones que realizan y la magnitud de los fondos que administran Creemos que es necesario que los Oficiales Superiores a cargo de estas reparticiones militares tengan un periodo de duración en funciones mayor al actual (la mayoría duró un año en su cargo), de manera que puedan darle continuidad a los procedimientos y prioridades que fijen durante su mando. Por otra, recomendamos que al interior de ambas reparticiones se defina adecuadamente los perfiles de cargo y competencias del personal vinculado a estas materias, con capacitaciones permanentes al personal militar para reducir las brechas existentes, Tal como lo señalamos, se debe propender a que en los niveles superiores exista cierta permanencia, y en los niveles medios e inferiores una mayor rotación del personal dependiente del CAF y la Tesorería, sobre todo en aquellos cargos con funciones donde hay mayores riesgos asociados. Adicionalmente, proponemos que en esta materia se adopten medidas, algunas en desarrollo por parte del Ejército, para contar con un Sistema informático integrado y seguro, tanto en el ámbito financiero como logístico, adoptando las normas que la Contraloría General de la República, que evite la necesidad de utilizar planillas de cálculo como mecanismo de control de saldos de los decretos de inversión La Comisión valora que el Ejército haya creado la División de Adquisiciones, a partir del 1 de enero de este año, repartición que debiera tener una mirada integral de todos los procesos de adquisiciones que el Ejército debe realizar, especialmente enfocada en el control financiero y contable de la Institución. Se deberá evaluar a futuro su funcionamiento y los efectos en el sistema. Tal como se hizo presente en la Comisión, la Tesorería del Ejército debe implementar la consulta en línea con el Servicio de Impuestos Internos de la veracidad de los documentos que recibe para su pago, lo que según se ha informado a la Comisión ya estaría implementado. Finalmente, resulta útil para el control que tesorería disponga de un sistema que permita verificar las personas autorizadas para generar pagos y la correspondiente forma de autentificar su firma. 16.- Implementación de mejores prácticas. Las distintas instituciones de las FFAA tienen experiencias diversas en el manejo y administración de los fondos de la ley reservada, lo que incluye los procedimientos de adquisiciones, licitaciones o tratos directos; la materialización de esa inversión; la recepción del material o los servicios que se le prestan; la operación y mantención del potencial bélico; su baja, retiro y enajenación; y por supuesto el Control. Recomendamos, por ello realizar “un proceso continuo y sistemático” de comparación de productos, servicios y, en este caso, principalmente de procesos entre las distintas ramas de las FFAA, liderado por el Ministerio de Defensa Nacional, a fin de evaluar las mejores prácticas, adoptarlas y adaptarlas a las respectivas organizaciones, todo ello con el fin de una mayor eficiencia, eficacia y control de los recursos del fisco. 17. Nuevos sujetos obligados a Reportar Operaciones Sospechosas Incorporar en el artículo 3º de la ley Nº 19.913 nuevos actores que estarán obligados a informar sobre operaciones sospechosas que advierte en el ejercicio de sus actividades. En este sentido, a los bancos e instituciones financieras, las casas de cambio, los casinos, salas de juegos, hipódromos, los corredores de propiedades, los notarios, entre otros, deben incorporarse las empresas relacionadas con la venta de autos de alta gama. 18. Nuevas facultades para la Unidad de Análisis Financiero. 17.1 Modificar la ley 19.913 e incorporar como facultad de la UAF el solicitar a todas las instituciones del Estado, civiles y militares, las bases de datos del personal, manteniendo la debida reserva, en los casos que corresponda. Esto permitiría tener conocimiento directo de las plantas de las FFAA, así como de la escala de sueldos actualizado, información necesaria para configurar perfiles transacciones y así, poder investigar financieramente los ROS que recibe. 17.2 Incorporar nuevas facultades a la UAF para una mejor coordinación con otros reguladores financieros y servicios de Hacienda, entre ellas las Superintendencias, a objeto de intercambiar experiencias o tipologías que pueden enriquecer la acción fiscalizadora tanto de la UAF como de otros entes, lo que permite anticipar acciones delictuales o infracciones de ciertos actores económicos. Del mismo modo, permitir investigaciones financieras conjuntas con otros servicios (Superintendendencia de Bancos e Instituciones Financieras, Superintendencia de Valores y Seguros, SII y también con la Contraloría General de la República, regulando las normas del secreto para tal efecto. 19. Potenciar las Unidades de la Superintendencia de Casinos y de la UAF El aumento de los ROS en el sector Casinos de Juego que pasó de 4 el 2102 a 204 el año 2015, implica la necesidad de mantener un trabajo constante de capacitación y de fiscalización, por lo que se sugiere potenciar las unidades competentes de la Superintendencia de Casinos y de la Unidad de Análisis Financiero. 20. Mayores Regulaciones para Clientes Premium de Casinos de Juego. Regular de forma más completa por parte de las autoridades competentes las bases de datos de los Clientes Premium de los Casinos de Juego. 21.- Modificaciones legales para la obligatoriedad de asistencia de ex funcionarios públicos La inasistencia en diversas Comisiones Investigadoras de quienes dejan de ejercer la función pública redunda en una dificultad para esclarecer los hechos y determinar las responsabilidades. Por lo anterior, miembros de esta Comisión ya presentaron, con fecha 16 de marzo de 2016, el proyecto de ley (Boletín N° 10.568-07), que dice relación con extender por dos años la obligación de comparecencia ante esta Cámara de Diputados de ex servidores públicos, aun cuando ya no estén en funciones de modo de evitar que quienes tienen responsabilidades superiores se escuden en la inexistencia de esta obligación legal, tal como fue el caso del ex CJE, General de Ejército, Juan Miguel Fuente- Alba. 22. Modificación de la Justicia Militar Una de las situaciones que han llamado la atención dice relación con que los mismos hechos ilícitos de fraude se encuentran siendo investigados en dos sedes jurisdiccionales distintas. En la Justicia Militar, por parte del Ministro en Visita don Omar Astudillo y en el ámbito civil por el Ministerio Público, en particular por la Fiscal Ximena Chong, que analiza la responsabilidad de civiles y, principalmente, proveedores. En base a lo expuesto, se hace fundamental remitir un proyecto de ley que establezca una nueva institucionalidad en la materia, y que haga competente de la investigación de los delitos comunes, independientes del hechor, a la Justicia Ordinaria.”. ************** V.- DIPUTADO INFORMANTE. La Comisión designó como diputado informante a don Jaime Pilowsky Greene. Tratado y acordado en sesiones de fechas 15 y 23 de diciembre de 2015, 6, 13, y 20 de enero, 2, 7, 14, 21, 23 de marzo, 6, 11, 13 de abril, 4, 9, 11, 16 y 30 de mayo, 1, 6, 13, 20 de junio, 13 de julio, 1, 9 y 29 de agosto de 2016, con la asistencia de los diputados integrantes señores Pedro Browne, Gustavo Hasbún, Luis Lemus, Felipe Letelier, Nicolás Monckeberg, José Pérez, Ricardo Rincón, Marcelo Schilling, Guillermo Teillier, Jorge Ulloa, Osvaldo Urrutia y Germán Verdugo. Asistieron además la diputada señora Karol Cariola y los diputados señores Germán Becker, Guillermo Ceroni, Diego Paulsen y René Saffirio. Sala de la Comisión, a 31 de agosto de 2016. ROBERTO FUENTES INNOCENTI Secretario de la Comisión I N D I C E INFORME DE LA COMISIÓN ESPECIAL INVESTIGADORA DE LAS RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS QUE PERMITIERON EL FRAUDE FISCAL OCURRIDO EN EL EJÉRCITO A TRAVÉS DE LA APROPIACIÓN INDEBIDA DE FONDOS DERIVADOS DE LA LEY RESERVADA DEL COBRE ENTRE LOS AÑOS 2011 Y EL PRESENTE. I.- COMPETENCIA. 1 II.- RELACIÓN DEL TRABAJO EFECTUADO. 2 1. Personas recibidas 2 2. Documentos recibidos 4 III.- PONENCIAS. 16 1. José Antonio Gómez, Ministro de Defensa Nacional. 16 2. Humberto Oviedo, Comandante en Jefe del Ejército de Chile. 28 3. General de Brigada Rodrigo Carrasco González, Contralor del Ejército. 40 4. Coronel Samuel Poblete, ex Tesorero del Ejército. 44 5. General de Brigada (R), Héctor Ureta Chinchón, Comandante de la División Mantenimiento. 48 6. Mauricio Weibel, periodista del diario The Clinic. 53 7. General Iván González López, Jefe de la Misión Militar de Chile en Estados Unidos. 57 8. General (R) Jorge Salas Kurte, ex Comandante del Comando de Apoyo a la Fuerza (octubre de 2011 - diciembre de 2012). 60 9. General (R) Antonio Cordero Kehr. 66 10. Jorge Bermúdez Soto, Contralor General de la República; y Priscila Jara Fuentes, jefa de la División de Auditoría Administrativa de la Contraloría General de La República. 70 11. Carlos Villalobos Vera, Jefe de Mantenimiento del Ejército de Chile, período 2010-2012. 85 12. Coronel Fernando Grossi, Jefe Departamento de Planificación y Administración Financiera del Ejército de Chile (Depaf), mayo 2013 - julio 2015. 93 13. Coronel Miguel Cantallopts, Jefe del Departamento II de Inteligencia División Logística del Ejército, 2011-2012. 98 14. Cabo Segundo Felipe Balbontín. 99 15. Daniel García, Superintendente de Casinos de Juego; y Karl Dietert, Jefe de la División Fiscalización de Superintendencia de Casinos De Juego. 100 16. Bernardo Lara, Subdirector Jurídico del Servicio de Impuestos Internos. 105 17. Miguel Muñoz Farías, General (R) del Ejército de Chile, Comandante de Apoyo a la Fuerza 2012-2013. 107 18. General (R) Jozo Santic Palomino, Contralor del Ejército, 113 2008-2010. 19. General (R) Andrés Polloni Contardo, Contralor del Ejército, 2011. 118 20. General (R) Jorge Guzmán Fredes, Contralor del Ejército, 2012. 121 21. Coronel Marcelo Muñoz Villarroel, Tesorero del Ejército. 122 22. Javier Cruz Tamburrino, Director de la Unidad de Análisis Financiero del Ministerio de Hacienda (UAF). 124 23. Jacobus Pretorius, gerente general; y José Humberto Sepúlveda, Gerente del Departamento del Área Legal y Cumplimiento; ambos del casino Sun Monticello. 129 24. Rodrigo Hinzpeter, exministro de Defensa Nacional. 132 25. Francisco Vidal, exministro de Defensa Nacional. 135 26. Gaspar Tapia, ex Subsecretario para las Fuerzas Armadas. 138 27. General de División Luis Chamorro Heilig, excontralor del Ejército (2014). 140 28. Coronel Jorge Rojas Meisner, extesorero (2008-2010). 144 29. Coronel del Ejército Pedro Ferrer Lagunas, Jefe del Departamento IV Logística de la División de Educación del Ejército de Chile (Diveduc) 147 30. Rodrigo Vergara Montes, presidente del Banco Central de Chile; Juan Pablo Araya, fiscal del Banco Central; y Beltrán de Ramón, gerente de la División de Operaciones Financieras. 150 31. Jaime Ravinet Lavín, exministro de Defensa Nacional. 154 32. Jorge Pantoja Bernard, Brigadier de Ejército (R), exsecretario Consudena. 158 33. Andrés Allamand, exministro de Defensa Nacional. 164 34. Alfonso Vargas, ex Subsecretario para las Fuerzas Armadas. 168 35. Daniella Caldana, Auditora General del Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno (CAIGG). 171 36. Oscar Landerretche Moreno, presidente del directorio de la Corporación Nacional del Cobre de Chile (Codelco- Chile); y Gonzalo Zamorano, gerente de contraloría de dicha corporación. 175 37. Eduardo Engel, Profesor de Economía de la Universidad de Chile, Presidente de Espacio Público y expresidente del Consejo Asesor Presidencial. 186 38. Rodrigo Valdés, Ministro de Hacienda. 188 39. Paulina Vodanovic, Subsecretaria para las Fuerzas Armadas. 192 40. Coronel Alex Gluzman Comte, Secretario de Coordinación de la Auditoría General del Ejército. 195 41. Cabo Primero Jacqueline Carrasco Riquelme. 199 42. Patricio Veas Stock, ex Jefe del Departamento de Planificación y Administración Financiera (DPAF). 201 43. Ricardo Márquez López, ex Jefe del Departamento de Planificación y Administración Financiera (DPAF). 203 44. Coronel Milko Maturana Mena, ex Jefe del Departamento de Planificación y Administración Financiera (DPAF). 204 IV.- CONSIDERACIONES Y CONCLUSIONES APROBADAS POR LA COMISIÓN. 204 1. EN RELACIÓN A LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA 207 2. EN RELACIÓN AL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Y LA SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS 207 3. EN RELACIÓN A LA COMANDANCIA EN JEFE DEL EJÉRCITO Y SU COMANDANTE EN JEFE DE LA ÉPOCA. 208 4. EN RELACIÓN A LA CONTRALORÍA GENERAL DEL EJÉRCITO 209 5. EN RELACIÓN A LA TESORERÍA DEL EJÉRCITO 210 6. EN RELACIÓN AL COMANDO DE APOYO A LA FUERZA Y SUS DEPENDENCIAS. 211 7. EN RELACIÓN CON EL CONSEJO SUPERIOR DE LA DEFENSA NACIONAL 212 8. EN RELACIÓN AL BANCO CENTRAL 213 9. EN RELACIÓN A LA TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA 213 10. EN RELACIÓN AL CASINO, LA SUPERINTENDENCIA DE CASINOS DE JUEGOS Y LA UNIDAD DE ANALISIS FINANCIERO. 213 11. EN RELACIÓN A CODELCO 214 RECOMENDACIONES 214 V.- DIPUTADO INFORMANTE. 221 INDICE. 223
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