miércoles, 28 de septiembre de 2016

ACUERDO PARA LA PAZ COLOMBIA 2: 2016




ACUERDO PARA LA PAZ COLOMBIA 2: 2016
  Drogas ilícitas 4. Solución al problema de las drogas ilícitas 

Desde hace cuatro décadas el narcotráfico se convirtió en uno de los motores del conflicto armado en Colombia. Todos los grupos ilegales han recurrido a él para financiarse, y es una actividad que ha permeado la economía, la política y la vida social y cultural. El país ha intentado resolverlo de muchas maneras, pero especialmente por la vía policial y judicial. Solo ahora los países, con Colombia a la cabeza, comienzan a discutir en el mundo nuevos enfoques para enfren- tar este problema global. La producción de drogas ilícitas es una actividad que involucra a muchas personas y segmentos de la sociedad. Colombia las sufre todas, desde los cultivos de uso ilícito, hasta su producción, comercialización y consumo. Gran parte de estas actividades tienen lugar en regiones con fuerte presencia de las Farc afectadas por el conflicto. Los negociadores reconocen que los cultivos ilícitos no son una causa de la guerra, pero también que esta actividad ilícita y la violencia social y política se retroalimentan. 

Por eso el acuerdo de paz reconoce que el fin del conflicto armado entre esa guerrilla y el gobierno es una oportunidad para buscarle una solución al problema. El acuerdo apuesta por un viraje en el tratamiento de este fenómeno, pues su columna vertebral es la sustitución de los cultivos de uso ilícito, con planes de desarrollo participativos e integrales. Busca cambiar el tratamiento a los consumidores, para priorizar la prevención del consumo y la salud pública. También se busca desarticular toda la cadena de valor del narcotráfico al combatir más efectivamente a las organizaciones criminales dedicadas a él, incluidas las actividades como el lavado de activos, el tráfico de precursores y la lucha contra la corrupción. 

Propende por mantener un enfoque en derechos humanos que preste especial atención a los campesinos que cultivan y a los adictos. Adicionalmente, reconoce los usos ancestrales de las plantas donde se extraen las drogas ilícitas y no niega que estos cultivos puedan ser utilizados para fines médicos y científicos. Si bien el acuerdo reitera la importancia de la cooperación internacional en la lucha contra este flagelo, enfatiza que las políticas que aplique el gobierno deben regirse por los principios de igualdad soberana y no intervención. 

 EL FIN DEL CONFLICTO DEBE REPRESENTAR UNA OPORTUNIDAD PARA CONSTRUIR UNA SOLUCIÓN CONJUNTA E INTEGRAL AL PROBLEMA DE LAS DROGAS ILÍCITAS Además concluye que el éxito de estas políticas depende de su perspectiva territorial y la participación activa de la ciudadanía. 

LOS PUNTOS CLAVES 1. PROGRAMAS DE SUSTITUCIÓN DE CULTIVOS DE USO ILÍCITO Con el fin de encontrar una solución sostenible y definitiva a este tipo de cultivos, y de generar condiciones materiales e inmateriales de bienestar, se acordó que el gobierno nacional cree y ponga en marcha el nuevo Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (PNIS), a cargo de la Presidencia de la República. Este programa busca que las comunidades tengan un papel activo en definir las soluciones. La decisión de los cultivadores de abandonar los cultivos y el compromiso de la sustitución voluntaria son los principios fundamentales para generar confianza y encontrar las alternativas productivas que permitan fortalecer la economía de las familias. Las comunidades, los municipios y el gobierno deberán apoyar los planes de desarrollo alternativo, además de instalar la infraestructura básica que permita a los campesinos, recogedores y cultivadores superar la pobreza y tener condiciones de vida dignas. Esto implica que mientras que los campesinos se comprometen a sustituir los cultivos, a no resembrar y a no estar vinculados a la comercialización, el gobierno deberá, además de invertir para desarrollar estas zonas, dar asistencia alimentaria hasta por un año, crear huertas caseras, entregar animales menores y promover proyectos de ciclo corto para generar ingresos rápidos. También se plantean estos beneficios para los raspachines. En cuanto a las comunidades o cultivadores con los que no se llegue a acuerdos para erradicar los cultivos, o quienes reincidan, el Estado procederá a la erradicación, preferiblemente manual, pero no se cierra la puerta a que se haga con fumigaciones.  

96 MIL HECTÁREAS DE CULTIVOS DE COCA EXISTEN EN LA ACTUALIDAD, SEGÚN LA OFICINA DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA DROGA Y EL DELITO 2. PROGRAMAS DE PREVENCIÓN DEL CONSUMO Y SALUD El acuerdo se basa en la idea de que la política frente al consumo también tiene que ser una prioridad y una política para el Estado. Por eso, además de atacar la siembra, los negociadores de La Habana proponen crear un Programa Nacional de Intervención Integral frente al Consumo de Drogas Ilícitas, que trate a los consumidores como un problema de salud pública, se respeten sus derechos humanos y todo con un enfoque diferencial de género. Además un Sistema Nacional de Atención a las Personas Consumidoras de Drogas Ilícitas, que se encargue de rehabilitar y resocializar a los adictos. 

3. SOLUCIÓN AL FENÓMENO DE PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE NARCÓTICOS Frente a la producción y comercialización de narcóticos, los acuerdos plantean una política más efectiva y severa contra el crimen organizado, las organizaciones criminales, el lavado de activos y la corrupción. Aquí se contempla cualificar el personal dedicado a investigar y judicializar los delitos relacionados con el narcotráfico, así como fortalecer y ampliar la cooperación regional e internacional para identificar los sistemas y rutas de comercialización de las organizaciones criminales. Además, el gobierno se compromete a conformar una comisión de expertos nacionales e internacionales para diseñar un Estatuto de Prevención y Lucha contra las Finanzas que reforme o fortalezca la normatividad referida a esta materia y a la extinción de dominio. También a que Colombia liderará la construcción de nuevos consensos internacionales frente a este problema. 

 EL CONFLICTO INTERNO EN COLOMBIA TIENE UNA LARGA HISTORIA QUE ANTECEDE Y TIENE CAUSAS AJENAS A LA APARICIÓN DE LOS CULTIVOS DE USO ILÍCITO DE GRAN ESCALA LOS DESAFÍOS 

1 El gobierno se compromete a tramitar ajustes normativos para que los pequeños cultivadores no sean sometidos a acciones penales o a la extinción de dominio. Ellos tienen dos años, a partir de la entrada en vigencia de la nueva norma, para expresarles a las autoridades su decisión de renunciar a cultivar o mantener los cultivos ilícitos. Este enfoque tiene el objetivo de concentrar la acción judicial en las organizaciones de narcotráfico. Establecer la diferencia entre unos y otros requerirá del instrumentos judiciales muy precisos. 

2 Si bien Colombia ha gastado miles de millones de pesos en luchar contra el narcotráfico, la meta de superar la eliminación de cultivos ilícitos, que hoy llegan a 100.000 hectáreas, puede ser muy costosa. Pocos cultivos o actividades rurales pueden generarles a los campesinos ingresos como los que da la coca en el corto plazo. 

3 El precio del dólar, la globalización y la presencia de otros grupos armados en el país, como las bandas criminales, le plantean muchos desafíos a este acuerdo. El dilema de las fumigaciones En el acuerdo hay un cambio de enfoque y se prioriza la sustitución voluntaria de cultivos. La fumigación es el último recurso. COLOMBIA lleva más de 30 años fumigando los cultivos de coca como estrategia principal para combatirlos. Ha sido una herramienta efectiva pero controvertida por su impacto ambiental y social. El acuerdo de La Habana prioriza por primera vez otra estrategia: la sustitución y la erradicación voluntaria y concertada. No obstante, el Estado se reserva el derecho de fumigar en caso de que sea necesario.  

Según la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (Unodc), en un informe de junio de este año, el área dedicada a cultivos de hoja de coca pasó de 69.000 hectáreas en 2014 a 96.000 en 2015, justo el año en el que el Consejo Nacional de Estupefacientes suspendió las fumigaciones aéreas con glifosato por razones de salud pública. Sin embargo, este aumento desmedido llevó, en mayo de este año, a reanudar las fumigaciones con glifosato, pero desde el terreno. Existe una controversia abierta sobre el impacto real de la fumigación aérea en la reducción de cultivos, pues durante los años que estos bajaron más también se estaba erradicando manualmente. El propio gobierno admite que sin sustitución y sin desarrollo rural todo esfuerzo de erradicación, aérea o manual, resulta inocuo. Expertos explican que los cultivos han crecido no solo por el alto precio del dólar, sino por las conversaciones de paz, ya que la perspectiva de que programas gubernamentales ofrezcan sustituir los cultivos ilícitos ha funcionado como incentivo para tener más hectáreas. En todo caso, el país ha entendido en estas tres décadas que el cultivador es el eslabón más débil de la cadena y que el combate al narcotráfico se debería centrar más en los eslabones donde hay mayor valor agregado como el comercio transnacional y el lavado de activos. Ahora, hay evidencia de que gran parte de la producción de drogas ilícitas se está quedando en el país, en el llamado microtráfico, y que el consumo interno está disparado. Como se ve, este no será para nada un tema fácil de resolver sobre todo cuando no depende solo de Colombia sino de la comunidad internacional.
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Víctimas y justicias 5. Acuerdo sobre las víctimas del conflicto Sistema integral de verdad, justicia, reparación y no repetición, que incluye la Jurisdicción Especial para la Paz. 

Uno de los dilemas más difíciles que debe afrontar una sociedad al transitar de la guerra a la paz es cómo juzgar las atrocidades cometidas por los actores que están sentados en la mesa dispuestos a dejar la violencia. Esto es particularmente difícil en conflictos largos, donde hay diversas responsabilidades y se han degradado los métodos bélicos. Sobre todo en el mundo moderno, pues desde hace casi dos décadas existen instrumentos de justicia global para evitar que los crímenes que ofenden a la humanidad, aun los cometidos en contextos de guerra, queden en la impunidad. Sin embargo, la comunidad de naciones ha entendido que la paz es un ideal y que, en aras de lograrla, es posible construir instrumentos de justicia que permitan avanzar hacia ella. Si las sociedades solo tuvieran como respuesta ante la guerra el castigo a quienes participaron en ella, el mundo sería un campo de batalla perpetuo. Por eso existe la justicia transicional, que busca satisfacer integralmente los derechos de las víctimas mientras permite dejar atrás el conflicto. Esta justicia se apuntala en los principios de verdad, justicia, reparación y no repetición. En ese marco, este acuerdo contiene elementos nuevos que se probarán por primera vez y combina diferentes instrumentos. Su columna vertebral es la verdad. Y mezcla elementos de la justicia restaurativa y retributiva. Finalmente se pretende que víctimas y victimarios se acerquen en un nuevo contexto de restablecimiento de relaciones. El sistema integral busca sobre todo el reconocimiento de las víctimas, y de las responsabilidades por parte de quienes han cometido crímenes atroces. También busca garantizar la seguridad jurídica a quienes participen en él. Es, en últimas, un instrumento que pretende cerrar el ciclo de violencia del país sin impunidad. Reconocer y reparar a las víctimas contribuirá a la reconciliación de toda la ciudadanía colombiana  

LAS CLAVES DEL ACUERDO 

1. Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición 
Este es un órgano independiente, temporal y extrajudicial que debe contribuir a esclarecer lo que ocurrió en el conflicto y dar una explicación sobre ello. Sus reportes y audiencias por lo tanto, no podrán ser prueba judicial para nadie que comparezca ante él. Debe promover el reconocimiento a las víctimas y el reconocimiento de responsabilidad de quienes estuvieron directa o indirectamente en la guerra. La comisión estará conformada por 11 personas de las más altas calidades y de orígenes plurales, elegidas por el mismo mecanismo que seleccionará a los magistrados que harán parte de la Jurisdicción Especial para la Paz de la que se habla más adelante. También tendrá un presidente elegido por el mecanismo. El mandato de la comisión es por tres años y debe tener despliegue en las regiones donde el conflicto ha sido más fuerte. Así mismo, tendrá enfoque de género y étnico. Sus audiencias deben ser públicas y estar orientadas a que la sociedad se reconcilie. Al final debe producir un informe para el conocimiento público.  

2. Unidad para la búsqueda de personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto Es un organismo de alto nivel de carácter humanitario y extrajudicial que debe coordinar todas las acciones necesarias para la búsqueda de personas. En caso de que esas personas hayan fallecido, la unidad debe localizar y hacer entrega digna de los restos o de toda la información posible sobre qué ocurrió con ellas. La unidad no puede sustituir ni impedir las acciones judiciales que haya en estos casos. El director será escogido por el mecanismo pactado para la selección de los magistrados de la Jurisdicción Especial para la Paz. 

 24 MAGISTRADOS TENDRÁ LA JURISDICCIÓN ESPECIAL DE PAZ. CUATRO DE ELLOS PODRÁN SER EXTRANJEROS. SERÁN SELECCIONADOS POR UN MECANISMO INDEPENDIENTE EN EL QUE PARTICIPAN EL PAPA, LA ONU Y LA CORTE SUPREMA 

3. Jurisdicción Especial
 para la Paz Esta jurisdicción especial está creada para investigar, juzgar y sancionar de acuerdo con las normas colombianas, y con los estándares internacionales, todos los crímenes cometidos en el contexto del conflicto y de esta manera satisfacer los derechos de las víctimas. Los jueces. La jurisdicción está encabezada por un tribunal de 24 magistrados colombianos y extranjeros que juzgarán los delitos más graves y representativos. Los magistrados deben cumplir los más altos requisitos de probidad e independencia y serán elegidos por un organismo conformado por el papa, el secretario general de la ONU, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, el Instituto de Justicia Transicional (ICTJ) y la Comisión Permanente del Sistema de Universidades del Estado. Quiénes serán juzgados. En primer lugar, a la jurisdicción podrán ir los miembros de grupos guerrilleros que suscriban un acuerdo final de paz con el gobierno, una vez hayan dejado las armas. Segundo, los agentes del Estado que hayan cometido delitos en el contexto y en razón del conflicto armado. Guerrilleros y militares serán tratados de manera equilibrada pero diferencial. En tercer lugar también pueden comparecer las personas que sin formar parte de los grupos armados hayan participado como financiadores o colaboradores voluntarios, y hayan tenido responsabilidad en la comisión de los crímenes más graves y representativos. La verdad exhaustiva. Quienes hayan cometido delitos de lesa humanidad o de guerra tendrán que reconocer toda la verdad ante la Jurisdicción Especial de Paz. Quienes lo hagan de manera exhaustiva tendrán una ruta que conduce a sanciones con restricción de la libertad de cinco a ocho años. Quienes no lo hagan, tendrán una ruta que conduce a un proceso de investigación y acusación, que puede resultar en exoneración o en condena con penas de hasta 20 años. Estos delitos objeto de este tribunal son, entre otros, el genocidio, la toma de rehenes u otra privación grave de la libertad como por ejemplo el secuestro de civiles, la tortura, las ejecuciones extrajudiciales, la desaparición forzada, el acceso carnal violento y otras formas de violencia sexual, el desplazamiento forzado, además del reclutamiento de menores. El tribunal recibirá los procesos que ya se adelantan en la Fiscalía y demás órganos de justicia y control. La amnistía. Existirá una sala de amnistía e indultos para los guerrilleros y otra de definiciones jurídicas para los militares y civiles cuando se trate de delitos no considerados internacionales o que son conexos con el delito político. Si se aprueba el acuerdo en el plebiscito, de inmediato el gobierno radicará un proyecto de ley de amnistía cuyo contenido fue pactado en La Habana, y que corresponde con los lineamientos que establecen los protocolos de Ginebra. Esta ley convertiría algunos delitos hoy considerados ordinarios, como el constreñimiento, la falsedad en documento público, algunos homicidios en combate, en conexos con la rebelión y, por tanto, objeto de amnistía. También las actividades ligadas al narcotráfico cuando se demuestre que se encaminaron a financiar al grupo armado y no al enriquecimiento personal. Sanciones, restricción y cárcel. Las sanciones para quienes reconozcan toda la verdad serán de mínimo cinco años y máximo ocho años, y contemplan la restricción efectiva de la libertad de residencia y movimiento, condiciones que serán determinadas por el tribunal. El desminado, la reconstrucción de pueblos, de sustitución de cultivos ilícitos son algunas de estas contribuciones a la reparación. Por el contrario, quienes reconozcan la verdad de manera tardía pueden recibir penas efectivas de prisión de hasta ocho años. Y quienes definitivamente no reconozcan nada y sean condenados pueden ir a prisión hasta por 20 años. 

De acuerdo con el trato diferencial pactado, los militares podrán pagar sus sanciones en guarniciones militares y no cárceles ordinarias como ocurre ahora. Derechos políticos. Ninguno de los condenados por el tribunal tendrán restricciones para participar en política. Tribunal de cierre. Contra las decisiones del tribunal no se podrá interponer ningún recurso. Adicionalmente, en algunos casos este podrá revisar sentencias ya existentes. 8 años de restricción de la libertad es la sanción máxima que impondrá el tribunal a quienes contribuyan con la verdad exhaustiva. Quienes lo hagan de manera tardía o sean vencidos en juicio recibirán penas privativas de la libertad  

4. Reparación integral El país ya tiene desde hace más de una década programas de reparación a las víctimas del conflicto, pero el acuerdo profundiza el desarrollo de estos con medidas tanto simbólicas como materiales. Es decir, que van desde actos públicos de reconocimiento de las responsabilidades, hasta acciones concretas como el desminado, la reconstrucción de pueblos y la entrega de cuerpos. La reparación colectiva se fortalecerá y se enlazará con los programas de desarrollo rural, de restitución y retorno de desplazados. Adicionalmente se fortalecerá la dimensión psicosocial. Las Farc se comprometieron a contribuir con la reparación material de las víctimas.  

5. Garantías de No Repetición Todo el acuerdo de paz de La Habana está encaminado a garantizar que no haya repetición del conflicto armado, y por eso se ocupa de problemas estructurales como la tierra, la política, el problema de las drogas, la justicia y la reincorporación. En cada uno de ellos hay medidas encaminadas a generar condiciones para construir una cultura de paz, de reconciliación, de respeto a los derechos humanos y la no violencia. El punto tres profundiza en esta materia. No se pueden amnistiar e indultar los crímenes de lesa humanidad, ni los crímenes de guerra  

LOS DESAFÍOS ¿Cómo priorizar? Resarcir el sufrimiento de las víctimas de 50 años de conflicto no es fácil, por ello todos los organismos del sistema integral de justicia tendrán que priorizar y adoptar caminos de selectividad cuyos criterios son difíciles de establecer. La Comisión de la Verdad tendrá que concentrarse en unos periodos y desechar otros; el tribunal tendrá que concentrarse en lo más grave y representativo, y en quienes tienen mayor responsabilidad. 

1. La dialéctica entre derechos de las víctimas y reconciliación. En el mundo entero hay controversia respecto a qué tanta verdad y justicia se requiere para cerrar un conflicto. La creación de un clima de reconciliación es esencial para que los instrumentos de la justicia transicional cumplan su cometido.  

2. La probidad de sus protagonistas Gran parte de la credibilidad que tengan la Comisión de la Verdad y el Tribunal de Paz dependerá de las personas que lo compongan. Si bien el mecanismo diseñado para esta elección es suficientemente plural, deberán ser muy asertivos en su elección. 

3. La pedagogía sobre la justicia transicional. Tendrá que ser permanente ya que por su novedad no es de fácil asimilación para un país con heridas abiertas y en el que política y justicia se entremezclan constantemente de manera riesgosa. ¿Hay impunidad? La justicia transicional no puede ser vista como la justicia penal ordinaria. Está pensada para superar la guerra y satisfacer a las víctimas. Colombia tiene uno de los mayores índices de impunidad en el mundo. Esto es particularmente preocupante respecto a los crímenes cometidos durante el conflicto armado, muchos de los cuales han terminado en la Corte Interamericana de Derechos Humanos. El fin de la guerra ofrece una oportunidad para superar esta impunidad. Sin embargo, en ninguna parte del mundo se ha visto que se use el derecho penal ordinario para transitar de la guerra a la paz. La experiencia en otros países ha sido la creación de comisiones de la verdad, que dejan la sensación de que hubo impunidad o simplemente amnistías que en el mundo contemporáneo son insostenibles. Esta es la primera vez, luego de la firma del Estatuto de Roma, que un país se dota de un sistema integral como el aprobado en La Habana, especialmente porque nunca antes un gobierno y un grupo insurgente habían creado de común acuerdo un tribunal para que los juzgue a ellos mismos. El sistema de justicia cumple lo que manda la Corte Penal Internacional: que haya investigación, que se juzgue y que se sancione. Respecto a la sanción, el Estatuto de Roma dice que debe ser proporcional a los crímenes cometidos, pero en ningún momento habla de que deba haber cárcel o prisión. No obstante, la restricción de la libertad debe ser seria. Es por ello que los negociadores tanto del gobierno como de la guerrilla consideran que lo pactado se ajusta a los estándares internacionales. Pero, además, consideran que por primera vez realmente se podrá superar la impunidad y que se satisfarán los derechos de las víctimas.
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  Verificación y refrendación 

6. Implementación, verificación y refrendación 

 Si el pueblo refrenda favorablemente el acuerdo para el fin del conflicto, empieza el proceso de implementación tal y como está contemplado en el texto concertado en La Habana. En realidad, la fase de la negociación, que duró cuatro años y acaba de terminar, estaba destinada a ponerle fin al conflicto. Sin embargo, lo que sigue en adelante no es solo llevar a la práctica de manera técnica y verificable el acuerdo, sino construir una cultura de paz en los territorios. Esta tarea durará muchas décadas e involucrará a las nuevas generaciones. No obstante, el acuerdo es la primera piedra para esa construcción de paz o su hoja de ruta. Llevarlo a la práctica es un desafío monumental para el Estado y la sociedad y de su éxito dependerá que la paz sea realmente sostenible en el tiempo, y que llegue a cada rincón del país. Los primeros años son cruciales y pondrán a prueba la capacidad de transformación que tienen el pueblo colombiano y sus líderes. También las posibilidades de reconciliación. El acuerdo traza una ruta de implementación y verificación conjunta entre el gobierno y la guerrilla, basada en la buena fe y en mecanismos que brindan transparencia. Durará diez años y tiene un enfoque muy territorial, por lo tanto debe tener alto impacto en las regiones que sufrieron la guerra y mucha participación de esas comunidades. Los diez años contemplados para implementar el acuerdo serán un tiempo excepcional de transición y de cambios sociales, culturales e institucionales. Dado que el acuerdo involucra no solo al gobierno actual sino a todas las entidades del Estado, es vital el compromiso de los líderes del país. Es decir que, más allá de la refrendación inmediata de los acuerdos en el plebiscito, se requiere durante la próxima década una pedagogía profunda y un consenso básico alrededor del acuerdo. Tal como se ha dicho en La Habana, esta es sencillamente una oportunidad. Llevar a la práctica el acuerdo no solo implica cumplir los compromisos adquiridos en La Habana, sino construir una cultura de paz en los territorios, una ardua tarea que durará muchas décadas e involucrará a las nuevas generaciones. 1. Seguimiento a la implementación Comisión de implementación, seguimiento y verificación del Acuerdo Final de Paz y de resolución de diferencias. Esta nacerá al día siguiente de la firma del acuerdo, conformada por tres representantes del gobierno y tres de las Farc. En principio funcionará hasta 2019, pero podrá prorrogar su existencia hasta por diez años. La comisión deberá crear un plan marco por diez años, que será convertido en documento Conpes y que deberá ser incluido en los planes de desarrollo tanto nacionales como regionales. El acuerdo de paz prioriza las leyes y normas que deben ser presentadas de manera inmediata en el Congreso o expedidas por el gobierno en los primeros 12 meses. Se incluyó un capítulo étnico que garantiza que la implementación tome en cuenta de manera positiva a estos pueblos. 2. Verificación Se acordó que habrá un mecanismo internacional de verificación como parte de la comisión de implementación. Conformarán este mecanismo los cuatro países que acompañaron las conversaciones de La Habana: Cuba, Noruega, Venezuela y Chile. También habrá dos personalidades internacionales que harán pronunciamientos periódicos sobre la implementación. Se le solicitará a la ONU que una vez concluya la misión de verificación del cese del fuego y la dejación de armas establezca otra misión política que observe el proceso de reincorporación de las Farc. Se solicitará acompañamiento de varias entidades internacionales expertas en cada una de las materias del acuerdo entre las que hay gobiernos y ONG. 3. Refrendación y blindaje La implementación del proceso de paz necesita dos bendiciones para ser una realidad. La primera es la política. Esta se reflejará en las urnas el próximo 2 de octubre cuando los colombianos acudan a votar el plebiscito. La segunda es la jurídica. Se le ha denominado el “blindaje” pues es una forma de asegurar que el pacto se hizo para cumplirlo. El plebiscito y el blindaje son dos figuras interdependientes que no pueden existir la una sin la otra. El primero, además de garantizar el respaldo ciudadano al acuerdo, pone en vigencia el Acto Legislativo para la Paz. Esta reforma constitucional abre el camino para que los acuerdos logrados en Cuba ingresen al ordenamiento jurídico colombiano. Así funciona: PLESBICITO PARA LA PAZ La fórmula elegida para refrendar los acuerdos de La Habana está consagrada en la Constitución de 1991, pero no se había usado hasta ahora. Este mecanismo de participación permitirá a los colombianos acudir a las urnas para respaldar o rechazar el proceso de paz. Solo habrá dos opciones para responder a una única pregunta: Sí o No. Y sobre estas dos posibilidades los partidarios de ambas posiciones adelantarán sus campañas en el próximo mes. Estos son los puntos fundamentales que regularán este proceso: Umbral. Para que el plebiscito sea válido, el Sí o el No tienen que sacar una cantidad de votos mayor al 13 por ciento del censo electoral (un poco más de 4.500.000 personas). A esta fórmula se le ha llamado el umbral aprobatorio, es decir, que cualquiera de las opciones que alcance esa cifra ya produce resultados vinculantes. Efectos. Si ninguna de las dos opciones (Sí o No) llega a tener esos 4.500.000 votos, el plebiscito deja de tener efectos jurídicos, el presidente podrá continuar el proceso, pero no se entiende que exista una refrendación popular. El problema práctico sería que no podría utilizar las herramientas del Acto Legislativo para la Paz como las facultades extraordinarias, el fast track, entre otros. Gana el Sí. En el caso de que la votación del Sí supere el umbral y sea mayoritaria, los acuerdos de La Habana quedan refrendados. y se activa el Acto Legislativo para la Paz aprobado por el Congreso. Gana el No. Si el rechazo a los acuerdos supera el umbral y es mayoritario, se “inhibirá la implementación del Acuerdo Final”, según el fallo de la Corte Constitucional. Este punto es complejo pues esa sentencia solo le impide al presidente implementar el acuerdo derrotado en las urnas, pero técnicamente no le prohíbe adelantar el proceso de otra manera. Esto ha abierto el debate de si se puede renegociar lo ya acordado. El gobierno ha dicho que esa opción es inviable. Funcionarios en campaña. El fallo del plebiscito avala la participación de los funcionarios que deseen apoyar tanto la postura del Sí, como la del No. La corte los autoriza a debatir, deliberar y expresar pública y libremente sus opiniones o posiciones frente al plebiscito. 12 meses es el lapso que el Estado colombiano espera tomar para convertir en leyes y normas los acuerdos EL BLINDAJE JURÍDICO. Los candados que se le pusieron al Acuerdo Final quedaron consagrados en el Acto Legislativo para la Paz. En esta reforma constitucional se plantean una serie de mecanismos que aseguran que sin importar los cambios políticos que puedan darse en el futuro, por ejemplo el cambio de presidente, todo lo que se pactó en La Habana, una vez aprobado el plebiscito, sea obligatorio en los años venideros. Estos son los principales: El bloque de constitucionalidad. Aunque la figura es novedosa para el público general, es muy conocida en el mundo del derecho. Se refiere a un conjunto de normas y principios que por su carácter protector de los derechos humanos y por estar consagrados en un acuerdo internacional se entienden incorporados a la Carta Política de 1991. Así, el Acto Legislativo señala que una vez el acuerdo final haya sido firmado y entre en vigor ingresará “en estricto sentido al bloque de constitucionalidad, para ser tenido en cuenta durante el periodo de implementación del mismo como parámetro de interpretación y referente de desarrollo y validez de las normas y las leyes de implementación” que se desarrollen a partir de lo pactado. El acuerdo especial. Esta figura del derecho internacional está consagrada en el artículo 3 común a los protocolos de Ginebra. Estos acuerdos especiales que permitan humanizar la guerra o terminarla. Así, en el texto final se estableció que “el Acuerdo Final será firmado como Acuerdo Especial (…) y depositado tras su firma ante el Consejo Federal Suizo en Berna”. Este es un blindaje internacional al proceso que permite que ese documento tenga un carácter similar al de un tratado internacional. La ley aprobatoria. La reforma constitucional autoriza al presidente para adelantar esta figura con relación al acuerdo especial. Esto quiere decir que Juan Manuel Santos deberá presentar al Congreso por medio de una ley ordinaria con el contenido de este para que se “incorpore al derecho interno”. Ese sería el procedimiento por medio del cual se asegura que lo pactado quede en el bloque de constitucionalidad, previa revisión de la Corte. El ‘fast track’. Durante seis meses regirán unos procedimientos especiales para aprobar las leyes necesarias en el Congreso de manera más expedita. La iniciativa será exclusiva del gobierno, el trámite será preferencial y tendrá absoluta prelación, solo tendrá la mitad de los debates, no se puede hacer ninguna modificación sin el aval del gobierno, entre otros. Las facultades presidenciales. Durante 180 días Juan Manuel Santos tendrá la posibilidad de expedir decretos con fuerza de ley que tengan como objetivo desarrollar el acuerdo final. El acompañamiento internacional en la implementación y verificación, contribuirá fortalecer las garantías para el cumplimiento de los acuerdos La Corte Constitucional: el actor clave El blindaje de los acuerdos enfrentará su mayor desafío en el Palacio de Justicia. A la Corte Constitucional ha llegado una demanda al Acto Legislativo para la Paz. En manos de los nueve magistrados estará determinar si los elementos que el Congreso aprobó para facilitar el proceso se ajustan a la normatividad del país. Por otro lado, el rol de este organismo en lo que viene será igual de importante. El alto tribunal tendrá control automático, único y posterior a la entrada en vigencia de todas las leyes y reformas constitucionales que se adelanten para cumplir los acuerdos. También tendrá que revisar la ley aprobatoria del Acuerdo Especial y todos los decretos que expida el presidente bajo las facultades extraordinarias.

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